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JUDICIALES

Tribunal declaró nula la sentencia al policía acusado de intentar quedarse con elementos en un fatal accidente

Hizo lugar al recurso presentado por la defensa el policía condenado por intento de peculado. En el accidente había fallecido un empleado del INCAA. El juicio deberá hacerse de vuelta. El fallo completo.
08/02/2018
Tribunal declaró nula la sentencia al policía acusado de intentar quedarse con elementos en un fatal accidente

El Tribunal de Impugnación hizo lugar el pedido de la defensa del policía  Pablo Parada, condenado a 1 año y 4 meses de prisión en suspenso y la inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos por intento de peculado.

Los jueces Richard Trincheri, Florencia Martini y Liliana Deiub declararon nula la sentencia emitida por el juez Juan Pablo Balderrama en agosto del año pasado por considerar que no se respetó el legítimo derecho a la defensa del imputado en el juicio. 

Ese fue el principal argumento planteado por la defensa particular del policía. 

Ahora, según resolvió el Tribunal, debe realizarse un nuevo juicio.

 Mirá el fallo completo en este link

La causa

En agente policial Pablo Parada fue encontrado culpable del delito de "peculado" o "malversación de caudales públicos" por sustraer artículos electrónicos que estaban en custodia en el destacamento Nahuel Huapi tras un accidente fatal ocurrido en septiembre de 2016.  

Estaban imputados Parada y otro policía que se desempeñaba con él en el Destacamento Nahuel Huapi, en el límite entre Río Negro y Neuquén. 

Durante los dos días de audiencia desfilaron más de una docena de testigos, varios de ellos policías, incluido el comisario Leonardo Muñoz que era jefe de la Comisaría 28 cuando sucedieron los hechos. 

Durante el juicio, el fiscal Adrián De Lillo relató en base a los testimonios de los testigos cómo Parada  y el otro imputado habían realizado la maniobra para quedarse con un TV LCD de 40 pulgadas, un proyector y equipo especial de luces que se utilizan en Cine o fotografía.

Los hechos se remontan al 26 de septiembre de 2016, cuando una camioneta del INCAA conducida por Esteban Luis Sardi volcó en la ruta 237. El hombre falleció en el acto. En la camioneta transportaba equipos de proyección de cine que tras el accidente la policía los llevó en custodia al destacamento Nahuel Huapi.

Una semana después personal del INCAA fue a retirar las cosas. Parada fue el encargado de entregar los elementos y dejó constancia de ello en un acta. Ese día estaba de guardia con el otro imputado que fue absuelto.

Cambio de guardia mediante, otro policía encontró en un rincón del quincho un TV LCD oculto detrás de un cartón, un proyector  y las luces “ocultos” dentro de otros muebles.

En la comparación entre el acta de entrega y las cosas que se habían secuestrado en el accidente saltó la diferencia: se entregaron dos TV LCD al funcionario del INCAA y un proyector, cuando en realidad había 3 televisores y dos proyectores.

Al momento de recibir las cosas, el funcionario del INCAA desconocía si faltaban o no materiales. La irregularidad es advertida por el  policía honesto que luego hace la denuncia a la fiscalia.

Uno de los testigos aportó el audio de una conversación donde Parada de alguna manera reconocía que se habían quedado con cosas, pero que en teoría eran “donaciones” que había hecho el INCAA. De hecho, hay constancia de que el imputado había intentado gestionar la donación con el funcionario del Organismo nacional, pero que éste le dijo que no era posible.

 La defensa
 El abogado particular de los imputados pidió en el juicio la nulidad de todo el proceso por considerar que a sus clientes se les había negado el derecho a la legítima defensa, y apuntó a cuestiones técnicas de procedimiento.

En tanto señaló que el audio que había introducido la fiscalía era ilegal, y por  eso toda la prueba obtenida a partir de ese audio y que fue parte de la investigación no podía ser admitida.

El juez Balderrama consideró que los testimonios y las pruebas respecto de Parada probaban su participación en el hecho, pero no en el caso del otro acusado.

 

 

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