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CARTA DE LECTORES
Seamos justos con la historia
“A raíz de la carta de lectores de la ONG Alerta Angostura publicada en su pagina Web en el día de ayer, es importante corregir algunos errores históricos”. Escribe el Lic. Víctor Hugo Benítez.

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Nota relacionada: Carta de Lectores de la ONG Alerta Angostura "Alcances de la nueva ley de Bosques Nativos"

25/08/09-" A raíz de la carta de lectores de la ONG Alerta Angostura publicada en su pagina Web en el día de ayer, es importante corregir algunos errores históricos en el relato de la misma, ya que faltar a la verdad ofende a la gente que trabajó arduamente en la confección de normas regulatorias para la preservación de nuestro patrimonio natural.

Inexactamente en un párrafo de la misma expresa “sino que surgieron luego de un trabajo que duró varios años en reuniones públicas de las que participaron decenas de personas, fortalecido luego con las sugerencias de los expertos uruguayos Thomás Sprechmann y Diego Capandeguy contratados por el CFI a pedido de la Municipalidad para desarrollar el planeamiento urbanístico de Villa La Angostura”, cabe aclarar que la delimitación y conformación de la zona conocida como Banda Bosque (Incluida en la Ordenanza Nro 1414) fue un trabajo posterior a la sugerencia de macrozonificación delineada por los profesionales mencionados y fue desarrollada por el Concejo Deliberante de esa época en conjunto con el Ente Municipal de Planeamiento (EMPlaDe).

Además nobleza obliga a recordar a todos y cada uno de los técnicos, profesionales, concejales, asociaciones intermedias y vecinos que trabajaron en conjunto consensuando con el Ente Municipal de Planeamiento (EMPlaDe) de nuestra localidad para lograr una norma protectora de: una zona boscosa de alta biomasa, con grandes pendientes y de frágil soporte edáfico; el nacimiento de cuencas y tomas de agua potable; y con gran restricción urbanística en Subdivisiones e implantación de Construcciones tal como rezaba la justificación de las razones que llevaron a crear dicha norma.

Aplicando modelos que tuvieron éxito en lugares con características topográficas, fitogeográficas y geomorfológicas similares a las nuestras (Japón, Suiza o Nueva Zelanda, como algunos ejemplos), esta regulación surge en un área de alto valor paisajístico y ambiental y con características de fragilidad en amplios sectores. La gente de Villa la Angostura optó por legislar preventivamente para cuidar y reservar para posteriores estudios el 40% del ejido urbano, configurado por la franja de bosque con pronunciadas pendientes.

Esta norma tuvo la facultad de ser de prevención ante el avance territorial de los desarrollos urbanos y requería de una revisión posterior delimitando qué sectores, qué usos y cuales serian las instancia de apropiación del territorio ulterior, desgraciadamente esta fase quedo inconclusa por las posteriores administraciones.

El desafío que queda es redefinir las características de la zona afectada con criterio de protección ecológica, compatibilizándolo con una implantación urbana que asegure la sustentabilidad medioambiental del sector.

Lic. Víctor Hugo Benítez
Consultor en Gestión Ambiental
Ex Secretario del EMPlaDe

 



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