CARTA
DE LECTORES  |
Seamos justos con la historia
“A raíz de la carta de lectores de la ONG Alerta Angostura
publicada en su pagina Web en el día de ayer, es importante corregir
algunos errores históricos”. Escribe el Lic. Víctor
Hugo Benítez.
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Nota relacionada: Carta
de Lectores de la ONG Alerta Angostura "Alcances
de la nueva ley de Bosques Nativos"
25/08/09-" A
raíz de la carta de lectores de la ONG Alerta Angostura publicada
en su pagina Web en el día de ayer, es importante corregir algunos
errores históricos en el relato de la misma, ya que faltar a la
verdad ofende a la gente que trabajó arduamente en la confección
de normas regulatorias para la preservación de nuestro patrimonio
natural.
Inexactamente en un párrafo de la misma expresa
“sino que surgieron luego de un trabajo que duró varios años
en reuniones públicas de las que participaron decenas de personas,
fortalecido luego con las sugerencias de los expertos uruguayos Thomás
Sprechmann y Diego Capandeguy contratados por el CFI a pedido de la Municipalidad
para desarrollar el planeamiento urbanístico de Villa La Angostura”,
cabe aclarar que la delimitación y conformación de la zona
conocida como Banda Bosque (Incluida en la Ordenanza Nro 1414) fue un
trabajo posterior a la sugerencia de macrozonificación delineada
por los profesionales mencionados y fue desarrollada por el Concejo Deliberante
de esa época en conjunto con el Ente Municipal de Planeamiento
(EMPlaDe).
Además nobleza obliga a recordar a todos y cada
uno de los técnicos, profesionales, concejales, asociaciones intermedias
y vecinos que trabajaron en conjunto consensuando con el Ente Municipal
de Planeamiento (EMPlaDe) de nuestra localidad para lograr una norma protectora
de: una zona boscosa de alta biomasa, con grandes pendientes y de frágil
soporte edáfico; el nacimiento de cuencas y tomas de agua potable;
y con gran restricción urbanística en Subdivisiones e implantación
de Construcciones tal como rezaba la justificación de las razones
que llevaron a crear dicha norma.
Aplicando modelos que tuvieron éxito en lugares
con características topográficas, fitogeográficas
y geomorfológicas similares a las nuestras (Japón, Suiza
o Nueva Zelanda, como algunos ejemplos), esta regulación surge
en un área de alto valor paisajístico y ambiental y con
características de fragilidad en amplios sectores. La gente de
Villa la Angostura optó por legislar preventivamente para cuidar
y reservar para posteriores estudios el 40% del ejido urbano, configurado
por la franja de bosque con pronunciadas pendientes.
Esta norma tuvo la facultad de ser de prevención
ante el avance territorial de los desarrollos urbanos y requería
de una revisión posterior delimitando qué sectores, qué
usos y cuales serian las instancia de apropiación del territorio
ulterior, desgraciadamente esta fase quedo inconclusa por las posteriores
administraciones.
El desafío que queda es redefinir las características
de la zona afectada con criterio de protección ecológica,
compatibilizándolo con una implantación urbana que asegure
la sustentabilidad medioambiental del sector.
Lic. Víctor Hugo Benítez
Consultor en Gestión Ambiental
Ex Secretario del EMPlaDe
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