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Aprobaron convenio del Ministerio de Trabajo y la Municipalidad para programas de capacitación

Se trata de dos aportes de 131 mil pesos y 253 mil. Los fondos están destinados al pago de honorarios de profesionales, insumos y 9 cursos de formación para 180 desempleados.
19/05/2017
Aprobaron convenio del Ministerio de Trabajo y la Municipalidad para programas de capacitación

El Concejo Deliberante aprobó el convenio entre el Ministerio de Trabajo de la Nación y la Municipalidad, por el cual la comuna recibió fondos por más de 380 mil pesos que serán destinados a capacitación de personas desempleadas.

El programa ya se está implementando y está a cargo de la Oficina de Empleo del Municipio.

Los dos aportes consisten en: "de Formación profesional, que implica la asignación total de pesos ciento treinta y un mil setecientos siete ($ 131.707), cuyo objeto es el pago de honorarios profesionales e insumos de librería para el dictado de nueve (9) cursos de formación, destinados a ciento ochenta (180) personas en situación de desempleo; PA 12/16 de Fortalecimiento Institucional, que implica una asignación total de pesos doscientos cincuenta y tres mil seiscientos cuarenta y cuatro ($ 253.644) con destino al fortalecimiento operativo y de gestión de la oficina; Ambos montos ya han sido ingresados al arca municipal". 

El proyecto aprobado

ORDENANZA N°3225/2017.-
 TITULO:   “APROBACIÓN CONVENIO MARCO ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE VILLA LA ANGOSTURA Y EL MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL DE LA NACIÓN”              

 VISTO:

El expediente N° 486-UE-2017;

Ley Provincial de Procedimiento Administrativo 2141. La Ley Provincial Nº 53, N° 2615 y su Decreto Reglamentario 2124/08, Ordenanza Municipal 2479/11 de creación de la Oficina de Empleo Municipal y la Carta Orgánica Municipal;

 CONSIDERANDO:

 Que el Departamento Ejecutivo Municipal eleva a consideración del Concejo Deliberante el Convenio Marco firmado con el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación;

 Que el convenio suscripto tiene por finalidad viabilizar las gestiones tendientes a la implementación de políticas públicas que favorezcan la situación de los jóvenes que necesitan insertarse en el mercado laboral;

 Que el convenio a aprobar es el siguiente: Convenio Marco N° 130/11, el que tiene como objetivo desarrollar de manera permanente estrategias locales de promoción del empleo en el territorio municipal, en articulación con los sectores públicos y privados relacionados con la producción, la formación y el empleo;

 Que el mencionado convenio, en sus considerando especifica el desarrollar estrategias específicas destinadas a incrementar la empleabilidad de los colectivos con mayores dificultades de inserción en el mercado laboral, a través de acciones de formación profesional;

 Que el mismo convenio establece el fortalecer las capacidades institucionales de gobiernos locales y actores para el desarrollo de políticas de producción y empleo a través de acciones que permitan mejorar las competencias de los equipos técnicos y/o actores locales para relevar y analizar información socio productiva y formular y gestionar políticas de promoción del empleo;

 Que el mencionado convenio marco establece la transferencia de recursos económicos mediante la suscripción de protocolos adicionales tendientes a la ejecución de acciones que favorezcan a la mejora de las condiciones de empleabilidad de las personas en situación de vulnerabilidad socio laboral:

 Que en el marco del Convenio N° 130/11, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, ha aprobado dos protocolos a saber: PA 11/16 de Formación profesional, que implica la asignación total de  pesos ciento treinta y un mil setecientos siete ($ 131.707), cuyo objeto es el pago de honorarios profesionales e insumos de librería para el dictado de nueve (9) cursos de formación, destinados a ciento ochenta (180) personas en situación de desempleo; PA 12/16 de Fortalecimiento Institucional, que implica una asignación total de pesos doscientos cincuenta y tres mil seiscientos cuarenta y cuatro ($ 253.644) con destino al fortalecimiento operativo y de gestión de la oficina; Ambos montos ya han sido ingresados al arca municipal;

 Que en pos de construir políticas públicas consistentes y sustentables dirigidas a promover el empleo de la población joven con dificultades para insertarte o sostenerse en el mercado de trabajo;

             Por ello, y conforme a lo dispuesto en el Artículo 107 de la Carta Orgánica Municipal

 El Concejo Deliberante de la Municipalidad de Villa la Angostura

SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA

 ARTICULO 1°: APRUEBASE el Convenio Marco N° 130/11 firmado entre el Departamento Ejecutivo Municipal y el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, el cual forma parte de la presente Ordenanza como Anexo.-

 ARTICULO 2°: AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a designar a la Secretaria de Economía y Desarrollo Local la asignación de los fondos percibidos por los Protocolos Adicionales 11/16 que implica la asignación total de  pesos ciento treinta y un mil setecientos siete ($ 131.707) y el 12/16 que implica una asignación total de doscientos cincuenta y tres mil seiscientos cuarenta y cuatro ($ 253.644), y la creación de las partidas en el presupuesto de recursos y ejecución de gastos 2017.-

 ARTICULO 3°: PASE al Departamento  Ejecutivo Municipal Comuníquese. Regístrese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-

  

Dada en la Sala de Sesiones Don Humberto Rolando del Concejo Deliberante, a los diecisiete días del mes de Mayo de 2017, en Sesión Ordinaria N° VI Acta N°1651.-

                                                                                                  

             

Fdo. Amanda B. Rial (Presidente CD)  

Mariana Cerruti (Secretaria CD)      

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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