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SAN MARTÍN DE LOS ANDES

Un desperfecto en la Planta y desagotes clandestinos particulares provocaron la contaminación del Lácar

El defensor del Pueblo, Fernando Bravo, inició actuaciones de oficio por el vertido de efluentes y sólidos sin tratar al lago Lácar. Conclusiones de los informes y recomendaciones.
23/05/2018
Un desperfecto en la Planta y desagotes clandestinos particulares provocaron la contaminación del Lácar

Tras la denuncia pública sobre el vertido de efluentes sin tratar al lago Lácar, el defensor del Pueblo de San Martín de los Andes, Fernando Bravo, inició las actuaciones de oficio.

En el documento difundido públicamente, el defensor indica que "habiendo tomado conocimiento por medios de prensa del presunto vertido de efluentes sin tratar y sólidos al lago Lácar, a la altura de la ´Trampa de Peces´, con fecha 15 de mayo conforme declaraciones de los denunciantes, esta Defensoría del Pueblo y del Ambiente inició actuaciones de oficio".

Días atrás solicitó al Organismo de Control Municipal que informe resultados de los monitoreos realizados durante el año en curso y hasta la fecha, sobre calidad de aguas del lago Lácar y arroyo Pocahúllo.

Los representantes de la Defensoria se reunieron con el ingeniero Alejandro Echaniz; gerente del área de Agua Potable, y el ingeniero Gustavo Iñiguez, gerente de Saneamiento de la Cooperativa de Agua Potable, Saneamiento y otros Servicios , "a efectos de obtener un informe sobre el suceso de marras y eventual deslinde de responsabilidad; todo conforme la misión de contralor que impone a esta Defensoría del Pueblo y del Ambiente la Carta Orgánica Municipal de San Martín de los Andes, y para el caso bajo los alcances de los artículos 9, 25, 26, 27, 28 y 36 de la Ordenanza 10136/14."

 Del informe provisto por los directivos de la Cooperativa, "se deduce que el 15 de mayo, a las 14 horas, se produjo la salida de funcionamiento de uno de los tres sedimentadores correspondientes a los módulos 1 y 2 de la Planta de Tratamiento de Líquidos Cloacales del lago Lácar, verificándose un desperfecto en válvula".

"Los técnicos tomaron la decisión de vaciar el sedimentador, siendo que tal maniobra no se realizaba desde 2002. Se trata, en consecuencia, de un proceso extraordinario, en el que se produce como fenómeno asociado un efecto hidráulico, que provoca el desborde de una parte de los barros sedimentados. Tales barros, aseguraron los técnicos, no son sólidos entendidos éstos como materia fecal, sino que resultan de los microorganismos vivos que forman parte del proceso de biodegradación", advierte. 

 "El fenómeno produce a su salida sobre el cuerpo receptor una lengua de turbiedad evidente en aguas superficiales, de color amarronado y, según los testimonios, olor perceptible, que se diluye con el propio proceso de circulación y autodepuración de las aguas del lago.La maniobra en cuestión se prolongó durante 26 horas, hasta que el sedimentador fue puesto en funcionamiento pleno", agrega. 

 Conclusiones

"Siendo así, asumida como válida y suficiente la explicación de los directivos y técnicos de la Cooperativa, surge a primera vista que la turbiedad denunciada coincide con los tiempos de la salida de régimen del sedimentador. Sin embargo, tal maniobra y sus resultados no explican la específica presencia de sólidos denunciada y/o percibidos como tales por los testigos", advierte la Defensoria. 

