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Caso Gatica: prorrogaron tres meses el período de investigación y fijaron nuevas pautas para los policias acusados

19/03/2024
Caso Gatica: prorrogaron tres meses el período de investigación y fijaron nuevas pautas para los policias acusados

Esta mañana se realizó en el Juzgado local una Audiencia de Control de Medidas de Coerción en el caso Gatica, donde cinco efectivos policiales está acusados de homicidio agravado.

Si bien el caso se encuentra en la etapa final de la investigación, la Jueza Ojeda, decreto la prórroga de tres meses, (vencería el 16 de junio de este año) para que se ultimen detalles del proceso investigativo

Asimismo, se dictó medidas de coerción, por el mismo plazo para neutralizar los peligros de entorpecimiento probatorio. En lo concreto, se ha dictado la prohibición de acercamiento a familiares y personal de salud del Hospital Público, que fueren testigos de los hechos.

Dicho pedido fue sostenido por el Ministerio Publico Fiscal, y acompañado por los abogados querellantes.

A su turno, el abogado defensor Cristian Hugo Petterosso, solicitó que se recuse al Dr. De Lillo en su actuación como Fiscal del Caso. Para ello, alegó razones que no pudo acreditar. Sostuvo que “el informe del cuerpo médico de nación, fue retenido por el Fiscal, quien no lo notificó oportunamente, sino 12 días después de recibido”.

La jueza Ojeda no hizo lugar a dicha solicitud, y explicó que la misma fue mal planteada por el abogado defensor. Primeramente, sostuvo que, la misma debe ser planteada como cuestión previa, y no en oportunidad de exponer sobre la solicitud de prórroga de investigación y medidas de coerción; desde otro aspecto, dicho pedido por imperio del Art. 70 segundo párrafo, debe ser encauzado ante el Fiscal Jefe, y no ante el órgano jurisdiccional.

El letrado explicó que “la agencia fiscal recibiera el 15 de febrero pasado, el dictamen pericial efectuado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, y, tras tenerlo guardado en una caja de cartón, recién lo pusiera en conocimiento de las partes el 27 de febrero, es decir, casi dos semanas después, lo cual demuestra una clara intención ocultista de tapar información que beneficiaba a la policía”.

Agregó Cristian Pettorosso que “la ley le prohíbe al fiscal hacer este tipo de maniobras, cuando todos sabemos que es un caso sumamente complejo, que arrastra un interés público superior en razón de la enorme trascendencia social que ha tenido y tras haber movilizado peritos de distintas jurisdicciones”, añadiendo el profesional que “consideramos que ha afectado la transparencia y eficacia en el desenvolvimiento ministerial, agraviando el derecho de las defensas de contar con información útil de forma concomitante a la toma de conocimiento oficial del referido informe. Sospechamos a esta altura que existe ya un indisimulado ahínco contra el personal policial, que se ve reflejado en este tipo de actitudes desleales, de falta de colaboración para con las partes, al ocultar prueba favorable a las defensas; dado lo cual, entiendo que el fiscal ha perdido la imprescindible objetividad para continuar al frente de la investigación, y por eso fue recusado y también denunciada esta falta grave ante el Tribunal Superior de Justicia”.

Por otro parte, la abogada querellante, Lorena Miami sobre el punto sostuvo que: “La Dra. Ojeda no ingresó en el análisis del fondo de la cuestión planteada por no resultar un órgano competente para ello, dictar una resolución por afuera del código de procedimiento, sería ilegal. Nosotros somos abogados que trabajamos con reglas de procedimiento claras y escritas, establecidas normativamente en pos de la seguridad jurídica. Es nuestro deber profesional conocerlas previamente, antes de obrar de manera improcedente. Más considerando que ello genera costas (gastos) y pérdida de tiempo. Desde ese lugar, como abogados particulares, tenemos la obligación de consultar los legajos, para acceder a la información, bastando que dicha información esta puesta a disposición. Como querellantes, así lo hicimos, y tomamos conocimiento del Informe de manera inmediata. La causal de recusación invocada, es improcedente, por la vía planteada y también por los argumentos falaces utilizados”.

tras finalizar la audiencia, se supo que el planteo recusatorio de Pettorosso fue ingresado directamente a la Fiscalía para su tratamiento correspondiente y puesto a consideración de la Superintendencia de Tribunal Superior de Justicia"

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