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JUDICIALES

El TSJ rechazó el recurso de la comunidad Paicil Antriao sobre el fallo que le ordena restituir un terreno a La Posada

El Tribunal Superior de Justicia rechazó el recurso extraordinario que había interpuesto la comunidad.
27/07/2020
El TSJ rechazó el recurso de la comunidad Paicil Antriao sobre el fallo que le ordena restituir un terreno a La Posada

Este lunes (27/7) el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la provincia de Neuquén resolvió declarar "inadmisible" el recurso de casación de Nulidad Extraordinario que había interpuesto la propietaria de Puerto Elma, Elma Quiroga junto a la comunidad Paicil Antriao por el terreno con costa de lago que disputa a la empresa Tije, propietaria de la hostería La Posada. 

En febrero de 2019 el juez Andrés Luchino falló a favor de Tije, ordenando a la familia Quiroga a restituirle la tierra a la empresa en un plazo de 30 días. La comunidad apeló la sentencia, la Cámara Provincial de Apelaciones ratificó el fallo en primera instancia. Finalmente, la comunidad apeló y el TSJ rechazó el pedido.  La fiscalía general de Estado también había recomendado que se declare la inadmisibilidad del recurso casatorio. 

El fundamento de la comunidad es que, si bien hubo acuerdos con la otra parte, desconocen las negociaciones a titulo personal que pudieron realizar algunos miembros, porque, aseguran, es tierra comunitaria.

"Esa tierra siempre estuvo dentro del Lof Paisil Antrio, inlcuso quedó dentro del Relevamiento Territorial. Es tierra de uso tradicional porque siempre vivieron ahí los Quiroga", dijo el año pasado el werken de la comunidad Florentino Nahuel.

 Cabe aclarar que no se trata del lote donde la familia Quiroga vive desde hace décadas ni donde se encuentra el muelle, sino en el terreno aledaño donde fue construida una cabaña presuntamente con destino turístico.

En el fallo de primera instancia el juez se basó en el estudio de títulos del lote que acreditó las sucesivas ventas desde 1951, y el acuerdo de 1989 homologado por la justicia  en el cual el ex propietario Carlos Popik escrituraba a favor de Quiroga la tierra que actualmente ocupa, y Quiroga por su parte se comprometía a abandonar el lote aledaño. Pese a concretarse el acuerdo, la familia avanzó sobre esa tierra y Popik inició la acción legal. La propiedad luego pasó a manos de la empresa TIJE S.A.

El rechazo del recurso del TSJ es técnico. "Este Tribunal Superior de Justicia ha señalado que para fundar el recurso de casación, no alcanza con exponer los agravios, sino que resulta insoslayable invocar y encuadrar debidamente los vicios que se pretenden atribuir al decisorio recurrido, dentro de los motivos de justificación objetivo", dice el fallo al que accedió DiarioAndino, y agrega: "Es que las meras y genéricas invocaciones de cercenamiento de garantías constitucionales no constituyen, por sí solas, razones suficientes para lograr aquel cometido".

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