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Aprobaron la creación de la Mesa de trabajo intersectorial sobre GIRSU

El Concejo Deliberante aprobó este miércoles la conformación de la mesa, cuyo objetivo es elaborar un plan integral de gestión de residuos urbanos en el plazo de un año.
23/05/2019
Aprobaron la creación de la Mesa de trabajo intersectorial sobre GIRSU

El Concejo Deliberante aprobó la creación de una mesa de trabajo intersectorial de RSU-VLA o Girsu, un  iniciativa impulsada por el grupo ecologista de vecinos que conforman Agenda Verde Angostura.

Tal como adelantó DiarioAndino días atrás, el objetivo de la mesa es elaborar un plan integral de gestión de residuos. El grupo de trabajo estará conformado por distintos actores del gobierno y vecinos.

Aquí el proyecto aprobado:

“MESA DE TRABAJO INTERSECTORIAL DE RSU-VLA O GIRSU”

VISTO:

El Expediente N° 173-RSU-2014; y

CONSIDERANDO:
Que el problema de los residuos urbanos es crítico en la localidad, dado el estado actual del relleno sanitario;
Que la legislación nacional y provincial en la materia, (Ley Nacional Nº 25.916 - 2004 y Ley provincial GIRSU Neuquén Nº 2.648 – 2009) prevé vencimientos en los plazos de adecuación para el año 2019, con las respectivas prohibiciones y sanciones a los municipios;

Que la disposición en origen, la recolección diferenciada, transporte, tratamiento y disposición final de residuos en la localidad no funciona eficaz ni eficientemente;

Que la población de Villa La Angostura creció exponencialmente en los últimos años, especialmente luego de la puesta en marcha de nuestra planta de tratamiento, impactando negativamente en los procesos de gestión de los residuos;

Que las características geográficas de nuestro entorno representan un desafío técnico en materia de gestión ambiental;

Que la ciudad de Villa La Angostura es un ejido municipal inserto en un Parque Nacional;

Que estar en medio de un área protegida le da un valor agregado a su perfil como ciudad turística; eje principal de su economía, lo cual requiere pensar el crecimiento de la localidad con criterios de desarrollo sostenible;

Que Villa La Angostura ya ha iniciado un proceso de educación ambiental y cuenta con inversiones realizadas en materia de gestión integral de residuos, como nuestra planta de tratamiento, cuestiones que deben ser puestas en valor positivamente para continuar creciendo hacia el futuro;

Que varios otros municipios comparten sus experiencias en materia de reducción de residuos no biodegradables, generando una disminución considerable en la producción de los mismos, afectando beneficiosamente la gestión y el nivel de impacto ambiental de sus comunidades en el entorno que habitan;

Que hace aproximadamente un año, se encuentra trabajando en la localidad un grupo de vecinos auto convocados con la intención de involucrarse y generar acciones concretas que contribuyan y potencien el trabajo de quienes ejercen la función pública, desde el compromiso de que cada uno debe hacerse cargo de sus residuos;

Que los actores sociales involucrados en la gestión de residuos han mostrado interés y predisposición en dialogar en busca de ideas superadoras;

Que las soluciones innovadoras en materia de Estado surgen del trabajo  integrado de la comunidad: gobierno, ciudadanos y organizaciones intermedias;

Que dada la complejidad del problema, las decisiones y acciones a llevar a cabo requieren desarrollar una perspectiva integral y planificación estratégica;

 

Por ello y conforme a lo dispuesto en el Art. 107 de la Carta Orgánica Municipal.
El Concejo Deliberante de la Municipalidad de Villa La Angostura

SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: CREASE una mesa intersectorial donde evaluar, proponer, y dar curso a
acciones concretas para abordar la problemática de la reducción, separación, tratamiento y
depósito final de residuos urbanos en Villa La Angostura.

ARTÍCULO 2°: OBJETIVOS
1) involucrar a todos los actores comprometidos con la problemática.
2) integrar las perspectivas para evaluar el estado de situación.
3) contribuir con propuestas concretas al proceso de la gestión de los residuos en el ámbito
público y privado.
4) generar propuestas en el marco de la GIRSU, que tiendan a proveer a Villa La Angostura de
una normativa local promotora del desarrollo sustentable y con espíritu preventivo respecto del
futuro a mediano y largo plazo.
5) contribuir en un contexto crítico a dinamizar el proceso de gestión integral de los residuos.
6) generar en los sectores participantes empatía con los proyectos legislativos sobre la temática
que los tenga como actores.

