POLÍTICA |
Título: “Autorización
al Ejecutivo Municipal a realizar gestiones para la concreción
de obras publicas con fondos procedentes del art. 6º) de
la Ley 2615”
CONSIDERANDO:
Que; a través de la Ley Provincial Nº
2615, de renegociación de las concesiones hidrocarburíferas
y por medio del articulo 6º) se crea el “Programa para
el Desarrollo” que funciona bajo la orbita del Ministerio
de Desarrollo Territorial;
Que; el articulo 8º) de la ley 2615 dispone
que para el cumplimiento de los objetivos determinados por el
programa para el desarrollo el Poder Ejecutivo Provincial creará
fondos fiduciarios específicos que serán administrados
por le empresa Provincial Fiduciaria Neuquina;
Que; la reglamentación del articulo 6º)
de la ley 2615 realizada por Decreto 131/09, establece que la
Provincia acordará con los municipios la realización
de obras de interés conjunto en las respectivas localidades
que fueran previamente autorizada por el Concejo Deliberante;
Que; resulta en consecuencia necesario autorizar
al Ejecutivo a que realice las gestiones necesarias para presentar
ante la provincia los anteproyectos de las obras a realizar con
el fin de que se suscriban con el Poder Ejecutivo Provincial los
acuerdos específicos a fin de materializar la financiación
de las obras;
Que; una vez autorizadas las obras y suscriptos
los convenios respectivos con el Gobierno Provincial, con los
computos y presupuesto definitivos el Ejecutivo Municipal deberá
presentar al Concejo Deliberante la documentación necesaria
para llamar al registro de oposición en el marco de la
Ordenanza Nº 180/84 y la posterior autorización para
el llamado a licitación publica de cada una de las obras
a llevar adelante;
Por ello:
ORDENANZA
ARTICULO 1º) AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo
Municipal a realizar las gestiones necesarias a efectos de llevar
adelante las obras detallas a continuación y en el marco
de la afectación de los recursos establecido en el articulo
6º) de la Ley Provincial Nº 2615.-
EXPTE. 214-OYSP-2009 PAVIMENTO ACCESO EN
ESCUELAS PUBLICAS:
MONTO ESTIMADO: $ 550.000
ü Escuela Primaria Nº 186, en el Boulevard
Huemul, entre las Calles Las Fucsias y las Retamas, según
croquis de la foja 25.-
ü Escuela Primaria Nº 341, Calle José
María Paisil, entre la calle Primeros Pobladores y limite
este del lote de la Escuela Primaria Nº 341, según
croquis de la foja 26.-
ü C.P.E.M. Nº 17 y Escuela Primaria Nº
104, Calle los Taiques, entre el Boulevard Nahuel Huapi y la Calle
Cerro Belvedere, según croquis de la foja 27.-
ü C.P.E.M. Nº 68 y Escuela Primaria Nº
353, calles Río Malleo y Río Correntoso, entre la
Av. 7 Lagos y Calle Río Caleufu, según croquis de
fojas 28.-
EXPTE 215-OYSP-2009: MEJORAS EN LA CAPTACION
Y RESERVAS EN LAS REDES DE AGUA POTABLE EXISTENTES:
MONTO ESTIMADO: $ 450.000
BARRIO BANDURRIAS:
ü Tendido de 1050 metros de cañerías
de diámetro, 140 desde el lago Nahuel Huapi hasta tanques
de bombeo.-
ü Puesta en funcionamiento de una segunda
bomba en lago.-
ü Colocación de un tanque de reserva
de 25.000 lts.
ü Automatización del Bombeo.-
BARRIO PUERTO MANZANO:
ü Ejecución de obras de la toma en
el Río Bonito.-
ü Colocación de una segunda bomba en
el Río Bonito.-
ü Colocación de Tanque de Reserva de
25.000 lts.-
ü Automatización del Bombeo.-
ü Sectorización de la red de agua potable.-
BARRIO NORTE:
ü Cable Subterráneo 3x120, 200 metros
(Bombas Quetrihue).-
ü Adecuación Bombeo Lago Correntoso.-
ü Colocación de Tanque de Reserva de
25.000 lts. En la toma de Piedritas.-
ü Filtros en los tanques a colocar en la toma
de Piedritas.-
ü Sectorización de la Red.-
EXPTE 216-OYSP-2009: PLAN DE VEREDAS EN
EL AREA CENTRO Y AV. ARRAYANES:
MONTO ESTIMADO: $ 500.000
ü Primera y segunda etapa según croquis
de figuran a fojas 3, 4, 5 y 6 del expediente 216-OYSP-2009.-
EXPTE 217-OYSP-2009 ACCESOS VEHICULARES
DE Hº Aº EN LOS BARRIOS:
MONTO ESTIMADO: $ 350.000
ü Calle Aljaba: Acceso al Barrio Puerto Manzano,
Km. 55.300 de la ruta Nacional Nº 231.-
ü Calle Cruz del Sur: Acceso al Barrio Las
Balsas Km. 59.100 de la ruta nacional Nº 231.-
ü Calle Osa Mayor: Acceso al Barrio Las Balsas
Km. 60.700/800 de la ruta nacional Nº 231.-
ü Calle Huechulafquen: Acceso al Barrio Epulafquen,
Km. 62.500 de la ruta nacional Nº 231.-
ü Calle Cacique Antrito: Barrio Norte, Km.
63.000 de la ruta nacional Nº 231.-
ARTICULO 2º) AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo
Municipal a suscribir con el Poder Ejecutivo Provincial los contratos
específicos que pudieran corresponder a los efectos de
instrumentar la afectación de los recursos establecidos
en el articulo 6º) de la ley 2615.-
ARTICULO 3º) UNA VEZ firmado los contratos
de las obras enumeradas en el articulo 1º) de esta Ordenanza,
y antes del llamado a Licitación Publica, El departamento
Ejecutivo Municipal deberá presentar al Concejo Deliberante
los proyectos definitivos en el marco de lo normado por la Ordenanza
Nº 180, “Contribución de Mejoras”, a los
efectos de dar cumplimiento a lo establecido por el Decreto Provincial
Nº 0131/09, para el recupero financiero de las obras a llevar
adelante.-
ARTICULO 4º) AUTORIZASE al departamento Ejecutivo
Municipal a partir de la sanción de la presente Ordenanza,
a crear el Fondo Permanente y especifico de Obras Publicas con
los fondos emergentes de la aplicación del articulo 6º)
de la Ley Provincial Nº 2615, y que ingresen con la aplicación
de la Ordenanza Nº 180 “Contribución de Mejora”.-
ARTICULO 5º) DE FORMA.- |