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CONSECUENCIAS DEL JUICIO POLÍTICO

Brito no podrá ser candidato a un cargo electivo o ejercer cualquier cargo público municipal

Así lo establece la ordenanza "Ficha limpia" aprobada en diciembre pasado por el Concejo Deliberante. Qué dice la ordenanza.
15/01/2021
Brito no podrá ser candidato a un cargo electivo o ejercer cualquier cargo público municipal

Por primera vez en la historia de Villa La Angostura el Concejo Deliberante removió un funcionario a través del juicio político, herramienta consignada en la Carta Orgánica Municipal y reglamentada en el 2019.

El Concejo encontró culpable al secretario de Economía, Daniel Brito y lo destituyó del cargo. Por la ordenanza "Ficha limpia", aprobada en diciembre pasado, el ahora ex secretario quedó inhabilitado  para ejercer cargos públicos en el Municipio de Villa La Angostura ni podrá ser candidato a un cargo electivo.

No obstante, el funcionario destituido podrá impugnar la decisión del Concejo Deliberante en la justicia.

Qué dice la ordenanza "ficha limpia"

"En razón del fuerte interés público involucrado y el deber que pesa sobre el Estado de proteger las instituciones democráticas contra el flagelo de la corrupción, es que el riesgo de que sujetos vinculados con la corrupción pasen a controlar asuntos públicos en su carácter de autoridades estatales, justifica largamente la limitación temporaria y no esencial del derecho de sufragio pasivo de tales individuos, que en esta oportunidad proponemos", apunta la norma.

En el mismo sentido,  señala que aquellas personas que han cometido delitos vinculados a la violencia de género, "tampoco debieran verse posibilitados a acceder a cargos lectivos. Es decir, no pueden desempeñar ese cargo tan honorable y honroso que implica ser elegido por los electores, ser elegido por el pueblo, nada más y nada menos que para representarlo". 

Por otro lado, también dispone que las personas que hubiesen sido inhabilitadas por juicio político "u otro procedimiento constitucional o legalmente previsto para la expulsión, destitución, remoción e inhabilitación del cargo o la función pública no pueden ser candidatos en elecciones a cargos públicos electivos o ejercer cargos públicos, municipales". 

Ver la ordenanza "ficha limpia"

 

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