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ECONOMÍA

Cómo será el nuevo impuesto del 30% al dólar "ahorro" y el dólar "turista"

En síntesis, estos son los puntos más importantes del proyecto anunciado hoy por el Ministro de Economía de la Nación, Martín Guzmán y que aprobaría el Congreso.
17/12/2019
Cómo será el nuevo impuesto del 30% al dólar "ahorro" y  el dólar "turista"

El ministro de Hacienda, Martín Guzmán, presentó este martes el proyecto de ley  de "solidaridad y reactivación productiva"que el Gobierno envió al Congreso.

El impuesto del 30% a la compra en dólares: se aplicará el Impuesto del 30% para las compras en dólares con tarjetas de débito y crédito, se mantendrá el cepo de U$D 200 mensual para la compra de la divisa y también se le recargará el 30%. Pero no habrá recargo del 30% para las importaciones.

De esta manera, habrá un desdoblamiento cambiario,  con un dólar con un precio para la actividad productiva (dólar oficial a $63) y otro con un valor más alto para turismo ($82), compras y atesoramiento.

Paralelamente, los plazos fijos en pesos y bonos no pagarán más el impuesto a la renta financiera. 

Este esquema se extenderá al menos durante cinco años, aunque el Poder Ejecutivo tendrá facultades especiales para interrumpirlo antes si lo considerase necesario.

Jubilaciones.  El gobierno se tomará 180 días para reemplazar la fórmula actual, por lo cual no se aplicará la suba por inflación. Para paliar el atraso que tendrán las jubilaciones, anunciaron un bono adicional de 5000 pesos en diciembre y otros 5000 pesos en enero para las jubilaciones mínimas.

Retenciones. Se subirá el tope para las retenciones: para la soja, aumentará tres puntos porcentuales, pasando de 30% a 33% y con el trigo y maíz lo mismo: del 12% al 15%.

-IVA.  Habrá reitengro del IVA a los sectores más vulnerables. No será general. 

Tarifas. En un plazo máximo de 180 días se cambiará por otro "con un balance adecuado entre protección social, condiciones adecuadas para la producción y condiciones que fomenten la inversión en energías". Se suspenderían por ese período los aumentos de tarifas.

Aumento de las alícuotas de Bienes Personales. Hasta ahora, las alícuotas que pagan quienes están alcanzados por el impuesto a los Bienes Personales iban de 0,25 a 0,75%. Habían sido cambiadas a fines de 2018. Pero el proyecto de ley vuelve a cambiar esta banda, que quedará entre 0,50 a 1,25%.

El mínimo no imponible de $ 2 millones se mantiene, así como la exclusión de la vivienda de hasta $ 18 millones (unos US$ 285.000 al cambio oficial).

La modificación regirá para el periodo 2019 inclusive. La tabla quedará de la siguiente manera:


Además, aquellos contribuyentes que tienen bienes en el exterior podría llegar a pagar hasta el 100% de estas alícuotas (es decir, hasta 2,5%).

Hasta el 31 de diciembre del 2020, el Ejecutivo tendrá "la facultad de fijar alícuotas diferenciales superiores hasta en un 100% sobre la tasa máxima (de 1,25%), para gravar los bienes situados en el exterior, y de disminuirla, para el caso de activos financieros situados en el exterior, en caso de verificarse la repatriación del producido de su realización, supuesto en el que podrá fijar la magnitud de la devolución de hasta el monto oportunamente ingresado", asegura la norma. 

Los bienes en el exterior incluidos van desde divisas depositadas en bancos, participaciones societarias o acciones, hasta bonos soberanos y corporativos y fondos comunes de inversión, entre otros.

Los que ya paguen gravámenes similares por sus bienes en el exterior podrán computarlos como pago a cuenta.  

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