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POLÉMICA

ONG reclama a Vialidad acceso al expediente de la ruta de Circunvalación

En mayo pasado Alerta Angostura pidió tomar vista del expediente de la obra, pero hasta el momento el organismo nacional no le ha permitido. DiarioAndino y el diario Rio Negro vienen reclamando el acceso a la información tambíén desde mayo pasado, y a la fecha desde el organismo sólo han respondido con evasivas.
19/08/2017
ONG reclama  a Vialidad acceso al expediente de la ruta de Circunvalación

El 10 de mayo pasado represetantes de la ONG Alerta Angostura se reunieron con el ​jefe del Distrito 12º de Vialidad Nacional, Nelson Damiani y Mauro Leonart de la Subsecretaría de Ambiente provincial, solicitándoles personalmente que les permita tomar vista de los expedientes sobre la ruta de Circunvalación.

"A pesar de que ya han pasado más de tres meses, todavía no obtuvimos respuesta.El 31 de Julio presentamos personalmente el pedido de informes al Ing. Javier Iguacel, Administrador General de Vialidad Nacional", sostiene la ONG.

En mayo una periodista de DiarioAndino y diario Río Negro solicitó a Vialidad Nacional copia del contrato de obra firmado con CODI-CONEVIAL y el proyecto definitivo de la ruta de Circunvalación.  Desde el Distrito de Neuquén de Vialidad Nacional remitieron la consulta a la Administración general en Buenos Aires. Allí, hubo una nueva derivación a distintos interlocutores, y la solicitud quedó sin respuesta.

 

La reticencia del organismo nacional para brindar información pública despierta suspicacias, teniendo en cuenta el desorbitante presupuesto que tenía la obra originalmente -gestión de Cristina Fernández de Kirchner- y  la más que generosa actualización del monto autorizado por el actual gobierno de Mauricio Macri. Paralelamente a la increible inversión -más de 6 millones de dólares el kilómetro- en teoría la obra sería de menor escala.

 Cabe recordar que el director de Vialidad, Javier Iguacel, había anunciado que el proyecto original se modificaba y que se tomarían en cuenta las observaciones de la audiencia pública. En ese sentido, en vez de 4 carriles tendría 2 y se esperaban cambios en los dos accesos, entre otras cosas. 

No obstante, trascendió desde Vialidad que el proyecto y el contrato de obra firmado con Conevial es por cuatro carriles y que en todo caso los cambios se implementarían durante la obra. 

 


La nota presentada por la ONG

 

AL SEÑOR ADMINISTRADOR GENERAL

DE VIALIDAD NACIONAL

JAVIER IGUACEL

S                                 /                                   D

            Tengo el agrado de dirigirme a usted, en los términos de la ley 27.250, cuyo decreto reglamentario entrará en vigencia en el mes de septiembre del corriente sin perjuicio que la ley se encuentra debidamente promulgada y en atención a ello en el marco del decreto 1172/03, a efectos de solicitarle de respuesta a los puntos aquí solicitados en el plazo de 10 días conforme lo establecido en el art. 12 del Reglamento General del Acceso a la Información Pública para el Poder Ejecutivo Nacional y bajo apercibimiento de lo dispuesto por el Artículo 19 y concordantes del mencionado Reglamento.

            Quien suscribe, Emilia Edelstein, soy Presidenta de la Asociación Civil ONG Alerta Angostura (art. 43, 2do.párrafo de la Constitución Nacional –CN-, art 240 sgtes. y cctes. del Código Civil y Comercial de la Nación), adjuntando copia fiel del Estatuto vigente y planilla de designación de autoridades.

El presente pedido de informes se refiere al expediente administrativo Nº 1898/12 por el que tramita la licitación pública de la obra de circunvalación de Villa La Angostura ante la oficina del distrito 12° a cargo del Ing. Nelson Damiani de dicha Dirección Nacional de Vialidad, con el objeto de acceder a la información pública que surja de dichas actuaciones principales y todas las que se hubieren iniciado como consecuencia directa o indirecta de dicha licitación pública.

El pedido de informes solicitado, resulta procedente de conformidad con la CN para la efectiva vigencia de los derechos y garantías consagrados en la misma, los Tratados y Pactos Internacionales de Derechos Humanos que obligan al Gobierno actual a garantizar el derecho a la información (art. 75, inciso 22 CN, entre ellos, Convención Americana de Derechos Humanos –CADH- arts. 13 y 14), tal como también lo reconocen y reglamentan el Decreto 1.172/2.003, la reciente Ley 27.275 y las disposiciones de su decreto reglamentario 206/2017 cuyas disposiciones operativas se encuentran vigentes y las programáticas entrarán en vigencia en septiembre del corriente año; y para un efectivo y real control ciudadano de los trabajos que comenzaron a realizarse en el marco de la obra de la referencia.

Como es de público conocimiento en la Villa el inicio de los trabajos preparatorios de la obra en cuestión, subsidiariamente y de no ser concedida la vista en el momento de la presentación de la presente, solicito la reducción del plazo previsto en el art. 11 de la ley 27.275.

Atento ello y en base a las actas labradas  que debieron volcarse en el expediente luego de la audiencia pública realizada en Villa La Angostura los días 19 y 20 de mayo de 2015 y con posterioridad, en la reunión que se llevara a cabo en noviembre de 2016 en Villa La Angostura, en la que estuvieron presentes el Ministro de Transporte, Guillermo Dietrich y usted como Administrador General de Vialidad Nacional en la que usted manifestó ante medios de comunicación locales y la sociedad presente  que la movilización social del Pueblo logró modificar la traza y otras circunstancias objetivas de un proyecto que estaba diseñado hace más de 30 años (sic) para evitar consecuencias indeseadas como inundaciones, afectación del patrimonio cultural de los Pueblos Originarios, en consecuencia solicitamos:

1)    Copia de las especificaciones técnicas del proyecto original que tramita en el expediente, con copia de los planos, medidas, cantidad de carriles, y demás datos descriptivos de la traza planificada cuando se dio origen a las mencionadas actuaciones.

2)    Informe si fueron anexadas al expediente, las actas labradas en la audiencia pública mencionada más arriba.

3)    Informe si el proyecto fue modificado luego de esa audiencia pública y en caso afirmativo, remita copia las nuevas especificaciones técnicas del proyecto, con copia de los planos, medidas, cantidad de carriles, y demás datos descriptivos de la traza que en definitiva vaya a construirse.

4)    Las autorizaciones para proceder a la tala de árboles y demás flora, con detalle de medidas autorizadas, distancias y lugares.

5)    Especificaciones técnicas, autorizaciones, detalles, y todo otro dato referido al llenado del Mallín que se encuentra en la zona por  donde pasará la traza de la ruta.

6)    se nos informe porqué el trazado de la mencionada ruta atraviesa el denominado “Mallín del Barrio Norte” protegido por las ordenanzas locales 1520/04 y 1964/07 en expresa contradicción del Mega II punto “6.1 Pautas de Diseño” y subsiguientes donde se habla sobre la protección y de evitar el paso sobre humedales, situación que no sólo no se está llevando a cabo sino que se está anulando uno de los pocos mallines que le quedan a nuestra localidad.

7)    El Estudio de Impacto Ambiental definitivo ya que el presentado adolecía de numerosas fallas y contradicciones contando además con varios copiados y pegados que no se correspondían con lo que se estaba tratando.

 

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