martes 23 de abril de 2024    | Nubes 2.2ºc | Villa la Angostura

PANDEMIA

Este domingo se podrá circular en auto hasta las 23:30 hs

La provincia autorizó la apertura de comercios hasta esa hora y el Municipio dispuso la circulación vehícular en el mismo horario.
11/07/2020
Este domingo se podrá circular en auto hasta las 23:30 hs

El gobierno provincial informó esta mañana que amplió para el domingo 12 de julio de manera excepcional el horario exclusivo de circulación de personas en la vía pública hasta las 23.30 en aquellas localidades neuquinas que no tengan casos activos de Covid-19, como Villa La Angostura.

En el caso de los vehículos, la autorización de provincia es de 8 a 15 y la apertura de locales comerciales estará permitida excepcionalmente entre las 8 y las 23.30 en esas localidades.

No obstante, como el domingo pasado, el Municipio de Villa La Angostura dispuso esta mañana la ampliación del horario de circulación vehicular hasta las 23:30hs. 

El fin de semana pasado se informó la medida a las 15horas, decisión que recibió críticas de los vecinos y principalmente comerciantes, que habían decidido no abrir justamente por la imposibilidad de la gente de movilizarse caminando hasta los restaurantes, dadas las condiciones climáticas.

"El Municipio de Villa La Angostura adhiere, a través del Decreto N° 2910/2020, a la resolución provincial que autoriza la apertura de locales comerciales y establecimiento de horario extendido de circulación vehicular durante el domingo 12 de julio de 2020", explicó el Municipio en un comunicado.

La circulación de personas en la vías pública queda habilitada hasta las 23:30 horas y la apertura de locales comerciales entre las 08:00 y las 23:30 horas, contemplando lo establecido en del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 576/20 del Poder Ejecutivo Nacional.

Se autoriza excepcionalmente la circulación vehicular entre las 08:00 y las 23:30 horas del día domingo 12 de julio del 2020 dentro del ejido municipal "con el fin de que las personas puedan concurrir a los locales comerciales, considerando  que los factores climatológicos y de distancias hacen imprescindible adoptar esta medida.La presente norma entrará en vigencia a partir del día 11 de julio de 2020 a las 00:00Hs".

 

"En ningún caso esa circulación podrá exceder los límites departamentales fijados en el artículo 5º del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 576 del Poder Ejecutivo Nacional", informó el gobierno provincial. 

En la resolución se expresa que, durante la vigencia del distanciamiento social, preventivo y obligatorio, las personas deberán observar las reglas de conducta generales establecidas en el artículo 6º del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 576/20 del Poder Ejecutivo Nacional.


Además, se indica que aquellas actividades comerciales y reuniones autorizadas en el marco de lo dispuesto para este domingo y que requieran espacios físicos cerrados o semi-cerrados para su desarrollo, deberán observar estrictamente los límites de concurrencia y densidad de ocupación dispuestos en los artículos 7º y 8º del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 576/20 del Poder Ejecutivo Nacional, así como la modalidad de reserva del espacio o de turnos prefijados.

La norma invita también a municipios y comisiones de fomento a adoptar medidas similares; y a colaborar en el monitoreo y supervisión del cumplimiento de las reglas de conducta y de las recomendaciones e instrucciones de las autoridades sanitarias provincial y nacional.

Te puede interesar
Últimas noticias