Jornada clave para la institucionalidad del Concejo Deliberante

Un feróz interna en el gobierno, egos personales, institucionalidad, movidas políticas, presiones de sectores lobbistas, interpretaciones varias de la Carta Orgánica, amenazas de juicios, una causa judicial en desarrollo, demostraciones de poder… En ese contexto, en la sesión que se llevará a cabo hoy, el Concejo Deliberante definirá quien se hará cargo de la Presidencia del cuerpo hasta que se resuelva – o no- la situación procesal de David Tressenes.
El presidente del cuerpo, se encuentra en uso de licencia por el procesamiento judicial que se le sigue en su contra y esto disparó dos posiciones diametralmente opuestas dentro del Legislativo.
Por un lado, los bloques mayoritarios del MPN y del FdT entienden que la presidencia debe ser ocupada para el partido que mayor cantidad de votos obtuvo en las elecciones; por el otro, desde el PRO y Primero Angostura sostienen que al estar de licencia –y no haber renunciado al puesto- el presidente, quien asume es la vicepresidencia elegida por el propio Concejo, Marta Cicconi ( PRO).
El MPN quiere hacer valer sus tres bancas y el FdT adviertieron que la actual presidencia podría incluso ser denunciada porque según afirman, retiene indebidamente la presidencia del cuerpo.
En tanto que desde el PRO y desde Primero Angostura coinciden en señalar que la vicepresidenta pasa a ocupar el puesto de presidenta, cada vez que el titular del legislativo se toma licencia (algo que ya ha ocurrido en varias ocasiones y no que nunca había disparado ningún tipo de polémica).
En este contexto de posiciones enfrentadas, circuló ayer un rumor que sostiene que desde un sector del gobierno comunal que se incomoda con la posición de Tressens, de Cicconi y de Vacca Arenaza, impulsan una movida para “copar” el recinto durante la sesión y presionar.
De esta movida aseguran, participarán funcionarios en ejercicio.
A partir de las 10, y con un contexto poco frecuente en el legislativo comunal, comenzará la sesión.
El marco legal
Cabe mencionar que el artículo N° 88 de la Carta Orgánica apunta textualmente: “Las autoridades del Concejo Deliberante están constituidas por un presidente y un vicepresidente.
El cargo de presidente recae en el primer concejal del partido o alianza electoral que se impuso en las elecciones para intendente.
El cargo de vicepresidente es elegido por simple mayoría de los votos del Cuerpo.
En caso de inexistencia de concejales del partido o alianza electoral ganador, las autoridades se eligen por simple mayoría del Cuerpo.
El secretario parlamentario es elegido de fuera del seno del Concejo Deliberante, nombrado y removido por el presidente, de quien depende directamente.
En tanto que el Artículo 89 hace referencia a los Reemplazos: “En caso de muerte, renuncia, destitución, ausencia definitiva, incapacidad o inhabilidad permanente sobreviniente para el desempeño del cargo de un concejal, éste es reemplazado por el concejal que le sigue en la lista del partido o alianza electoral de la que él fuera integrante”.
En tanto que el Reglamento interno del Concejo sosptiene
Artículo 8°Composición.Las autoridades del Concejo estarán compuestas por un Presidente, un Vicepresidente, esto conforme el Art 88 de la Carta Orgánica Municipalidad de Villa la Angostura Concejo Deliberante Municipal, el cargo de Presidente recae en el primer concejal del partido o alianza electoral que se impuso en las elecciones para intendente y el cargo de Vicepresidente es elegido por simple mayoría de votos del Cuerpo en sesión preparatoria.
Artículo 9°Elección de las autoridades. Conforme el Art 88 de la Carta Orgánica Municipal, el cargo de Presidente recae en el primer concejal del partido o alianza electoral que se impuso en las elecciones para intendente y el cargo de Vicepresidente es elegido por simple mayoría de votos del Cuerpo.El Concejo Deliberante tendrá un secretario denominado parlamentario, un prosecretario y secretario de actas y un secretario legislativo a cargo del digesto. El Secretario Parlamentario depende inmediatamente del Presidente, quien podrá suspenderlo dando cuenta en la primera sesión.
Artículo 11°Voto del Presidente en las sesiones. El presidente tendrá voto. En caso de empate, dispondrá un cuarto intermedio. Reabierto el debate se llamará nuevamente a votación y de persistir el empate, deberá resolver la cuestión con otro voto.
Artículo 12° Vicepresidente: funciones. El Vicepresidente no tendrá más atribuciones que las de sustituir por su orden al Presidente, cuando éste se hallare impedido o ausente.
Artículo 62 °Licencias. Se considerarán causales de licencias: enfermedad del concejal que requiera tratamiento por un lapso mayor a 5 días, enfermedad de familiar del concejal hasta segundo grado de consanguinidad y/o afinidad, fallecimiento de familiar o cualquier razón de fuerza mayor que impida la presencia del concejal por un lapso mayor a 5 días. Si la licencia fuese mayor a quince (15) días hábiles, se convocará al suplente respectivo para su incorporación. La suplencia caduca con la presencia del concejal titular en el recinto. Las licencias serán autorizadas por la Presidencia y siempre por un tiempo determinado. Las licencias que determinen reemplazo del concejal titular, serán sin goce de retribución para éste.