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El Ejecutivo buscará flexibilizar la ordenanza de A.T.T.

Así lo adelantó el Secretario de Turismo, Pablo Bruni. El Hotel Correntoso pretende habilitar las nuevas cabañas bajo esta modalidad, pero la ordenanza dice textualmente que es sólo para “viviendas familiares que posteriormente se solicite afectar al uso residencial turístico”, construidas antes de fines de 2015.
10/01/2017
El Ejecutivo buscará flexibilizar la ordenanza de A.T.T.

“Este año vamos a trabajar en abrir y ampliar la ordenanza de Alojamiento Turístico Temporario”, adelantó a Diario Andino el Secretario de Turismo local, Pablo Bruni.

“Lo que se hizo hasta acá fue trabajar con lo que había y optimizar la situación con el transcurso del tiempo entendiendo como es la situación de muchos. Se vio cuales eran las realidades que tenemos con la oferta informal y fue bastante interesante ver cómo se llevó a cabo todo el proceso de regularización, donde fallaba y que cosas le molestaban a la gente. La verdad es que la  norma funcionó muy bien y hoy tenemos unos 80  ATT aprobados y otros 60 en proceso”, precisó el funcionario.

En este contexto, lo que pretende el Ejecutivo comunal es, entre otras cosas, permitir habilitar construcciones que no estuvieran hechas antes de la promulgación de la ordenanza. Cabe recordar que el Artículo N° 2 de dicha normativa, sostiene textualmente: “: ENTIÉNDASE Casas y/o Departamentos a las construcciones existentes aprobado su final de obra a la fecha de sanción de la presente ordenanza (fines de 2015), con destino a uso de viviendas familiares, y que posteriormente se solicite afectar al uso residencial turístico”.

El caso Correntoso

Esta modificación permitiría por ejemplo, que sean habilitadas como ATT las cabañas construidas recientemente por la empresa propietaria del Hotel Correntoso en la margen sur del Río Correntoso.

Bruni confirmó ayer que se ingresó al municipio un pedido formal de parte de la empresa para que el nuevo complejo sea encuadrado bajo dicha normativa, pero no se trata  de construcciones hechas originalmente como “viviendas familiares y que posteriormente se solicita afectar al uso residencial turístico”.

"Yo tengo el pedido de la empresa, pero para ser aprobado debe ser por medio de un Dictamen o de una excepción del Condejo Deliberante", aclaró el Secretario. 

No obstante, este no es el primer caso que de este tipo ya que el ejecutivo habilitó como ATT los departamentos del complejo EL Mercado, los cuales tampoco fueron construidos originalmente como viviendas familiares.

 En este contexto, la modificación de la normativa facultaría un nuevo rubro de alojamientos turísticos por el medio del cual podrían beneficiarse no solo particulares que tienen una vivienda que destinan al alquiler turístico, sino desarrollos turísticos que no prentenden encuadrarse como tales, pese a que hay una normativa específica para complejos turísticos. 

 

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