POLÍTICA |
La justicia rechazó la medida cautelar y
ONA debe cerrar
La Cámara de Apelaciones
de San Martín de los Andes suspendió la medida que
beneficiaba al complejo turístico en infracción
por haber construido 289 m2 demás. La semana que viene
el Juez Videla resolverá el recurso de Amparo.
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17/04/09-
La novela del apart hotel ONA inauguró
un nuevo capítulo: la Cámara de Apelaciones
de San Martín de los Andes revocó la medida cautelar
que el juzgado Multifueros local le había cursado para
que pueda seguir trabajando hasta tanto se resuelva el amparo
judicial. Desde el miércoles el complejo turístico
se encuentra cerrado. Curiosamente –o afortunadamente
para ONA- el rechazo de la medida cautelar coincidió con
el inicio de la temporada baja, luego de Semana Santa.
La comuna inspeccionó ayer el establecimiento y constató
que estaba cerrado. De abrir nuevamente, el Municipio está
habilitado para cursar su clausura.
La próxima semana el juez resolvería el
recurso de amparo interpuesto por la empresa. Hoy está
previstó que las partes asistan a la audiencia conciliatoria
convocada por el juez.
Cabe recordar que luego de que el intendente
Ricardo Alonso vetara la ordenanza que les prorrogaba de habilitación
-votada por el bloque opositor- el pasado 2 de enero, la empresa
presentó un recurso de amparo y solicitó una medida
cautelar para permanecer abierto durante la temporada (la habilitación
provisoria finalizó el 10 de enero).
Según detalló el asesor legal del Municipio, Sebastián
Leguizamón, en un primer momento el juez Jorge Videla rechazó
la medida cautelar, la empresa apeló la decisión,
y luego el juez aprobó la medida. De esa manera, el complejo
turístico pudo trabajar hasta el miércoles pasado.
“El Municipio apeló la medida cautelar ante la Cámara
de Apelaciones (…)ONA no tenía habilitación
comercial, había una incoherencia en el planteo de mantener
una situación de hecho que no era. La Cámara
finalmente le dio la razón al municipio”, señaló
Leguizamón.
El Recurso de Amparo
A mediados de enero la justicia dejó sin efecto
el decreto firmado por el intendente Ricardo Alonso,
por medio del cual el jefe comunal había vetado la ordenanza
que extendía por 90 días el permiso provisorio que
se le había otorgado a la firma en el mes de septiembre,
"por única vez".
Según se detalla en la resolución
de Videla, se le ordenó al municipio que "se abstenga
de modificar la situación de hecho o de derecho de Paraíso
del Sol hasta tanto se resuelva el fondo de la cuestión".
No obstante, la justicia aún no
falló sobre la legalidad o no del veto de Alonso. La empresa
pretende que se lo declare inconstitucional porque según
sostienen, "no fue debidamente fundamentado".
Desde el municipio reconocen que el veto no tuvo
respaldo legal al momento de concretarse, pero aseguran que esa
instancia se "salvó a tiempo" porque se interpuso
el fundamento antes de que venciera el plazo de 10 días.
El quid de la cuestión
Según el abogado de la empresa, el convencional Guillermo
Hensel, la hostería construyó “solo”
163 m2 demás. No obstante, la empresa pagó la multa
por un excedente de 289m2, reconociendo así los metros
“extra”.
El expediente que consta en la Dirección
de Obras Particulares del Municipio dice otra cosa: “el
FOT permitido para ese terreno es de 1.047,14 m2., y el total
de metros construidos fue de 1.386,85m2.” La diferencia
exacta, entonces, sería de 339,71 y no de 163 m2.
Gracias a la magia "leguleya",
el excedente quedó en 289 m2; una tolerancia de 40 metros
demás, lo cual implica que deben demoler no menos de 249m2.
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