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POLÉMICA

Deptos. del Correntoso:  El asesor legal del municipio evitó responder por el Dictamen Legal

El abogado Saraví Casco, quien firmó el Dictamen que “recomendaba” autorizar la habilitación como ATT de los deptos del hotel Correntoso, no quiso recibir a Diario Andino para dialogar sobre el tema. Quien es el letrado.
15/02/2017
Deptos. del Correntoso:  El asesor legal del municipio evitó responder por el Dictamen Legal

 El Asesor Legal del municipio, el abogado Julio Saraví Casco (quien fuera socio del abogado Guillermo Hensel), no tiene día fijo de trabajo en la comuna.

“Viene una vez por semana y muchas veces no avisa que va a venir”, indicaron en la secretaría de Legales.

En esta marco, hallarlo para hacerle una entrevista es una situación harto complciada ya que requiere llamar o bien pasar todos los días por el edificio comunal para ver si está presente.

 Ayer Saraví casco se encontraba en la municipalidad. Un periodista de este medio intentó realizar una entrevista para conocer los detalles por los cuales  firmó el polémico “Dictamen legal” que recomendaba al Secretario de Turismo Pablo Bruni, habilitar bajo el régimen de ATT (aunque no cuadran en la ordenanza vigente) los departamentos construidos por la empresa propietaria del Hotel Correntoso.

Empelada:  “Hoy dice que no puede, pero me dio el número de su estudio para que lo llames.”

D.A. “Pero yo quiero entrevistarlo como Asesor Legal, no como abogado particular en su estudio.”

Empleada: “Me dijo que te digiera eso.”

D.A: ¿Y cuando vuelve a Villa la Angostura?

Empleada: “El jueves o el viernes de la semana que viene”

D.A: “El jueves, o el viernes?

Empelada: “No se, lo decide él”

Cabe recordar que el pasado 3 de enero en referencia a los departamentos que el Hotel Correntoso construyó frente al lago Nahuel Huapi, el Asesor legal recomendo “se proceda a otorgar el permiso para iniciar los trámites correspondientes como ATT…”,

Primer punto llamativo: un asesor legal "recomienda" una excepción a una ordenanza, sin necesidad de que sea tratada por el Concejo Deliberante. Con este mecanismo, cualquiera que consiga un dictamen legal del asesor del municipio, podría obviar las normas.

Segundo Punto Llamativo: los departamentos del Correntoso no estuvieron jamás “destinados a uso de viviendas familiares”, ni fueron construidos antes de la entrada en vigencia de dicha ordenanza.

No obstante, el Asesor Legal del municipio, Dr, Julio Saraví Casco, elaboró un Dictamen en el cual argumenta en base al citado Artículo N° 3 de la ordenanza y agrega: “surge de la reglamentación que de acuerdo a lo dispuesto en la Ordenanza 3013, deberán inscribirse como ATT todas aquellas personas físicas o Jurídicas que ofrezcan alojamientos turísticos en las condiciones de la citada Ordenanza, que realizaran publicidad por cualquier medio”.

Con un enfoque diferente al que originalmente se pensó cuando se elaboró la norma, Saravi Casco sostiene que debería habilitarse como ATT “en virtud del espíritu de la ordenanza y la respectiva reglamentación es dable ponderar el fin último, teniendo como principal meta el fomento de la actividad turística, promover mayor oferta, brindar condiciones de seguridad, responsabilidad y mejores servicios”.

De manera antojadiza, el letrado del municipio nunca hace referencia a dos puntos esenciales: no se trata en este caso de viviendas familiares que posteriormente se solicite afectar al uso residencial turístico, y la construcción de los departamentos es posterior a la ordenanza.

 Quien es Saraví Casco

En el 2010 el actual asesor legal del Municipio, Julio Saraví Casco, fue sancionado por el Tribunal de Ética del Colegio de Abogados de Junín de los Andes con tres meses de inhabilitación para ejercer por un caso de división de condominio en San Martín de los Andes en el que el abogado intervino.

Fuentes del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) indicaron que el letrado apeló la medida en marzo del año pasado y que el TSJ debe expedirse sobre la sanción: confirmarla o desestimarla.

Sobre la causa de la sanción, Saraví Casco señaló que“es una interpretación sobre mi patrocinio de una persona en un juicio de división de condominio, puntualmente  cabañas. Pero no se hizo efectivo, hasta que no se expida el TSJ”.

Una fuente vinculada al Colegio de Abogados de Junín  mencionó que al menos en los últimos diez años es el primer caso que el Tribunal de Ética emite una sanción que no sea por falta de pago de la cuota. De hecho, la fuente dijo que no es habitual y que son pocos los casos en la provincia.

Asimismo, dijo  que en el caso de que el TSJ confirme la sanción, automáticamente se suspendería la matrícula del abogado.

 

 

 

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