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Desconocidos grafitearon las instalaciones de escuela N° 104

28/11/2022
Desconocidos grafitearon las instalaciones de  escuela N° 104

Continúan apareciendo graffitis en distintos lugares de la localidad y esta vez le tocó a la Escuela Primaria N° 104.

En ese edificio, desconocidos pintaron paredes, la casilla de gas, puertas, ventanas y vidrios.

Desde la institución, reflexionaron al respecto a través de la cuenta de Facebook: “Está buenísimo expresarse con el arte... pero en una escuela pública donde cuesta mantenerla esto es porque no hay recursos $$$ para pintar dependemos del estado”

La ordenanza y el veto de Stefani

En Junio del año pasado, el Concejo Deliberante recibió un “pedido expreso” de un vecino para que se regularice y prohíba la  venta de pintura en aerosol. No obstante, y lejos de quedarse en solo en ese punto, los ediles encontraron una propuesta superadora que no sólo atiende dicha solicitud, “sino que también abraza el arte en sus diversas manifestaciones”.

Según se argumentó en los Considerandos de la norma que se aprobó y luego vetó el intendente Fabio Stefani, “La Ordenanza tiende no sólo a permitir individualizar a los autores de estos hechos para obligarlos a reparar económicamente los daños, sino a prevenir futuros actos vandálicos en un intento de desanimar a quienes no escatiman recursos ni esfuerzos para estropear la propiedad ajena o pública”.

No obstante, la normativa también contemplba y diferencia las  intervenciones artísticas de las vandálicas: “sin embargo, podemos encontrar en el ejido, grafitis y/o murales pintados por artistas que intentan plasmar en sus obras una visión sensible acerca del mundo, ya sea real o imaginario. El carácter artístico de dichas representaciones demuestra la destreza, la técnica o el estilo de su autor al realizarlo”.

Por todo esto, se resolvió "la prohibición en toda la ciudad de Villa la Angostura la venta de pintura en aerosol a menores de 18 años de edad”.

Se planteaba además que los comerciantes que no cumplieran la Ordenanza en sus artículos 1º y 2° se sancionarán con multa de 100 a 1000 N. Además de la pena de multa fijada precedentemente, el Juez de Faltas podrá imponer, desde la primera contravención, como accesoria, la inhabilitación de hasta noventa (90) días a la prestación de los servicios.-

En tanto que las personas que utilizaran  indebidamente estos productos, serán sancionado con una multa de 100 a 1000 N, y deberán reparar el daño causado. Si los infractores fueran menores de edad, serán responsables los padres de pagar la multa y reparar el daño causado.-

Pero un día después de aprobada la ordenanza 3818/2021 que regulaba la realización de graffitis y murales dentro del ejido, así como el registro para la venta de aerosoles, y haciéndose eco de un grupo de vecinos vinculados a agrupaciones que suelen hacer graffitis, el intendente Fabio Stefani firmó un decreto con el veto de la norma.

 

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