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POLÍTICA

La justicia rechazó la medida cautelar y ONA debe cerrar
La Cámara de Apelaciones de San Martín de los Andes suspendió la medida que beneficiaba al complejo turístico en infracción por haber construido 289 m2 demás. La semana que viene el Juez Videla resolverá el recurso de Amparo.
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17/04/09- La novela del apart hotel ONA inauguró un nuevo capítulo: la Cámara de Apelaciones de San Martín de los Andes revocó la medida cautelar que el juzgado Multifueros local le había cursado para que pueda seguir trabajando hasta tanto se resuelva el amparo judicial. Desde el miércoles el complejo turístico se encuentra cerrado. Curiosamente –o afortunadamente para ONA- el rechazo de la medida cautelar coincidió con el inicio de la temporada baja, luego de Semana Santa.

La comuna inspeccionó ayer el establecimiento y constató que estaba cerrado. De abrir nuevamente, el Municipio está habilitado para cursar su clausura.

La próxima semana el juez resolvería el recurso de amparo interpuesto por la empresa. Hoy está previstó que las partes asistan a la audiencia conciliatoria convocada por el juez.

Cabe recordar que luego de que el intendente Ricardo Alonso vetara la ordenanza que les prorrogaba de habilitación -votada por el bloque opositor- el pasado 2 de enero, la empresa presentó un recurso de amparo y solicitó una medida cautelar para permanecer abierto durante la temporada (la habilitación provisoria finalizó el 10 de enero).

Según detalló el asesor legal del Municipio, Sebastián Leguizamón, en un primer momento el juez Jorge Videla rechazó la medida cautelar, la empresa apeló la decisión, y luego el juez aprobó la medida. De esa manera, el complejo turístico pudo trabajar hasta el miércoles pasado.

“El Municipio apeló la medida cautelar ante la Cámara de Apelaciones (…)ONA no tenía habilitación comercial, había una incoherencia en el planteo de mantener una situación de hecho que no era. La Cámara finalmente le dio la razón al municipio”, señaló Leguizamón.

El Recurso de Amparo

A mediados de enero la justicia dejó sin efecto el decreto firmado por el intendente Ricardo Alonso, por medio del cual el jefe comunal había vetado la ordenanza que extendía por 90 días el permiso provisorio que se le había otorgado a la firma en el mes de septiembre, "por única vez".

Según se detalla en la resolución de Videla, se le ordenó al municipio que "se abstenga de modificar la situación de hecho o de derecho de Paraíso del Sol hasta tanto se resuelva el fondo de la cuestión".

No obstante, la justicia aún no falló sobre la legalidad o no del veto de Alonso. La empresa pretende que se lo declare inconstitucional porque según sostienen, "no fue debidamente fundamentado".

Desde el municipio reconocen que el veto no tuvo respaldo legal al momento de concretarse, pero aseguran que esa instancia se "salvó a tiempo" porque se interpuso el fundamento antes de que venciera el plazo de 10 días.


El quid de la cuestión
Según el abogado de la empresa, el convencional Guillermo Hensel, la hostería construyó “solo” 163 m2 demás. No obstante, la empresa pagó la multa por un excedente de 289m2, reconociendo así los metros “extra”.

El expediente que consta en la Dirección de Obras Particulares del Municipio dice otra cosa: “el FOT permitido para ese terreno es de 1.047,14 m2., y el total de metros construidos fue de 1.386,85m2.” La diferencia exacta, entonces, sería de 339,71 y no de 163 m2.

Gracias a la magia "leguleya", el excedente quedó en 289 m2; una tolerancia de 40 metros demás, lo cual implica que deben demoler no menos de 249m2.

 



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