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JUDICIALES

Formularon cargos contra el matrimonio de Buenos Aires por incumplir el aislamiento obligatorio social preventivo

Esta mañana la fiscalía formuló cargos contra la pareja de empresarios con casa en Cumelén. El juez no hizo lugar a la medida cautelar para que regresaran en 48 horas a su casa en San Isidro.
22/07/2020
Formularon cargos contra el matrimonio de Buenos Aires por incumplir el aislamiento obligatorio social preventivo

Esta mañana la fiscalía local formuló cargos contra el matrimonio de empresarios oriundos de Buenos Aires que ingresaron a la localidad con un permiso de circulación que no correspondería.

El fiscal Ramiro Amaya acusó al empresario Francisco Marseillán,  y su mujer, Marcela Machiavello, también empresaria , por violar las medidas adoptadas por los gobiernos nacional y provincial para impedir la propagación del virus COVID-19.

El delito que el representante del Ministerio Público Fiscal les atribuyó a los imputados fue la transgresión al artículo 205 del Código Penal en carácter de autores. Esta norma establece que “será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia”.

 Durante la audiencia de formulación de cargos, Amaya solicitó la imposición de medidas cautelares para el matrimonio: que se presenten en la comisaría de su localidad de origen,  provincia de Buenos Aires dentro de las próximas 48 horas. “Los imputados se excedieron en el uso de las habilitaciones para circular que les otorgara las declaraciones juradas, con la finalidad de viajar desde Buenos Aires a Villa La Angostura para hacer turismo”, planteó.

 Amaya también indicó que el matrimonio “han vulnerado el resguardo dispuesto en su protección y el de toda la sociedad", y que "a pesar de residir habitualmente en una zona que ha sido considerada afectada por la circulación comunitaria del virus COVID-19, desaprensivamente viajaron a Villa La Angostura -que no posee casos activos- incrementando el riesgo de propagación de la enfermedad". Además, puntualizó que "los imputados han demostrado que no pueden someterse voluntariamente a las restricciones dispuestas por la Ley. Entendemos que deben cumplir el aislamiento social preventivo y obligatorio en su lugar de residencia habitual”.

La  fiscalía solicitó al juez 4 meses para investigar el caso. El juez Juan Pablo Balderrama aceptó la formulación de cargos y concedió el pedido. De esta manera, el proceso judicial continúa.

No obstante, rechazó la medida cautelar solicitada por el fiscal (ver abajo)

El hecho

 El hecho que la fiscalía le atribuyó a Marseillán y Machiavello ocurrió el 14 de julio pasado cuando ambos fueron demorados por personal policial en la Ruta 40, en las afueras de Villa La Angostura, alrededor de las 15.10. El hombre y la mujer, que tienen domicilio en una localidad de la provincia de Buenos Aires, viajaban en una camioneta e intentaban llegar a una vivienda que poseen en la ciudad cordillerana. "Lo hacían sin contar con el permiso para circular vigente", indicó el Ministerio Público Fiscal.

El sábado pasado la fiscalía ordenó el allanamiento de su casa en Cumelén y secuestró los permisos de circulación. El viernes había confirmado a través de un informe de la Secretaria de Planeamiento del Municipio que el empresario, dueño de una empresa constructora-no estaba vinculado a ninguna obra pública de la localidad, sino que tenía dos obras particulares propias.

La audiencia
En el caso de la mujer, titular de la Droguería del Sud,  cuyo permiso está vinculado a la actividad farmaceútica, el fiscal aseguró que la visita de la mujer a las farmacias de la localidad no era algo esencial ni necesario.

"No viajaron desde Buenos Aires para ejercer una activad exceptuada, establece una validación de las activades prohibidas del decreto presidencial tanto para la fase de aislamiento y distanciamiento, esta actividad prohibida es el turismo. Existe prueba suficente y está acreditado la ocurrencia de la conducta, la violación de las medidas dictadas para evitar la propagación del virus. Los imputados se excedieron.Visto de este modo, si no se dispusiera en las 48 horas el regreso del matrimonio a Buenos Aires, se consolidaría el provecho turístico", dijo el fiscal Amaya en la audiencia.

Por su parte, la defensa, a cargo del concejal Guillermo Hensel, rechazó la medida cautelar y apuntó por un lado a la "falta de tipificación de la medida coercitiva".

Dijo que la actividad de la mujer, titular de una drogueria, es una actividad esencial y que aportarán el dato de las farmacias que visita habitualmente cuando viene a la localidad. 

Asimismo, informó que ambos se realizaron el test de Coronavirus en Buenos Aires antes de viajar, que dio negativo, y que contrataron un laboratorio local para hacerse otro test, que también les dio negativo.

"Plantear el objetivo de una medida coercitiva que seria un destierro, cual es la finalidad de la medida?", dijo el letrado en la audiencia.

Apuntó que el empresario tiene la autorización para obra privada y que además de Villa La Angostura, visitó una obra en Allen.

"La actividad privada esta desregulada en el país. Además es propietario y director de obra. Implica que debe estar presente. El viajó con un permiso habilitante", dijo Hensel, aunque no se refirió a si el permiso inicial lo había tramitado como "obra pública", que es una actividad esencial exceptuada, no la obra privada.

"Las reglas para que sean cumplibles, tienen que ser claras. Hay 250 normas que modifican el DNU 297. Si entramos a nivel provincial hay más de 100 regulaciones. Tienen un dinamismo horario que es avasallante para la gente. El pedido de la fiscalia es excesivo, tenemos muchos casos en VLA de incumplimiento del Aislamiento, busquemos una alternativa al proceso", sostuvo el abogado, y pidió que ambos puedan circular sin problemas. Aunque, en principio, por protocolo, deberán cumplir los 14 días de aislamiento obligatorio.

Finalmente el juez rechazó la medida cautelar por considerar que el riesgo "para la salud" de la comunidad no era real porque se habían realizado los test y dieron negativo, y aseguró que no está contemplado en el Código penal del país la figura del "destierro".

"La medida cautelar es evitar el provecho del ejercicio del turismo, pero no puedo dar verdad o mentira de lo que acreditan, tenen un domicilio fijado. La realidad que existan los permisos en exceso, es una situación controvertida, no es una situación que se ha acreditado y hay distintas interprectaciones sobre el alcance de esos permisos", dijo el juez.

En otras palabras, el matrimonio podrá continuar en la localidad, aunque quedarán sujetos a una causa penal.

La causa se transformó en un caso testigo que podrá servir de precedente para aquellas personas que no son residentes de la localidad y tienen propiedades aquí.

Reclamo por la difusión
Durante la audiencia el empresario reclamó por la presencia de la prensa y el uso de su imagen. No obstante, en la provincia de Neuquén las audiencias son públicas, a excepción de aquellas que involucran delitos sexuales.

Incluso la audiencia de hoy fue transmitida por la Oficina Judicial en vivo a través de Facebook.

  

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