Lunes 21 de mayo de 2012
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La Asamblea Ciudadana remitió a provincia las conclusiones de los talleres sobre la Ley de Bosques

2/09/10 | El informe sostiene que Alonso ignoró los Talleres participativos cuando adjuntó el polémico informe socioeconómico y el informe firmado por él y por San Martín, donde se postula la categoría "amarillo urbano", que había sido descartada. El texto completo del documento.

Asamblea Ciudadana

La Asamblea Ciudadana de Villa La Angostura remitió a provincia una propuesta propia sobre la aplicación de la Ley de Bosques en la localidad.

La nota, dirigida al Subsecretario de Producción y Desarrollo Económico Javier Van Houtte y al Director de Coordinación de Política Forestal Daniel Bocos, contiene  la síntesis de las propuestas emanadas de los Talleres Participativos que se habían realizado con objeto de consensuar en la comunidad el Ordenamiento Territorial del Bosque Nativo en VLA. Dichos talleres, según los asambleistas, “fueron primero convocados y después ignorados por el Intendente”.

Durante la reunión realizada anoche, también se analizó la sesión del pasado viernes donde el Concejo Deliberante ratificó al vigencia de la Ordenanza de Prefactibilidad otorgada a la empresa Cerro Bayo. Los nuevos artículos incluidos en la norma, fueron bien vistos por los vecinos, quienes sostuvieron que “se ganó tiempo”.

Otra acciones realizadas ayer, fue la diagramación de un nuevo esquema de trabajo para lo cual comenzaron  conformarse distintas comisiones con tareas específicas.

Por último se avanzó en al organización de una regional de agrupaciones ambientalistas. Si bien aún no hay una fecha específica, se sabe que vendrán grupos de Bariloche y de distintas localidades de la provincia.

Los puntos mas destacados del

Reproducimos aquí íntegramente el documento remitido por la Asamblea Ciudadana provincia y remarcamos los puntos mas destacados.

ASAMBLEA CIUDADANA de VILLA LA  ANGOSTURA

Al Sr. Subsecretario de Producción y Desarrollo Económico

de la Provincia del  Neuquén

Ingeniero Javier Van Houtte

c/c al Sr. Director de Coordinación de Política Forestal

Ingeniero Daniel Bocos

________________________________________________________________________

Mediante la presente llevamos a su conocimiento la propuesta de Ordenamiento Territorial del Bosque Nativo de Villa La Angostura; ésta surge a modo de conclusión y representa la opinión mayoritaria de vecinos y organizaciones que participaron en los dos talleres organizados por la Municipalidad, en el Centro de Convenciones; a partir de ellos  hemos considerado apropiado producir este documento que también  cuenta con la revisión y opinión de técnicos que han prestado su colaboración.

Cabe destacar que esta propuesta se redacta para dejar constancia de la posición de las mesas de trabajo de los Talleres Participativos que fueron primero convocados y después ignorados por el Intendente en la presentación que envió al Gobernador Dr. Jorge Sapag.

La información proveniente de dichos talleres debería haber sido compilada por la Mesa Técnica de Trabajo, creada por la Secretaría de Planificación, e integrada por miembros del Poder Ejecutivo, funcionarios provinciales, un representante del Com.Pla.De y dos representantes del Colegio de Arquitectos. Esta comisión elaboró el mapa final que luego no fue consensuado con la comunidad en un tercer  taller que se había previsto pero que no se realizó.

En general las diferencias entre la Mesa Técnica y los Talleres, (explicitadas más abajo) son pocas; en cambio, sí hay diferencias importantes con lo elevado por el Intendente. Éste prometió a la mencionada comisión que enviaría el resultado de  su trabajo tal como estaba y sin agregados, pero no lo hizo, tal como veremos más adelante.