ARTICULO 3º: PARTICIPANTES
La mesa estará integrada por al menos uno y no más de dos representantes de cada una de las
siguientes áreas:
1 (uno) Gobierno de la Dirección de Residuos,
1 (uno) Dirección de Medio Ambiente,
1 (uno) Poder legislativo, concejal elegido por el concejo deliberante,
1 (uno) Por cada las juntas vecinal que esté debidamente constituida,
1 (uno) Vecino de la mesa de autoconvocados GIRSU,
1 (uno) La cámara de comercio,
1 (uno) La Asociación de Hoteles y Restaurantes VLA,
1 (uno) Salud pública.

ARTICULO 4°: EN EL CASO de las organizaciones intermedias la designación de los
representantes, como de sus reemplazantes en caso de ausencia, debe constar en actas de la
misma institución.

ARTICULO 5°: LA MESA podrá ampliarse a sí misma, siempre y cuando se tenga el aval de
todos los representantes convocados, pudiendo integrar la mesa entidades en formación, como
la mesa de vecinos autoconvocados GIRSU, que figura incluida en la conformación de base.
Así también la mesa podrá invitar a participar a actores sociales que puedan proveer
asesoramiento técnico o que estén implicados en propuestas que se trabajen en la misma.

ARTICULO 6°: EN CASO de no poder acudir un miembro de alguno de los sectores, debe
buscarse un reemplazante.

ARTICULO 7°: LA MESA tendrá plazo de un año para trabajar, luego del cual podrá ser evaluada su continuidad por el Concejo Deliberante, teniendo en cuenta el informe final del trabajo realizado por parte de los integrantes de la mesa.

ARTICULO 8°: LA FRECUENCIA de reunión de la mesa será mensual a partir del día de aprobación de la presente ordenanza.

ARTICULO 9°: LA REUNIÓN se realizará en alguna dependencia de la Municipalidad en el horario que sea acordado por la mayoría de los participantes.

 

ARTICULO 10°: LA MESA deberá establecer un reglamento interno de funcionamiento en la
primera reunión, el cual incluirá un plan anual de reuniones con temas únicamente vinculantes a
la GIRSU. El reglamento deberá designar autoridades mínimas para organizar el trabajo,
especificando encargado de la convocatoria a reuniones, vocero y secretario a cargo de un libro
de actas de reuniones y de las tareas concernientes a la organización previa, durante y
posterior a las reuniones.

ARTICULO 11°: PLAN ANUAL DE REUNIONES. Deberá ajustarse al siguiente esquema de
trabajo:

o REGLAMENTO INTERNO – 1ª reunión
o EVALUACIÓN INTEGRAL. – hasta el 3º mes de reuniones
o PROPUESTAS DE ACCIÓN EN MATERIA DE: REMEDIACIÓN – MEJORAS EN
LA GESTIÓN – EDUCACIÓN AMBIENTAL – hasta el 6º mes
o PERSPECTIVAS A FUTURO: REDUCCIÓN INCREMENTAL DEL IMPACTO
AMBIENTAL – PREVENIR REPITICION DE PROBLEMAS - LEGISLACIÓN
GIRSU LOCAL – hasta el mes 12

ARTICULO 12°: A MODO de monitoreo, la mesa deberá presentar avances trimestrales de
trabajo al Concejo Deliberante y difundir los mismos en medios locales de comunicación.

ARTICULO 13°: LO RESUELTO en esta Mesa es de carácter no vinculante.

ARTÍCULO 14°: PASE al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación.
Regístrese.

Cumplido. Archívese.-

Dada en la Sala de Sesiones Don Humberto Rolando del Concejo Deliberante, a los veintidós días del mes de mayo de 2019, en Sesión Ordinaria N° VII, Acta N° 1711.-

Fdo. Amanda B. Rial (Presidente CD)
Magali Diaz (Secretaria CD)

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