Por esa razón, "se abocó a relevar posibles fuentes a las que eventualmente atribuir tal fenómeno, en coincidencia con otras situaciones problemáticas que pudieran afectar al cuerpo receptor, tanto sobre el arroyo Pocahullo como tributario del lago en el mismo sector bajo estudio, como en el propio lago.Es así que a primera vista debe mencionarse la sospecha, compartida con los técnicos de la Cooperativa, respecto de desagotes clandestinos de líquidos cloacales, que no van a la red de cloacas y que podrían derivarse a cuerpos receptores"

 "Pero también surgen como posibles las conexiones clandestinas a pluviales, cuya destino final es el arroyo Pocahúllo o directamente el lago. En ambos casos es imposible determinar la incidencia de tales prácticas sin el adecuado relevamiento y control", señala.

"Pero la presunción no es infundada. En efecto, se basa en situaciones otrora ya individualizadas, siendo el último caso el de una escuela céntrica cuya conexión cloacal se había realizado a pluviales por error, asunto del que dieron testimonio los propios técnicos de la Cooperativa y que fue corregido. Por otra parte, no puede soslayarse el hecho de que en los últimos meses se han producido movimientos de remoción de tierra, hombres y máquinas en un sector del arroyo Pocahúllo, como consecuencia de obras en ejecución."

En base a la información recolectada, la Defensoría del Pueblo y del Ambiente formuló una serie de recomendaciones preventivas: 

 

1). A la Cooperativa de Agua Potable:

Que en adelante, sin perjuicio de los informes a que se obligue conforme el contrato de concesión, sostenga una política de comunicación de incidentes o contingencias, cuyo interés público haga necesario informar a la comunidad de tales circunstancias, tiempos estimados de reparación cuando fuere menester, y consecuentes recomendaciones al público.

 

2). Al Organismo de Control Municipal:

a). Que en adelante informe al público a través de los medios de prensa, electrónicos u otros de alcance general, y al menos dos veces al año en lenguaje inteligible y llano a propósito de los datos técnicos propios de estos estudios, el resultado de los monitoreos de aguas superficiales tanto del arroyo Pocahúllo como del lago Lácar.

b). Que en el marco de sus obligaciones como poder de policía sanitaria surgidas de la Ordenanza 2568/97 y, en particular, los incisos B y T del artículo 39, y el artículo 50, arbitre los medios propios y/o a través del organismo o persona pública o privada que designe a tal efecto, con el fin de mantener periódicos relevamientos de desagotes a pluviales y para la detección de conexiones clandestinas y sus consecuentes impactos negativos, a la par de accionar con campañas de difusión masiva que induzcan a desalentar tales prácticas.

 3) A la Cooperativa de Agua Potable, al Organismo de Control, a la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, al Departamento Ejecutivo Municipal  y al Concejo Deliberante:

Que en la instancia que corresponda a la confección y negociación del contrato de concesión del servicio público de aguas y saneamiento, y dentro del marco regulatorio en vigencia por Ordenanza 2568/97, se prevea una clara y más precisa delimitación de las responsabilidades en materia de mantenimiento de pluviales, incluyendo abordaje de situaciones irregulares por conexiones clandestinas o resultantes de un error de apreciación técnica y constructiva.

 

4) A la Secretaria de Planeamiento Municipal:

Que realice periódicas inspecciones a las obras que se desarrollan en el presente y en el futuro sobre el arroyo Pocahúllo, con el fin de asegurar una adecuada provisión de sanitarios químicos en relación con la cantidad de trabajadores en acción.

 

5) Al Departamento Ejecutivo Municipal y a la Secretaría de Turismo:

Que se prevea en adelante una boca adicional y de fácil acceso y control, para el servicio de desagote de sanitarios químicos para motorhomes y casas rodantes, acompañado de folletería explicativa. Actualmente, los ómnibus, atmosféricos, motorhomes, y casas rodantes realizan las descargas  utilizando el servicio a título oneroso y sito en la Planta de Tratamiento Líquidos del lago Lácar, administrado por la Cooperativa de Agua Potable. Sin embargo, la condición de visita estacional asociada a la actividad turística que cabe presumir para el caso de las casas rodantes y motorhomes, hace pertinente explorar un tratamiento diferenciado, que contribuya en todo lo posible a inducir las descargas controladas.

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