2018-02-09

“No entendemos si los propietarios del lote en cuestión obran de mala fe o por ignorancia”

Señores Diario Andino y Angostura Digital

 

De acuerdo con las publicaciones referidas al tema Sendero Peatonal Río Bonito, la Junta Vecinal de Puerto Manzano quisiera aclarar que no es una cuestión de opinión, de usos y costumbres o de criterio del propietario de un lote, sino del cumplimiento de las Leyes y Ordenanzas vigentes.

Existe la Ordenanza 1683/05 que declara área protegida la ribera del Río Bonito y el Sendero Peatonal.

 En la misma se menciona a los lotes afectados y la ubicación de dicha senda peatonal en la franja de  restricción constructiva de 35 metros de los mismos.

Esta ordenanza es del 2005 y es anterior a la adquisición de estos lotes. O sea que compraron una propiedad con un sector de la misma en área protegida. Por lo tanto no entendemos si los propietarios del lote en cuestión obran de mala fe o por ignorancia de las ordenanzas vigentes.  En ambos casos es el Municipio quien debe hacer que las ordenanzas se cumplan y exigir a los dueños de estos lotes que depongan su actitud hostil y liberen el paso en la Senda Peatonal.

 Adjuntamos la ordenanza para su lectura.

 

 

 

Junta Vecinal Puerto Manzano

 

Te puede interesar