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PANDEMIA

Permiten actividades de montaña en localidades sin casos activos de COVID-19

Será a partir de este domingo. Las actividades deberán ser guiadas por personal experto.
11/07/2020
Permiten actividades de montaña en localidades sin casos activos de COVID-19

Desde mañana, domingo 12 de julio se permitirá la realización de actividades recreativas y de montaña en aquellas localidades neuquinas que no presenten casos activos de coronavirus, como Villa La Angostura.

La resolución provincial aplica a residentes locales y todas las actividades deberán ser guiadas por personal experto, informó el gobierno provincial en un parte de prensa.

El Municipio de Villa La Angostura, a través de la Secretaría de Turismo, adhirió a la resolución provincial, por lo cual, a partir de este domingo 12 de julio, quedan habilitadas las siguientes actividades recreativas en montaña, todos en ambientes y espacios permitidos y con guiado de expertos:

  • Salidas de observación de aves
  • Salidas vivenciales para conocimiento de la naturaleza
  • Trekking
  • Kayak y Remo  
  • Pesca
  • Mountain Bike en senderos
  • Cabalgatas
  • Caminatas con raquetas de nieve
  • Canopy
  • Paseos en cuatriciclo
  • Ciclismo

Estas actividades podrán ser realizadas por residentes locales dentro del ejido municipal correspondientes a su domicilio real en la franja horaria de 9 a 18 horas, y dentro de los límites horarios de circulación general en las vías públicas establecidos por la normativa provincial.

Durante la vigencia del distanciamiento social, preventivo y obligatorio, las personas que practiquen las actividades recreativas autorizadas anteriormente, deberán observar las reglas de conducta generales establecidas en el artículo 6º del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 576/20 del Poder Ejecutivo Nacional.

Por el momento el Parque Nacional Nahuel Huapi sólo habilitó algunos senderos de la zona Norte, no todos. (Leer nota: Qué sectores habilitó el PNNH)

Entre los considerandos del documento se especifica que “es  factible desde el punto de vista epidemiológico autorizar la práctica de diversas actividades físicas y recreativas vinculadas al disfrute de la montaña en aquellas zonas que no registren casos activos de Covid 19, a fin de continuar con el proceso de adecuación de la población a la nueva normalidad en las mismas, y favorecer la recuperación progresiva de los servicios turísticos a partir de una primera fase de actividades recreativas de la población local residente, con la observancia estricta de las reglas de conducta generales fijadas por la normativa sanitaria nacional, provincial y municipal".  

La resolución firmada por el ministro jefe de Gabinete, Sebastián González, indica que las actividades podrán ser realizadas por residentes locales dentro de los ejidos municipales correspondientes a su domicilio real. Además, deberá respetarse la franja horaria que establezca cada municipio, Comité de Emergencia local o autoridad jurisdiccional respectiva, y dentro de los límites horarios de circulación general en las vías públicas, establecidos por la normativa provincial. 

Durante la vigencia del distanciamiento social preventivo y obligatorio, las personas que practiquen las actividades recreativas autorizadas deberán observar las reglas de conducta generales.

Finalmente, el documento invita a municipios y comisiones de fomento a adoptar medidas similares, y a colaborar en el monitoreo y supervisión del cumplimiento de las reglas de conducta generales recomendadas por la cartera sanitaria.

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