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Qué se puede hacer y qué no durante la veda electoral

Los políticos ya no se pueden hacer mas campaña. Qué sucede con las redes sociales y hasta cuándo se puede vender alcohol.
25/10/2019
Qué se puede hacer y qué no durante la veda electoral

Desde la 8 corren las reglas de la veda electoral, que implica el final de la campaña proselitista de las agrupaciones políticas que compiten en las elecciones del domingo. La veda está prevista con anticipación de 48 horas a la apertura de los centros de votación.

Los candidatos políticos no pueden realizar actividades de campaña ni actos proselitistas, según el apartado 71 del Código Electoral.

No se pueden publicar ni difundir encuestas ni sondeos preelectorales, desde 48 horas antes de la iniciación de los comicios y hasta el cierre de la votación, a las 18 del domingo. Tampoco se podrán “publicar o difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de la elección durante la realización de los comicios y hasta tres horas después de su cierre”.

Las reglas de la veda no se modificaron con la irrupción en la vida diaria de las redes sociales. Entonces, hay un agujero negro sobre la actividad proselitista por esos medios. En concreto, sigue ahí la campaña casi con normalidad.

 Venta de alcohol

El Código Nacional Electoral prohíbe la venta de bebidas alcohólicas desde las ocho de la noche del sábado 26 hasta las nueve de la noche del domingo 27 de octubre.

Asimismo, los comercios que vendan bebidas alcohólicas, ya sean restaurantesbares boliches, solo podrán estar abiertos hasta las 24 del sábado y no podrán levantar sus persianas el domingo.

El Código Nacional Electoral además establece una pena de prisión de entre quince días y seis meses a quienes sean encontrados culpables de expender bebidas alcohólicas desde doce horas antes y hasta tres horas después de finalizado el acto eleccionario.

Fuente LMN/Infobae/Diarioandino

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