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Aprobaron el proyecto de veredas para el barrio Once

La iniciativa fue impulsada por los propios vecinos. Las veredas serán de adoquines de hormigón intertrabado.
19/11/2020
Aprobaron el proyecto de veredas para el barrio Once

El Concejo Deliberante aprobó este miércoles (19/11) la ordenanza que declara la utilidad pública el proyecto de construcción de veredas en el barrio Once.

La iniciativa partió de los propios vecinos del Once, que llevaron el proyecto de ordenanza al Concejo para que lo apruebe y el Ejecutivo impulse un proyecto integral de veredas uniformes en el barrio.

Estiman que un 90% del barrio carece de veredas, pese a ser uno de los barrios céntricos más transitado por peatones.

Uno de los puntos del proyecto es que el Municipio establezca la línea oficial de vereda, para poder definir cotas y cordón cuneta en sectores donde no están construidos. 

Las veredas tendrán un diseño único para generar un valor turístico. La propuesta es hacer veredas con adoquines de hormigón intertrabado, el mismo sistema que utilizará el Municipio en los proyectos de pavimentación. 

Finalmente, en el proyecto los vecinos recuerda que "la ejecución de los trabajos de construcción de veredas es responsabilidad de cada frentista, así como la de su mantenimiento". 

 

La ordenanza aprobada

 VISTO:

El Expediente N° 873-JVBO-2020, y Las Ordenanzas N° 3051/2015 y la Ordenanza N° 3167/2016; y

 CONSIDERANDO:

 Que con fecha 27 de julio del año 2020 ingresa nota de miembros de la Junta Vecinal del Barrio el Once, presentando al Concejo Deliberante proyecto de veredas para el Barrio el Once teniendo en cuenta la Ordenanza N° 3051/2015, Veredas Reglamentarias;

 Que en la práctica un 90% del Barrio El Once no tiene construidas las veredas (TIPO2 -Residencial urbanizada-) según lo establecido en la Ordenanza N° 3051/2015;

 Que no se cuenta con la materialización de la LOV (línea oficial de vereda), por ende, no se pueden definir cotas y niveles de la vereda y el cordón proyectado, con excepción de los sectores con cordón cuneta existente;

 Que las obras de ejecución de los trabajos de construcción de veredas es responsabilidad de cada frentista, así como la de su mantenimiento;

 Que con respecto al reacondicionamiento, mejora y construcción de las veredas no sólo se debe tener en cuenta el desmalezado y podado de árboles si no también el retiro o trasplante de algunos ejemplares;

 Que en el barrio El Once ya se encuentran realizada la red de efluentes cloacales (cañería colectora y bocas de registro);

 Que se deberá prestar fundamental atención a la liberación de los obstáculos existentes que son parte de instalaciones de los diferentes servicios públicos y privados, y disponer el tendido subterráneo de redes de infraestructura;

 Que es necesario rever la Ordenanza N° 2310/09 (contenedores de residuos domiciliarios) y considerar un espacio destinado a la ejecución de plateas que sirvan de apoyo para la ubicación de los contenedores comunitarios c/separación de residuos según la norma GIRSU;

        Por ello y Conforme a lo dispuesto en el Art. 107 de la Carta Orgánica Municipal.

El Concejo Deliberante de la Municipalidad de Villa la Angostura

SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA

 

ARTICULO 1°: DECLARASE de utilidad pública el Proyecto de Veredas y Construcción de Veredas del Barrio el Once.-

 ARTICULO 2°: DISPONGASE que sea el Departamento Ejecutivo Municipal el que realice un Proyecto Integral para la ejecución y construcción de veredas, teniendo en cuenta rampas de acceso, en el cual deberán contemplar los siguientes trabajos previos a la elaboración de los planos de obra que se detallan a continuación: 

  • Realizar el diseño planialtimétrico para la definición de la OLV (línea oficial de vereda).

 

  • Realizar la supervisión y control de las conexiones cloacales domiciliarias y la conformación de los planos para las tuberías de tendido de las futuras redes soterradas de los diferentes servicios públicos siguiendo las directrices reglamentarias de las empresas prestadoras.

 

  • Realizar la tramitación de los permisos para la liberación o corrimiento de los obstáculos que se interpongan en el trazado de las veredas y conformen parte de la infraestructura aérea de dichas empresas.  

 

ARTICULO 3°: AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar el diseño de vereda único con el criterio de armonía, uniformidad e identificación del Barrio el Once y con el objetivo final de mejorar el rasgo turístico de nuestro pueblo. Se adjunta Anexo I bis   VEREDAS BARRIO EL ONCE “Modificaciones y Complementaciones” Anexo 1 –Ordenanza N° 3051/2015 respecto a MATERIALES y DISEÑO.-

 

ARTICULO 4°: VERIFIQUESE por parte del Departamento Ejecutivo Municipal, la realización del control de las conexiones cloacales domiciliarias, que las mismas hayan sido conectadas con anterioridad a la ejecución de las veredas, como así también aquellas tuberías de tendido de las futuras redes soterradas de los diferentes servicios públicos.

 

ARTICULO 5°: DISPONGASE complementaciones y/o modificaciones a las reglamentaciones del Anexo 1 de la Ordenanza N° 3051/2015, en base a lo referido en los artículos 2° y 3°.-

 

ARTICULO 6°: FIJASE fecha de inicio y plazo para la realización de lo dispuesto en el artículo 2° de la Ordenanza N° 3051/2015

 

ARTICULO 7°: PASE al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación. Comuníquese. Regístrese. Publíquese. Cumplido. Archívese. -

 Dada en la Sala de Sesiones Don Humberto Rolando del Concejo Deliberante, a los dieciocho  días del mes de Noviembre de 2020, en Sesión Ordinaria N°XIX, Acta N°1766.-

Fdo. David A. Tressens Ripoll (Presidente CD)          

        Magali Diaz (Secretaria CD)

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