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Permiso de pesca: todo lo que hay que saber

Qué dice el reglamento de pesca. Costos y detalles.
01/11/2013
Permiso de pesca: todo lo que hay que saber

DESCARGAR AQUÍ EL REGLAMENTO DE PESCA COMPLETO

 

CATEGORÍAS Y VALORES DE LOS PERMISOS:

A. Permisos ordinarios

1. Para pescadores argentinos o extranjeros residentes en el país:

a. Permiso Residente País Diario (RP-D): $ 30.

b. Permiso Residente País Semanal (RP-S): $ 60.

c. Permiso Residente País Temporada (RP-T): $ 120.

d. Permiso Residente País Menores, de 13 a 17 años inclusive, Temporada (RPM-T): $ 60.

e. Permiso Residente País Mayores de 65 años, Jubilados, Pensionados, Menores de hasta 12 años y personas con capacidades diferentes con acreditación oficial de tal (RP-JPM): Sin cargo.

2. Para pescadores residentes en países limítrofes:

a. Permiso Residente País Limítrofe Diario (RL-D): $ 90.

b. Permiso Residente País Limítrofe Semanal (RL-S): $ 240.

c. Permiso Residente País Limítrofe Temporada (RL-T): $ 360

3. Para pescadores extranjeros no residentes en el país ni en países limítrofes:

a. Permiso Extranjero No Residente País ni Países Limítrofes Diario (E-D): $ 180.

b. Permiso Extranjero No Residente País ni Países Limítrofes Semanal (E-S): $ 540.

c. Permiso Extranjero No Residente País ni Países Limítrofes Temporada (E-T): $ 720.

B. Permisos adicionales

Para todos los pescadores:

a. Permiso para pesca de arrastre o trolling Temporada (AT-T) *: $ 240.

b. Permiso para pesca de arrastre o trolling Semanal (AT-S) *: $ 120.

c. Permiso para pesca de arrastre o trolling Diario (AT-D)*: $ 60.

* Debe contarse, además, con un permiso ordinario.

Permiso adicional de zona preferencial: el valor del permiso adicional para toda la temporada es de $150, para la semana $80 y el permiso diario $30.

4º. Ambientes de validez de los permisos: Los permisos que expiden las Provincias y Parques Nacionales que coinciden con las categorías y valores indicados en el punto anterior, son válidos para pescar en todos los ambientes patagónicos. Los permisos de otras categorías y valores (adicionales) sólo son válidos para pescar en la jurisdicción que los expide. Consultar la Parte Segunda.

5º. Fechas de validez de los permisos: Los permisos son válidos para las fechas indicadas en los mismos. Los permisos de la categoría temporada son válidos desde la fecha de emisión hasta el 31/10/14.

6º. Día de pesca: La pesca sólo está permitida durante las horas de luz diurna.

7º. Temporada de pesca: se inicia el 01/11/13 y finaliza el 01/05/14 inclusive.

ESPECIES

8º. Especies exóticas de valor deportivo pescables en la Patagonia: 1. Salmones (del Atlántico, Salmo salar, y del pacífico, Oncorhynchus spp.)

2. Truchas (marrón, Salmo trutta, de arroyo, Salvelinus fontinalis, de lago, S. namaycush y arco iris, Oncorhynchus mykiss)

3. Carpa (Cyprinus carpio)

4. Pejerrey bonaerense (Odontesthes bonariensis)

9º. Especies nativas de valor deportivo pescables en las Provincias:

En los ambientes de pesca provinciales también tienen valor deportivo:

5 - Perca (Percichtys trucha)

6 - Pejerrey patagónico (Odontesthes hatcheri) Las restantes especies autóctonas son de devolución obligatoria (bagre, puyenes, peladilla, etc.).

10º. Especies nativas en Parques Nacionales: En los Parques Nacionales son de devolución obligatoria todos los ejemplares de especies nativas (perca, pejerrey, bagre, peladilla).

11º. Salmón del Atlántico: en todos los ambientes es de devolución obligatoria.

12°. Carpa: En todos los ambientes su captura extractiva es sin límite.

MODALIDADES DE PESCA, EQUIPOS Y SEÑUELOS

13º. Señuelos autorizados: La pesca debe practicarse con un señuelo artificial con un único anzuelo (simple, doble o triple). Cuando se quiera utilizar un señuelo que tenga más de un anzuelo, deben quitarse los restantes o inutilizarlos de forma tal que no puedan clavarse en los peces. En los ambientes de devolución obligatoria sólo se permite la utilización de un anzuelo simple, sin rebaba o con rebaba aplastada. Se prohíbe el uso de señuelos que contengan pilas o baterías.

14º. Modalidades y artes de pesca autorizadas Spinning, bait casting y tarrito: Utilización de un señuelo artificial de cualquier tipo, en el que el peso para el lanzamiento está dado por el señuelo u otro adminículo (buldo, plomo, boya, etc.) y no por la línea.

Mosca o Fly cast. Utilización de un señuelo denominado mosca, unido a una línea especial para mosca o cola de ratón, lanzada por una caña apropiada para esa modalidad; el peso para el lanzamiento está dado por la línea y no por el señuelo.

Arrastre o Trolling. Utilización de un señuelo artificial arrastrado desde una embarcación, cualquiera sea la impulsión de ésta.

15º. Otras Modalidades y artes de pesca: En algunos ambientes provinciales se podrán utilizar otras artes y modalidades de pesca

16º. Número de equipos: Cada pescador no puede usar simultáneamente más de un equipo de pesca.

LÍMITES DE ACOPIO Y DE TALLAS

17º. Devolución Obligatoria: en los ríos y arroyos, incluyendo sus nacientes y/o desembocaduras en lagunas y/o lagos y hasta 200 metros en ambas costas de estos, deben liberarse todos los peces que se pesquen.

En los ambientes de devolución obligatoria, debe utilizarse un solo anzuelo simple sin rebaba o con la rebaba aplastada y los peces deben devolverse vivos, siguiendo el procedimiento de la página 71.

18º. Límite diario por pescador: en lagunas y lagos se permite el sacrificio de un ejemplar por día por pescador entre el 01/12/13 y el 31/03/14 (consultar excepciones en los Anexos de la Parte Segunda).

19º. Límite de acopio por pescador: es el número máximo de ejemplares que un pescador puede tener en posesión y es igual al límite diario (consultar excepciones en los Anexos de la Parte Segunda).

En los ambientes de devolución obligatoria se prohibe la tenencia de ejemplares capturados.

20º. Forma de medir un pez-tallas: La longitud total es la distancia que hay entre el hocico y de la cola.

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