viernes 19 de abril de 2024    | Nubes 5.7ºc | Villa la Angostura

POR LAS AGRESIONES

Crean "protocolo de seguridad" para inspectores municipales

Ante una agresión, no deben responder, tienen que buscar un superior a cargo, buscar testigos presenciales y radicar la denuncia en policía.
23/08/2019
Crean "protocolo de seguridad" para inspectores municipales

El Concejo Deliberante aprobó por ordenanza un "protocolo de seguridad" destinado a los empleados municipales que desempeñan tareas de inspecciones.

Es bastante habitual para los inspectores sufrir agresiones verbales y en algunas ocasiones físicas por parte de vecinos.

"Que entre los escenarios que se presentan ante inspecciones de tránsito, comercio, medio ambiente, obras particulares, surgen experiencias de violencia, maltrato, agresiones que reciben los empleados municipales por parte de determinados contribuyentes", sostienen los ediles en los fundamentos. 

Ante estas situaciones, los empleados deberán seguir un protocolo:

a) No responder a la agresión emanada por el contribuyente, retirándose inmediatamente
del lugar.
b) Comunicar en forma urgente al superior a cargo (Director, Subsecretario, Secretario,
Vice-Intendente) quien se encuentre en contacto inmediato.
c) Buscar testigos de ser posible pidiéndole datos de contacto.
d) Realizar la denuncia policial (no exposición) en compañía de su superior, procurando
especificar detalladamente el evento de violencia e identidad del agresor, en caso de
conocerla.

Aquí, la ordenanza completa

TITULO: “PROTOCOLO DE ATENCIÓN A LA SEGURIDAD PARA EL PERSONAL
MUNICIPAL CON FUNCIONES DE INSPECCIÓN”

VISTO:

El Expediente Nº 730 ME-PJFPV-2019; y

CONSIDERANDO:

Que existe en la plantilla del Personal Municipal de Villa La Angostura, la función de inspectoría;

Que dicha función tiene de por sí una exposición personal extraordinaria del empleado ante la ciudadanía;

Que entre los escenarios que se presentan ante inspecciones de tránsito, comercio, medio ambiente, obras particulares, surgen experiencias de violencia, maltrato, agresiones que reciben los empleados municipales por parte de determinados contribuyentes;
Que es esperable ante la comprobación de cumplimientos e incumplimientos de Ordenanzas vigentes, se genere una situación de alerta por parte del contribuyente, pero no es aceptable situaciones de  maltrato;
Que los inspectores e inspectoras tienen la obligación de dirigirse con respeto y amabilidad ante todo contribuyente, pero ello no implica convertirse en víctimas de situaciones violentas;

Que la Municipalidad de Villa La Angostura tiene la obligación, como empleadora, de bregar por la seguridad de sus dependientes, recursos, y la ciudadanía en general, contando con áreas que están constituidas para aportar al cumplimiento de dicha obligación;

Que un protocolo es una normativa que establece cómo se debe actuar en ciertos procedimientos, estableciendo acciones que se consideran adecuadas ante ciertas situaciones.

Que por ello se hace necesario establecer un Protocolo de Atención a la Seguridad del Empleado Municipal que cumple funciones de inspectoría;

Por ello, y conforme a lo dispuesto en el Artículo 107 de la Carta Orgánica Municipal

SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA

ARTICULO 1°: CREASE el PROTOCOLO DE ATENCION A LA SEGURIDAD PARA EL
PERSONAL MUNICIPAL CON FUNCIONES DE INSPECCIÓN.-
ARTÍCULO 2°: SU OBJETIVO es bregar por la seguridad de la persona del
inspector/inspectora que desarrolla tareas específicas en operativos de control de cumplimiento
de las ordenanzas vigentes o como consecuencia posterior al operativo.
ARTICULO 3°: EN CASO de situaciones de violencia física o verbal, amenazas o cualquier otro
tipo de maltrato, en cumplimiento de su deber y sin haber sido provocador del evento, la o el
inspector debe cumplir los siguientes pasos:

 

a) No responder a la agresión emanada por el contribuyente, retirándose inmediatamente
del lugar.
b) Comunicar en forma urgente al superior a cargo (Director, Subsecretario, Secretario,
Vice-Intendente) quien se encuentre en contacto inmediato.
c) Buscar testigos de ser posible pidiéndole datos de contacto.
d) Realizar la denuncia policial (no exposición) en compañía de su superior, procurando
especificar detalladamente el evento de violencia e identidad del agresor, en caso de
conocerla.

ARTICULO 4°: LA DENUNCIA deberá ser entregada por el superior inmediato del agraviado a
la oficina de Recursos Humanos, quienes deberán correr traslado, previa instrucción de sumario
administrativo, al área de Legales a fin de definir los pasos a seguir.

ARTICULO 5°: EL ÁREA de legales municipal estará a cargo de la representación legal de la
Municipalidad de Villa La Angostura, en todo proceso que derive en situación judicial por el
accionar diligente en cumplimiento de su tarea oficial. 

ARTICULO 6°: UNA VEZ instruido el sumario correspondiente, en el que se determine que la
actuación del inspector/a en el hecho, ha resultado en debida forma, la Asesoría Legal
representará oficialmente a la Municipalidad de Villa La Angostura, tomando el caso en sus
manos, aplicando los criterios de defensa de los intereses municipales.

ARTICULO 7°: PASE al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación. Regístrese.
Cumplido. Archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones Don Humberto Rolando del Concejo Deliberante, a los veintiún
días del mes de agosto de 2019, en Sesión Ordinaria N° XII, Acta N° 1719.-

Fdo. Amanda B. Rial (Presidente CD)
Magali Diaz (Secretaria CD)

Te puede interesar
Últimas noticias