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ALOJAMIENTO TURÍSTICO TEMPORARIO

La explicación oficial sobre la aplicación de la norma

El secretario de Turismo Pablo Bruni explicó cómo es la aplicación de la norma y justificó la controversial habilitación a un complejo céntrico.
26/10/2016
La explicación oficial sobre la aplicación de la norma

En una primera comunicación, al ser consultado por el tema pero sin especificar de qué caso se estaba hablando, el secretario de Turismo Pablo Bruni aseguró que la habilitación de la ATT es por propiedad. “El terreno donde están emplazadas las plazas, se suman las plazas que corresponden a esa propiedad”, sostuvo.

No obstante,  en otra entrevista realizada al día siguiente, consultado puntualmente por el caso del Mercado, Bruni aseguró que eran 20 plazas por persona titular de la habilitación.

Con esta “interpretación” de la norma, cualquier propietario de cabañas, casas o departamentos construidos antes de noviembre de 2015 podrían habilitar complejos de más de 20 plazas, simplemente sacando habilitaciones comerciales a nombre de un socio u otro familiar, aunque como propietario figure la misma persona.

“A nombre de una misma persona puede haber hasta 20 plazas, y si no están en tu propiedad tenés que tener algún comodato o de usufructo”, explicó Bruni.

Sobre el caso puntual del complejo del Mercado, Bruni aseguró:

DA-Tener un establecimiento que opera 43 plazas como ATT ¿ es válido, sirve para esto la norma?
-No es un establecimiento. Será un edificio, pero no un establecimiento. No permitimos el mismo nombre de fantasía por una cuestión de usos.

DA-¿No genera una competencia desleal habilitar en un mismo predio 43 plazas cuando debería haber sólo 20?
Son 20 plazas por persona física y jurídica. Y no hay ningún establecimiento con 43 plazas.

DA-Están en un mismo edificio y se venden en conjunto en canales de comercialización…
-Que se junten para comercializarlos no constituye algo que está mal. No es un problema.

DA-Entonces si una persona tiene 20 plazas a su nombre, y otro tiene otras 20 en un mismo complejo de casas o departamentos, dentro del mismo terreno, y se ofrecen todas juntas, se puede?
-Si.

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