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PANDEMIA

Establecen mayores restricciones en el ingreso a la localidad

Dependiendo la terminación de la patente, los autos particulares podrán ingresar determinados días. También se restringen los horarios y la modalidad de distribución y entrega de mercadería.
05/08/2020
Establecen mayores restricciones en el ingreso a  la localidad

Por razones de salubridad general, el Municipio modificó la modalidad de ingreso y egreso de la localidad hasta el 16 de agosto inclusive.

En el día de ayer, el intendente Fabio Stefani, refrendado por el Secretario de Economía Daniel Brito, firmó el Decreto N° 3303/2020 con el objetivo de modificar el Decreto  N° 2003/2020.

A partir de las 00:00 horas del día 05 de agosto hasta el 16 de agosto de 2020 inclusive, se establece lo siguiente:

  • El horario exclusivo de ingreso y egreso al ejido municipal del Transporte de Cargas y Proveedores provenientes de provincias y/o ciudades con transmisión comunitaria o en conglomerado de acuerdo a los reportes de las autoridades competentes de salud nacionales y provinciales, entre las 07:00 a 10:00 hs. de lunes a sábados. Quienes realicen trasvaso de mercaderías en los respectivos retenes de ingreso al ejido municipal deberán realizarlo entre las 10:00 a 14:00 hs de lunes a sábados.
  • Por razones de salubridad general, los vehículos particulares cuyo dominio termine en número "par", incluyendo el número cero, sólo podrán ingresar al ejido municipal los días lunes, miércoles y viernes, en tanto que aquellos terminados en número "impar" sólo podrán hacerlo los días martes, jueves y sábado, de 07:00 a 20:00 hs. Los días domingos no se permite el ingreso vehicular
  • El horario exclusivo de ingreso y egreso para las empresas de servicios de Correo Postal, entre las 08:00 a 16:00 hs. de lunes a sábados.
  • Las empresas y/o personas de servicios Comisionista y Paquetería quedan comprendidas a la restricción vehicular contemplada en el Artículo 2° del presente decreto, en el horario de 07:00 a 18:00 hs.
  • Las personas o empresas contempladas en el artículo 1° deberán efectuar la descarga de sus productos o servicios en un solo domicilio dentro del ejido municipal.

 En realidad la restricción al ingreso ya estaba determinada. Sólo se incorporaron mayores restricciones a la modalidad de descarga y distribución de mercadería, y el ingreso particular. 

Días atrás el Ministerio de Ciudadanía de la provincia sacó una resolución por la cual se permite ingresar a personas de otras provincias a trabajar, pero cumpliendo una serie de requisitos, entre ellos, un test negativo de COVID-19 con 48 horas de antelación.

 

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