En cuanto a las diferencias entre el modelo de Ordenamiento producido por la Mesa Técnica y lo que realmente surgió de los talleres, éstas son:

1) Diferencia de criterio respecto de los grandes lotes vacíos a los extremos del Ejido Municipal, lindantes con el Parque Nacional. En los Talleres, la mayoría optó por el amarillo y los técnicos, al no llegar a un acuerdo, los pintaron de gris, para dejar que fueran  analizados por los funcionarios  provinciales.

2)    Para las parcelas mayores a 1 ha. que están sobre la cota 900 y que fueron pintadas de color verde por la Mesa Técnica (al igual que en el mapa de la UEP): en los talleres se propuso que deberían ser cambiadas al color amarillo, si no se ocupan en un plazo a determinar por la Ley.

En cuanto a lo presentado por el Intendente, adjuntó tres documentos. El primero es el mapa elaborado por la Mesa Técnica, el segundo es una nota elaborada por la Secretaría de Planificación de San Martín de los Andes más un agregado propio y por último un socio económico elaborado por un licenciado en economía perteneciente a la Cámara de Comercio. A continuación exponemos las principales discrepancias:

  1. Con relación al segundo :
    1. a. Eliminan la restricción del 15% como porcentaje máximo de desbosque.
    2. Incluyen nuevamente el amarillo urbano, que en los Talleres y en la Mesa Técnica se decidió no contemplar, considerando directamente como Categoría II “amarillo”, de acuerdo a la Ley Nacional. Dan a entender que el Ordenamiento Territorial Provincial de la ley 26.331 en vez de ser de presupuestos mínimos para la protección del bosque nativo, debe tener “el objeto de promover y fomentar el uso sustentable de sus bosques”, cambiando así el sentido de la Ley.
    3. Hacen hincapié en que los Municipios deben tener más autonomía en relación a las Leyes Provinciales y Nacionales, en lo que hace la decisión sobre los recursos naturales que son de jurisdicción provincial.
    4. d. En la última hoja de este el Intendente y el Secretario de Planificación agregaron, tal como comentamos, una última hoja, donde lo pintado de gris por la Mesa Técnica se  transforma en verde y donde sugieren que los centros de esquí deben tener una normativa propia, pero agregando de manera totalmente inconsulta, el desarrollo de emprendimientos que hagan sustentable las inversiones (infraestructura en hoteles y comercios); en nuestro caso sería invadir la zona categorizada como roja: es decir intangible.
  1. Con relación al socio-económico:
    1. a. Este fue  titulado en la carátula “Implicancias socio-económicas que se desprenden del mapa preliminar”. Es decir se quiere dar a entender que de aplicar el mapa que consta como documento número uno, las consecuencias serían las que describe el .
    2. En términos generales considera que la Ley es restrictiva por lo que su aplicación en “una economía joven, con desempleo, con graves distorsiones … una RESTRICCIÓN no planificada desde el punto de vista socio-económico, en la utilización de los recursos naturales, podría tener efectos muy negativos en el desarrollo de la actual población y en las generaciones futuras”.
    3. Para validar esta afirmación se apoya en algunos números y conceptos utilizados con una clara tendencia en contra de la Ley de Presupuestos Mínimos. Algunos puntos son:
  • Se compara a Villa La Angostura con San Martín de los Andes y especialmente con Bariloche a la que considera más evolucionada. Desconoce aquí esta persona, todo el trabajo que se ha desarrollado en la Villa para mantener el perfil turístico actual de baja escala, sin mencionar los problemas de pobreza y desempleo que tiene Bariloche. Recordemos  que hace unos pocos días hubo un brote de violencia con un lamentable saldo de víctimas. ¿Debemos apuntar a eso?
  • Menciona la baja en la cantidad de turistas de los años 2008 y 2009 para demostrar la caída en la actividad y la necesidad de inversiones sin mencionar sus verdaderas causas que fueron el volcán Chaltén, la huelga de líneas aéreas y la gripe A, lo que afectó también a San Martín y Bariloche
  • Establece una extraña relación en cuanto a los recursos generados en Bariloche y en Villa La Angostura diciendo que en esta última hay un déficit de generación de ingresos cuando de efectuarse correctamente los cálculos daría la situación opuesta. (ver página 1 del )
  • Confunde metros cuadrados construidos con los aprobados. Efectivamente los metros cuadrados aprobados bajaron pero no por la crisis estructural de la Villa o por sus restricciones, sino que son las consecuencias de las crisis nacionales y de la propia normativa que a veces lleva a presentar proyectos que se aprueban con metros cuadrados estimados pero que luego no se construyen. Asimismo, ignora  que lo que más valoran los empresarios serios que deciden invertir en un lugar no es la rentabilidad extraordinaria sino el mantenimiento en el tiempo de reglas de juego claras.
  • Lo único que compartimos son los graves problemas de infraestructura de la Villa y el problema de la marcada estacionalidad, para lo cual se ha hecho poco o nada.
  • No obstante, como corolario, esta persona se anima a incluir sugerencias en cuanto al mapa adjunto realizado por  la Mesa Técnica. Para dar sólo un ejemplo mencionaremos que decide pintar de verde el Mallín del Americano que es considerado, de acuerdo a nuestra normativa actual y a la Ley de Bosques, como intangible y por lo tanto es y debe ser rojo.

