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Plantean que el lugar que buscan destinar al Colegio de Abogados se utilice para la Comisaría de la Mujer

Una  Resolución del HCD destina un espacio específico para el Colegio de letrados. Desde el Frente Neuquino VLA presentaron un proyecto alternativo, Navarro apuntó a Hensel y Martínez por la maniobra y cuestionó a las concejales justicialistas.
20/09/2019
Plantean que el lugar que buscan destinar al Colegio de Abogados se utilice para la Comisaría de la Mujer

Días atrás el Concejo Deliberante aprobó por unanimidad una resolución en primera lectura donde se contempla que la infraestructura edilicia para futuras dependencias judiciales no se concretarán en lotes municipales ubicados en el Casco Histórico,  sino que se edificarán detrás del Centro de Convenciones. 

Asimismo, el proyecto -que aún no fue aprobado de manera definitiva- contempla un espacio para el Colegio de Abogados. En ese contexto, los candidatos del Frente Neuquino VLA cuestionaron la decisión de que el Municipio les destine ese lugar.

Según la citada Resolución, ”en dicho proyecto constructivo se deberá contemplar, Ministerios Fiscales, Ministerios Pupilares, Colegio de Abogados, Juzgado de Paz, Delegación de Rentas, Gabinetes Interdisciplinarios, Registro Civil, Cajero del BPN, Juzgado de 1 Instancia, Oficinas Judiciales y todo lo vinculado al Poder Judicial de la Provincia”.

Valeria Navarro explicó a Diario Andino que la idea que persigue su sector es “cambiar esa oficina que originalmente se destina al Cuerpo Colegiado de Abogados por la Comisaría de la Mujer”.

 “Consideramos que la apertura a oficinas en este marco deben ser las más propicias a la necesidad de la comunidad. No creemos que deba ser una mirada sectorial esta oportunidad que se da, esto dado que existen en nuestro Pueblo muchos cuerpos colegiados y los mismos podrían tener el mismo derecho a solicitar un espacio, pero de esta manera están siendo excluidos de esa posibilidad. Ejemplos sobran de otros colegiados  que ya alquilan inmuebles para sus actividades”, sostuvieron en el escrito presentado.

“Acá se están viendo las picardías de los dos chicos que están ahí adentro, que siempre están sacando ventaja…uno que ya viene desde hace ocho años”, dijo Navarro señalando de manera indirecta a los  concejales -y abogados-Leandro Martínez y Guillermo Hensel.

Asimismo apuntó  también a las concejales Justicialistas  Mirna Gómez y María Elena Brinckmann: “lejos de pensar en una sociedad  realmente con los puntuales necesidades se piensa en las necesidad de algunos privados y sectores. Nos parece  vergonzoso que nadie de los que levantan las banderas de la igualdad y la justicia social haya dicho algo”.

 “La  Comisaría de la Mujer es un pedido que hace años viene siendo solicitada, y si bien existen oficinas judiciales para la atención a las mujeres en caso de violencia, es preciso seguir bregando, exigiendo y gestionando toda herramienta que acompañe y facilite el derecho de denunciar cualquier acto violento que amenace la integridad de las mujeres en nuestra sociedad y que los mismos tengan a disposición el recurso humano capacitado para dar la ayuda y guía necesaria. La misma deberá funcionar las 24 hs”, ampliaron.

 

El proyecto presentado

VISTO:

 

El Expediente N° 2317-DE-2005;

“Autorización al Departamento Ejecutivo Municipal, la firmar del convenio de canje con el Tribunal Superior de Justicia de Neuquén”  y;

 

 CONSIDERANDO:

 

Qué; en la fecha 26 de Julio del corriente año ingresa por Secretaria Privada y Técnica de la Municipalidad de Villa la Angostura , nota del Señor GUENUL Jorge Augusto consultando respecto de la posibilidad de canje de una fracción de tierra en Villa la Angostura con el fin de proyectar infraestructura edilicia con destino a las actuales dependencias judiciales y las previstas en el futuro:

 

Qué; en el año 2005 a través de la Ordenanza número 1660/05 el Concejo Deliberante autorizo al Ejecutivo Municipal a ceder al Tribunal Superior de Justicia de Neuquén los lotes NC 16-2067-5061 y 16-2067-4661 de Propiedad de la Municipalidad.

 

Qué; dicha Ordenanza quedo caduca por el transcurso del tiempo y la carta documento que así se notificó.

 

Qué; en los lotes antes mencionados se concursó el proyecto ejecutivo, que si bien se encuentra aprobado hace varios años, es de imperiosa necesidad re-estudiar dicho proyecto a la luz de las modificaciones que acaecieron en los procedimientos judiciales.

