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Conocé la nueva escala que fijó AFIP para informar los movimientos bancarios

01/06/2023
Conocé la nueva escala que fijó AFIP para informar los movimientos bancarios

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha actualizado los montos mínimos a partir de los cuales las entidades financieras y billeteras virtuales deberán informar los movimientos de las cuentas bancarias y tarjetas en todo el país. Esta actualización se produce después de la última modificación realizada en 2022.

Según las nuevas disposiciones, las entidades financieras deberán informar los movimientos cuando se superen los siguientes montos mínimos:

Acreditaciones mensuales, extracciones mensuales, saldos de cuentas y depósitos a plazo fijo: el límite mínimo para informar pasa de $90.000 a $200.000.

Consumos con tarjeta de débito: las entidades financieras deben informar los consumos a partir de los $120.000. Anteriormente, este límite era de $30.000.

En caso de que se superen los límites mencionados, tanto las billeteras virtuales como los bancos deberán informar lo siguiente:

Altas, bajas y modificaciones de cuentas corrientes, cajas de ahorro, cuentas sueldo o de la seguridad social, cuentas especiales y cualquier otro tipo de cuenta especificado por la autoridad competente.

 Monto total acumulado de acreditaciones mensuales en las cuentas mencionadas anteriormente, en moneda argentina o extranjera, cuando supere los $200.000.

Monto total acumulado de extracciones mensuales en efectivo de las cuentas mencionadas anteriormente, en moneda argentina o extranjera, cuando supere los $200.000.

Saldos de las cuentas mencionadas anteriormente, al último día hábil del período mensual informado, cuando sean iguales o superiores a $200.000 en valores absolutos, considerando tanto los importes positivos como los negativos.

Monto total acumulado de depósitos a plazo fijo realizados durante el período mensual de información, cuando supere los $200.000.

Consumos con tarjetas de débito del titular y/o adicionales en el país, cuando los montos acumulados sean iguales o superiores a $120.000 mensuales en cada cuenta informada.

Consumos con tarjetas de débito en el extranjero realizados por el titular y/o adicionales.

Cobranzas de cheques por honorarios profesionales emitidos por juzgados u organismos del Poder Judicial, ya sea acreditados en cuenta, mediante transferencia bancaria o cobrados en efectivo por ventanilla.

Datos identificatorios de los sujetos involucrados en las operaciones mencionadas anteriormente.

Estas son las nuevas obligaciones de información que las billeteras virtuales y los bancos deberán cumplir en caso de superar los límites establecidos por la AFIP para los movimientos de cuentas bancarias y tarjetas en Argentina.

 

Con infonación de ANB

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