Para facilitar una rápida comprensión del texto hemos producido un mapa con los colores que representan las distintas categorías; hacemos expresa salvedad que, al no contar con los archivos digitalizados y los programas especiales para transferir la letra de la propuesta al mapa, éste es solo a modo referencial y en líneas generales (no  incluye los rojos de cursos de agua, costas y mallines) y no invalida su redacción.

ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL BOSQUE NATIVO EN EL EJIDO MUNICIPAL DE VILLA LA ANGOSTURA PROPUESTA DE LA ASAMBLEA CIUDADANA

1) DEFINICIONES PARA ESPACIOS URBANOS QUE QUEDARÁN FUERA DEL ALCANCE LA LEY; CATEGORÍA: BLANCO.

Comprenderá a las urbanizaciones existentes, que quedarán fuera del objeto de la ley por ser áreas urbanas.

  • Todas las urbanizaciones, loteos aprobados o existentes con lotes menores a 1 ha, por debajo de la delimitación catastral de la Banda Bosque (o en su defecto: cota 900 msnm.) que no posean bosques funcionales.

2) DEFINICIONES PARA ESPACIOS URBANOS EN CATEGORIA III (VERDE)

Quedarán comprendidas en esta categoría las áreas ubicadas entre los lagos y la delimitación catastral de la Banda Bosque (o en su defecto: cota 900 msnm.), en las que se admitirá un menor valor de conservación del bosque, pudiendo ser transformado total o parcialmente dentro de los alcances de la Ley 26.331.

  • Lotes mayores a 1 ha.
  • · Lotes con desarrollo de actividades productivas dentro del Lote Pastoril 16.

3) DEFINICIONES PARA ESPACIOS BOSCOSOS DEL EJIDO URBANO EN CATEGORÍA II (AMARILLO).

  • · Parcelas mayores a 10 Ha que linden con suelos de Parques Nacionales.
  • · Parcelas que se sitúen entre la delimitación catastral de la Banda Bosque (o en su defecto: cota 900 msnm.) y la cota 1.200 msnm.

En estas parcelas se admitirá la implantación de construcciones que se encuadren en los índices constructivos del Código de Planeamiento Ambiental Urbano, Ordenanza N° 1414/03, vigentes a Diciembre de 2008 y siempre que no se observe en éstas, alguna de las siguientes condiciones:

  • · Pendientes mayores a 25º.
  • · Cañadones.

4) DEFINICIONES PARA CATEGORIA I (ROJO)

  • Todas las áreas con o sin vegetación por encima de la cota 1.200 msnm.
  • Los mallines.
  • Las costas de ríos, arroyos y lagos.
  • Los centros de esquí tendrán su normativa específica, limitada a la infraestructura y usos para la práctica específica del esquí, que quedará oportunamente establecida en la normativa local.