2025-04-26

Caso Linares: declararon culpable al camionero y ahora se espera la condena

En un fallo unánime, el tribunal declaró culpable al camionero brasileño Carlos Artur de Peder Da Silva por el choque en la Ruta 40 en el que murieron dos hermanos y sus hijos. El veredicto fue recibido entre lágrimas y expresiones de alivio por parte de los familiares de las víctimas.

El tribunal integrado por los jueces Oscar Bagnat, Leticia Lorenzo y Eduardo Egea declaró este viernes por unanimidad la culpabilidad de Carlos Artur de Peder Da Silva, de 52 años y nacionalidad brasileña, como autor penalmente responsable del delito de homicidio culposo producido por la conducción imprudente de un vehículo automotor, agravado por la cantidad de víctimas fatales.

El veredicto fue anunciado cerca del mediodía en el Centro de Convenciones de Villa La Angostura, donde el público escuchaba en silencio. Al conocerse la resolución, se oyeron llantos y expresiones de desahogo de los familiares de las víctimas, tras cuatro jornadas cargadas de tensión y nerviosismo.

“Partimos de un punto central que entendimos que era vital para resolver la controversia, que es lo que hemos denominado como la teoría del derrape”, explicó Bagnat en su exposición. El juez indicó que esa hipótesis, impulsada por la defensa pública de De Peder Da Silva, “no tiene un sustento probatorio serio”, lo que llevó al tribunal a descartarla.

La fiscalía de Villa La Angostura, a cargo de Adrián De Lillo, con la adhesión de las querellas particulares, logró probar su teoría del caso, que atribuyó al imputado haber provocado el siniestro vial en el que murieron los hermanos Lisandro y Ezequiel Linares, de 31 y 29 años respectivamente, y sus hijos Martina, de 6, y Taiel, de 11.

Bagnat anticipó que los fundamentos completos de la sentencia se darán a conocer en los próximos días, aunque adelantó que los peritajes presentados por la defensa, que aseguraban que la Strada circulaba a unos 90 kilómetros por hora al ingresar a la curva, “carecían de rigor”.

El pedio de la Fiscalía

El fiscal del caso Adrián De Lillo y el asistente letrado Federico Gayós requirieron que un conductor profesional sea declarado responsable por provocar la muerte de una familia, tras realizar una maniobra “imprudente y antirreglamentaria” sobre Ruta Nacional 40.

En el alegato de clausura realizado hoy, De Lillo indicó que el 1 de junio de 2024 se produjo el siniestro vial, que “no fue un accidente”, y que eso provocó el “lamentable fallecimiento de las víctimas”. Remarcó que “la fiscalía probó la conducta antirreglamentaria del conductor; quien tenía la obligación de mantener su lado de conducción”. “La doble línea amarilla demarca la prohibición de sobrepaso. C.A.D.P.D.S invadió el espacio de circulación del carril contrario en el que viajaba la familia, y provocó las muertes”, aclaró.

“La teoría de la fiscalía que se mantuvo en el juicio, que fue debidamente corroborada de manera científica, mediante informes, testimonios e imágenes, sostiene que el acusado imprudentemente traspasó el carril, y es responsable de la colisión de los vehículos”, argumentó.

Para finalizar, el representante de la fiscalía aseguró que “la conducta imprudente generó un riesgo elevado”. De esta manera requirió al tribunal que declare la responsabilidad del acusado por el delito de homicidio culposo, producido por la conducción imprudente de un vehículo automotor, agravado por el número de víctimas fatales (artículos 84 bis segundo párrafo; 45 y 54 del Código Penal; y artículos 39 inciso “b” primer y tercer párrafo; 48 inciso “j”; y 50 de la Ley de Tránsito 24.449).

Los abogados particulares, que intervienen como querellantes en representación de los familiares de las víctimas, adhirieron al requerimiento efectuado por el representante del Ministerio Público Fiscal.

El imputado, quien es de nacionalidad brasilera, estuvo presente en el juicio y se expresó ante los presentes.

La defensa pidió su absolución, y en forma subsidiaria, en el caso de ser declarado responsable, que sea por el delito de homicidio culposo sin el agravante de pluralidad de víctimas.

El tribunal integrado por la jueza Leticia Lorenzo y por los jueces Maximiliano Bagnat y Eduardo Egea, dará a conocer el veredicto en las próximas horas.

 

El hecho

La teoría del caso del Ministerio Público Fiscal es que el hecho ocurrió el 1 de junio de 2024, cerca de las 18, sobre Ruta Nacional 40.

El imputado conducía un camión con semirremolque con sentido hacia Ruta Nacional 237, desde Villa La Angostura hacia San Carlos de Bariloche y, en esas circunstancias, manejó el vehículo automotor bajo su mando en forma imprudente y antirreglamentaria, al no haber observado el cuidado y la prevención necesarios, y generó un choque con otro vehículo.

De esta manera, creó un riesgo no permitido cuando maniobró en forma antirreglamentaria, al no respetar las señales de tránsito y desobedecer la obligatoriedad del señalamiento horizontal de doble línea amarilla existente en la calzada.

El acusado concretó una maniobra hacia su izquierda, generando su ingreso al carril contrario de la Ruta 40, invadiendo de esta manera el espacio de circulación de la camioneta que circulaba en sentido contrario.

Esa maniobra es la que, a criterio de la fiscalía, generó el choque frontal entre el camión y la camioneta, provocando la muerte de cuatro personas que circulaban en esta última. Las víctimas son Ezequiel Linares, Lisandro Linares, Taiel Linares y Martina Linares.

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