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LA JUSTICIA EN LA MIRA

Los concejales piden al TSJ inhibir al juez Nicolini en la causa por el juicio político y todas las actuaciones derivadas

Aseguran que existe un "conflicto de poderes" y que es competencia del Tribunal Superior de Justicia. De hacer lugar, tanto la medida cautelar como la denuncia penal contra los concejales, caerían.
12/02/2021
Los concejales piden al TSJ inhibir al juez Nicolini en la causa por el juicio político y todas las actuaciones derivadas

En síntesis:

-Los concejales piden al TSJ que declare la inhibitoria del juez Nicolini, quien dictó la medida cautelar para suspender el juicio político. Señalan que no es competencia del juez administrativo, sino del TSJ.

-Aseguran que existe un conflicto de poderes dentro del Municipio, por lo cual piden que el TSJ asuma la causa, desestimando las medidas adoptadas por Nicolini. Por ende, piden la suspensión de la imputación de la fiscalía por presunta “desobediencia” a una medida cautelar, justamente porque no sería legítima.

-Si el TSJ toma en cuenta su jurisprudencia, podría hacer lugar a la inhibotira, asumir la causa y anular las actuaciones de Nicolini.

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Citando jurisprudencia de otros fallos del Tribunal Superior de Justicia, los concejales plantearon al TSJ la “competencia por inhibitoria” del juez Administrativo Matías Nicolini en la causa iniciada por el ex secretario Daniel Brito contra el Municipio.

Los concejales señalan que Nicolini nunca debió intervenir en la demanda de Brito porque no es competencia del Juzgado Procesal Administrativo, sino que en cuestiones vinculadas a conflictos de poderes internos dentro del Municipio, siempre interviene el TSJ.

Citan numerosos casos en los que intervino el TSJ, justamente de funcionarios del Ejecutivo contra el Concejo Deliberante por juicios políticos.

 “Es claro que la demanda debió haber sido promovida contra el Concejo Deliberante ante el TSJ  por la materia de conflicto de poderes, y no como se hizo ante un juez procesal administrativo, contra el Municipio  (pode Ejecutivo) al que pertenece el enjuiciado Brito”, sostienen los ediles en el planteo judicial al que accedió DiarioAndino.

En ese sentido, advierten “una burda maniobra para evadir la competencia del TSJ iniciando las actuaciones como un particular contra un municipio, pero siendo en realidad una cuestión de conflicto de poderes que el juez de grado debió advertir antes de asumir su competencia, dado que claramente se solicitaba la suspensión del trámite de un juicio político”

Apuntan que en todo caso Brito debió demandar al Concejo Deliberante ante el TSJ, luego de consumado el juicio político.

Aseguran que el juez Nicolini “incurrió en un exceso, desde el momento que se desconoció a todas luces doctrina y jurisprudencia del TSJ al dictar una medida”.

En ese punto citan un fallo del TSJ sobre el pedido que hizo un intendente para suspender un juicio político que iniciaba el Concejo en su contra. En ese fallo el Tribunal sostiene que “la medida cautelar tendiente a paralizar el juicio en aquella instancia inicial, la intervención del Tribunal fue prematuramente requerida. Es que si la facultad de este Tribunal como órgano de contralor de los procesos políticos es de naturaleza esencialmente revisora, por regla, no puede intervenir antes que el proceso se lleve a cabo en su marco institucional propio”.

 “Es evidente el grave conflicto que se ha suscitado en Villa La Angostura, el cual lejos de terminarse va en escalada llegando al ridículo de denunciar penalmente a todo el cuerpo de concejales, todo ello como consecuencia de una demanda ante un juez incompetente que además acepto intervenir y resolver de manera prematura y fuera de su competencia”, agregan.

Qué pasa con la presunta “desobediencia” a una medida judicial

Este viernes por la mañana la fiscalía formulará cargos contra los concejales por presunta desobediencia a una orden judicial. Se trata de la medida cautelar dictada por el juez para suspender la sesión donde se emitía la sentencia del juicio políticop.

Si bien no habían sido notificados formalmente, para la fiscalía los concejales estaban al tanto de la decisión del juez de manera informal. Y que al tratarse de funcionarios públicos, enterados de las actuaciones, deberían haber hecho lugar a la medida y suspender el juicio.

En tanto la defensa de los concejales apunta a que la notificación vía email –que no tiene validez legal- les llegó recién al otro dia a las 13hs, es decir, pasada la sesión. Por otro lado, indicaron que cuando la escribana se presentó ya iniciada la sesión, nunca dijo que iba a notificar una medida cautelar, sino que se limitó a decir que “venía a cumplir su trabajo” y que “tenía algo para entregar”.

De llegar a una condena, los concejales podrían ser destituidos en el marco de la Carta Orgánica Municipal. Si ocurriera, en definitiva serían destituidos por haber realizado juicio político a un funcionario del Ejecutivo, acusado de cometer numerosas irregularidades.

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