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POLÍTICA

Título: “Autorización al Ejecutivo Municipal a realizar gestiones para la concreción de obras publicas con fondos procedentes del art. 6º) de la Ley 2615”

CONSIDERANDO:

Que; a través de la Ley Provincial Nº 2615, de renegociación de las concesiones hidrocarburíferas y por medio del articulo 6º) se crea el “Programa para el Desarrollo” que funciona bajo la orbita del Ministerio de Desarrollo Territorial;

Que; el articulo 8º) de la ley 2615 dispone que para el cumplimiento de los objetivos determinados por el programa para el desarrollo el Poder Ejecutivo Provincial creará fondos fiduciarios específicos que serán administrados por le empresa Provincial Fiduciaria Neuquina;

Que; la reglamentación del articulo 6º) de la ley 2615 realizada por Decreto 131/09, establece que la Provincia acordará con los municipios la realización de obras de interés conjunto en las respectivas localidades que fueran previamente autorizada por el Concejo Deliberante;

Que; resulta en consecuencia necesario autorizar al Ejecutivo a que realice las gestiones necesarias para presentar ante la provincia los anteproyectos de las obras a realizar con el fin de que se suscriban con el Poder Ejecutivo Provincial los acuerdos específicos a fin de materializar la financiación de las obras;

Que; una vez autorizadas las obras y suscriptos los convenios respectivos con el Gobierno Provincial, con los computos y presupuesto definitivos el Ejecutivo Municipal deberá presentar al Concejo Deliberante la documentación necesaria para llamar al registro de oposición en el marco de la Ordenanza Nº 180/84 y la posterior autorización para el llamado a licitación publica de cada una de las obras a llevar adelante;

Por ello:

ORDENANZA

ARTICULO 1º) AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar las gestiones necesarias a efectos de llevar adelante las obras detallas a continuación y en el marco de la afectación de los recursos establecido en el articulo 6º) de la Ley Provincial Nº 2615.-

EXPTE. 214-OYSP-2009 PAVIMENTO ACCESO EN ESCUELAS PUBLICAS:

MONTO ESTIMADO: $ 550.000

ü Escuela Primaria Nº 186, en el Boulevard Huemul, entre las Calles Las Fucsias y las Retamas, según croquis de la foja 25.-

ü Escuela Primaria Nº 341, Calle José María Paisil, entre la calle Primeros Pobladores y limite este del lote de la Escuela Primaria Nº 341, según croquis de la foja 26.-

ü C.P.E.M. Nº 17 y Escuela Primaria Nº 104, Calle los Taiques, entre el Boulevard Nahuel Huapi y la Calle Cerro Belvedere, según croquis de la foja 27.-

ü C.P.E.M. Nº 68 y Escuela Primaria Nº 353, calles Río Malleo y Río Correntoso, entre la Av. 7 Lagos y Calle Río Caleufu, según croquis de fojas 28.-

EXPTE 215-OYSP-2009: MEJORAS EN LA CAPTACION Y RESERVAS EN LAS REDES DE AGUA POTABLE EXISTENTES:

MONTO ESTIMADO: $ 450.000

BARRIO BANDURRIAS:

ü Tendido de 1050 metros de cañerías de diámetro, 140 desde el lago Nahuel Huapi hasta tanques de bombeo.-

ü Puesta en funcionamiento de una segunda bomba en lago.-

ü Colocación de un tanque de reserva de 25.000 lts.

ü Automatización del Bombeo.-

BARRIO PUERTO MANZANO:

ü Ejecución de obras de la toma en el Río Bonito.-

ü Colocación de una segunda bomba en el Río Bonito.-

ü Colocación de Tanque de Reserva de 25.000 lts.-

ü Automatización del Bombeo.-

ü Sectorización de la red de agua potable.-

BARRIO NORTE:

ü Cable Subterráneo 3x120, 200 metros (Bombas Quetrihue).-

ü Adecuación Bombeo Lago Correntoso.-

ü Colocación de Tanque de Reserva de 25.000 lts. En la toma de Piedritas.-

ü Filtros en los tanques a colocar en la toma de Piedritas.-

ü Sectorización de la Red.-

EXPTE 216-OYSP-2009: PLAN DE VEREDAS EN EL AREA CENTRO Y AV. ARRAYANES:

MONTO ESTIMADO: $ 500.000

ü Primera y segunda etapa según croquis de figuran a fojas 3, 4, 5 y 6 del expediente 216-OYSP-2009.-

EXPTE 217-OYSP-2009 ACCESOS VEHICULARES DE Hº Aº EN LOS BARRIOS:

MONTO ESTIMADO: $ 350.000

ü Calle Aljaba: Acceso al Barrio Puerto Manzano, Km. 55.300 de la ruta Nacional Nº 231.-

ü Calle Cruz del Sur: Acceso al Barrio Las Balsas Km. 59.100 de la ruta nacional Nº 231.-

ü Calle Osa Mayor: Acceso al Barrio Las Balsas Km. 60.700/800 de la ruta nacional Nº 231.-

ü Calle Huechulafquen: Acceso al Barrio Epulafquen, Km. 62.500 de la ruta nacional Nº 231.-

ü Calle Cacique Antrito: Barrio Norte, Km. 63.000 de la ruta nacional Nº 231.-

ARTICULO 2º) AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir con el Poder Ejecutivo Provincial los contratos específicos que pudieran corresponder a los efectos de instrumentar la afectación de los recursos establecidos en el articulo 6º) de la ley 2615.-

ARTICULO 3º) UNA VEZ firmado los contratos de las obras enumeradas en el articulo 1º) de esta Ordenanza, y antes del llamado a Licitación Publica, El departamento Ejecutivo Municipal deberá presentar al Concejo Deliberante los proyectos definitivos en el marco de lo normado por la Ordenanza Nº 180, “Contribución de Mejoras”, a los efectos de dar cumplimiento a lo establecido por el Decreto Provincial Nº 0131/09, para el recupero financiero de las obras a llevar adelante.-

ARTICULO 4º) AUTORIZASE al departamento Ejecutivo Municipal a partir de la sanción de la presente Ordenanza, a crear el Fondo Permanente y especifico de Obras Publicas con los fondos emergentes de la aplicación del articulo 6º) de la Ley Provincial Nº 2615, y que ingresen con la aplicación de la Ordenanza Nº 180 “Contribución de Mejora”.-

ARTICULO 5º) DE FORMA.-

 



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