 

Qué; así mismo dichos lotes se encuentran en el Puerto , tratándose una de las zonas con más afluencia turística de la localidad, alejado del centro y de  los barrios de mayor población, sin disponibilidad de espacio para estacionamiento vehicular , y dicho proyecto tuvo la férrea oposición de las fuerzas vivas de la localidad ;

 

Qué; en base  a diversas recorridas de trabajo llevadas a cabo por la Sub Dirección de infraestructura Judicial, y considerando las consultas catastrales al efecto, se observó la existencia de un lote identificado como 76-1-A;

 

Qué; dicho lote se encuentra próximo al CENTRO DE CONGRESOS Y CONVENCIONES , el Registro Civil y el Hospital Local, lo cual facilita el acceso a la población , por su proximidad a los barrios de mayor densificación y la fácil circulación vehicular ;  además , se sitúa en una zona con la infraestructura de servicios necesaria para la edificación del tipo que se proyecta realizar,  fundamentalmente , se observa una posibilidad de espacio para una futura expansión y un generoso estacionamiento futuro;

 

Qué; los lotes 16-20-67-5460 y 5751-00 se ubican en la zona del Puerto, y por lo tanto, forman parte del Casco Histórico de Villa la Angostura, lo que lo convierte en un invaluable espacio turístico y con esos fines, el cual a futuro, podría ser fuente de un gran potencial en el desarrollo tanto turístico como económico, social y cultural de nuestra localidad, y no para un  Polo Judicial;

 

Qué; el Poder Ejecutivo Municipal deberá realizar las tasaciones correspondientes por las áreas técnicas, ello en cumplimiento de la Carta Orgánica Municipal;

 

Qué; este cuerpo Deliberativo considera de suma importancia la recuperación de los espacios que cuentan con las características antes mencionadas y así mismo es consistente del constante desarrollo y crecimiento de la localidad, por lo que se ve con agrado la posibilidad de participar en la creación de espacios que permitan la ampliación de la Administración de Justicia para garantizar una mejora en los servicios que ésta debe brindar y así lograr inclusión social y un desarrollo urbano acorde al crecimiento de nuestra localidad;

 

Qué; por ello se considera viable la permuta de los dos Lotes de la zona del Puerto por una hectárea lindera al Centro de Convenciones , en dicho proyecto constructivo se deberá contemplar : MINISTERIOS FISCALES, MINISTERIOS PUPILARES, COMISARIA DE LA MUJER, JUZGADO DE PAZ, DELEGACION DE RENTAS, GABINETE INTERDICIPLINARIOS , REGISTRO CIVIL, CAJERO DEL BPN, JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA , OFICINAS JUDICIALES Y TODO LO VINCULADO AL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA, como así también un estacionamiento proyectado y consensuado con el Centro de Convenciones reflotando el Centro Cívico de Villa la Angostura;

 

Qué; dicho proyecto ya fue tratado en primera lectura, y aprobado de acuerdo a lo establecido en la Carta Orgánica Municipal,

 

Por ello y conforme a lo dispuesto en el Art. 107 de la Carta Orgánica Municipal.

 

El Concejo Deliberante de la Municipalidad de Villa la Angostura

 

RESUELVE

 

ARTICULO 1°: APRUEBASE el Proyecto de Ordenanza Titulado “Autorización al Departamento Ejecutivo Municipal, la firmar del convenio de canje con el Tribunal Superior de Justicia de Neuquén”, que  cederá los Lotes NC 16-20-675761 y 16-20-675460, y recibirá 10.0000 (Diez mil) M2 a mensurar sobre el Lote 76-1-A de propiedad de la Municipalidad de Villa La Angostura.

 

ARTICULO 2°: APLICASE  para efectivizar el canje antes mencionado,  en el artículo precedente, el cargo de construcción en los considerandos del denominado “Polo Judicial”. No pudiendo hacer otras obras que las mencionadas.

 

ARTÍCULO 3°: El tribunal Superior de Justicia tendrá un periodo de un año (1), para presentar los planos y comienzo de obras correspondiente.

 

ARTÍCULO 4°: Una vez pasado ese plazo,  de sancionada la Ordenanza y comunicada en el Boletín Oficial, la misma quedará sin efecto de no cumplirse lo establecido en los artículos precedentes. Quedando el inmueble nuevamente a nombre de La Municipalidad de Villa La Angostura, anulándose todo lo actuado.

 

ARTÍCULO 5°: PUBLICASE el texto de proyecto de Ordenanza en los medios de comunicación local.

 

ARTÍCULO 6: COMUNICASE al Departamento Ejecutivo Municipal. Regístrese. Cumplido. Publíquese.  Archívese.-

 

 

 

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