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CONFLICTO DE TIERRAS

La jueza intimó a Elma Quiroga y a la comunidad Paicil Antriao a desalojar uno de los lotes en litigio en Puerto Elma

La comunidad espera que la Corte Suprema de Justicia se expida sobre el recurso de queja presentado, pero la sentencia se puede ejecutar. La Jueza Andrea Di Prinzio les dio un plazo de 10 días para la restitución del lote.
24/03/2021
La jueza  intimó a Elma Quiroga y a la comunidad Paicil Antriao a desalojar uno de los lotes en litigio en Puerto Elma

La jueza Civil Andrea Di Prinzio intimó a Elma Quiroga, José Miranda y la comunidad mapuche Paichil Antriao a restituir un lote al propietario de la hosteria La Posada en un lapso de 10 días, "bajo apercibimiento".

En diciembre del año pasado  el Tribunal Superior de Justicia de la provincia (TSJ) no hizo lugar a la acción de la comunidad Paicil Antriao para que la causa de Puerto Elma sea tratada por la Corte Suprema de la Nación. En febrero de este año la comunidad interpuso un "recurso de queja" ante la Corte Suprema para que intervenga y suspenda la sentencia. Sin embargo,  mientras tanto, las sentencias se pueden ejecutar. Por eso la comunidad hizo una presentación ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y espera que dicte una medida cautelar.

La tierra en disputa es un lote que ocupó hace unos años la familia Quiroga, miembro de la comunidad, en la costa del lago Nahuel Huapi. La empresa propietaria de la hostería, titular de la tierra, inició una acción reivindicatoria y la justicia falló a su favor, en varias instancias.

El conflicto no es por todo el predio de Puerto Elma, sino un terreno ubicado entre La Posada y Puerto Elma. 

El abogado de la comunidad, Virgilio Sánchez, reiteró que se está esperando que resuelva la Corte Suprema el recurso presentado. En febrero había indicado que “hay que esperar que la Corte admita la Queja para suspender la sentencia. Como sabemos que los tiempos de la Corte son largos, vamos a pedir una medida Cautelar ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos –CIDH -para que no se ejecute la sentencia hasta tanto quede firme el fallo”.

Uno de los planteos de la comunidad es que la justicia neuquina consideró que el conflicto de tierras es entre particulares, pero aseguran que la tierra es comunitaria. En cuanto al desalojo, recordaron que está vigente la ley 26160 que, entre otras cosas, suspende los desalojos de comunidades aborígenes.

En diciembre la Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia de la provincia (TSJ)resolvió no dar lugar a la Acción Reivindicatoria presentada por la Comunidad,  por la cual buscaba que el caso -que ya pasó varias instancias de rechazo- sea tratado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Esa situación sí o si debe ser habilitada por el TSJ.

De esa manera, al menos para la justicia neuquina,  quedó firme el fallo que obliga a la familia Quiroga a devolver la tierra que ocuparon al empresario Carlos Popik en las inmediaciones de Puerto Elma.

Según el fallo, la Sala declaró “INADMISIBLE el Recurso Extraordinario Federal deducido por la Comunidad Mapuche Lof Paichil Antriao”.

Además estableció que los descendientes aborígenes deberán hacerse cargo de las costas del juicio tal como establece el artículo 68, Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.

 

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