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Proponen la creación de un "Ente Mixto Municipal" para llevar estadísticas de las actividades económicas y sociales

La Cámara de Comercio local presentó un proyecto en el Concejo Deliberante.
17/06/2020
Proponen la creación de un "Ente Mixto Municipal" para llevar estadísticas de las actividades económicas y sociales

La Cámara de Comercio local presentó un proyecto de ordenanza para crear el "Ente Mixto Municipal de Servicios Estadísticos y Censos (SEVLA)" , un ente autárquico que recogerá información relevante estadística vinculada a la actividad económica y social de la localidad.

El objetivo es lograr tener estadísticas actualizadas, fidedignas y que el funcionamiento del Ente no dependa del gobierno de turno, sino que los trascienda. 

"La idea es centralizar toda la información estadística, tomar indicadores y generar por ejemplo el gasto turísitco, aprovechar los registros administrativos y empezar a implementar nueva tecnología", explicó José Suárez, unos de los gestores del proyecto que impulsa la Cámara.Toda la información será pública y podría ofrecerse en formato de datos abiertos.

Dijo que presentaron la iniciativa al Concejo y al Ejecutivo, y hasta ahora habría apoyo para crear el Ente.

 

"La información con la que cuenta el municipio de Villa La Angostura adolece de una doble problemática, dada tanto por la falta de datos relevantes para distintos segmentos económicos y/o sociales, como por la endeble validación de las conclusiones a las que se arriban mediante la utilización de los indicadores que produce el municipio", sostiene el proyecto. 

En ese contexto, apunta que "es necesario abordar la cuestión mediante dos ejes fundamentales: (1) el técnico-metodológico; y (2) el político- institucional. Mientras que el primero se refiere a la reconversión de registros administrativos creados sin fines estadísticos, como así también al aprovechamiento de nuevas tecnologías en la materia, el segundo apunta a la decisión estratégica de crear un Ente Autárquico con estos fines y el necesario compromiso para el trabajo conjunto y transversal, tanto con las distintas áreas de gobierno como con actores de diversos estamentos".

Por otro lado, indica que es necesario producir estadística local que articule con el sistema de indicadores existente a nivel provincial y nacional.

En tanto un aspecto importante del proyecto es que el funcionamiento del ente será independiente, al margen "de los cambios políticos en la gestión local, resulta de fundamental importancia a la hora de garantizar la información de calidad y de que ésta sea aprovechada para la toma de decisiones y políticas de gobierno a nivel municipal". 

La conducción del SEVLA estará a cargo de un Directorio integrado por un representante del Poder Ejecutivo Municipal, dos representantes del Concejo Deliberante, dos  representantes de la Cámara de Comercio, Turismo, Industria y Producción y dosrepresentantes de la Asociación de Hoteles y Restaurantes.

El proyecto ya tomó estado parlamentario y es analizado en plenario de concejales.

Textual

ARTÍCULO 1º) Créase el Ente Mixto Municipal de Servicios Estadísticos y Censos (“SEVLA”), en el ámbito del Poder Ejecutivo Municipal, caracterizado como un Ente Autárquico de conformidad por lo normado por el Artículo Nº 240 de la Carta Orgánica Municipal.

ARTÍCULO 2º)El SEVLA integra el Sistema Estadístico Nacional, con carácter de Organismo Periférico de Estadística, de conformidad con lo normado por el Artículo 4º, inciso c), apartado II), de la Ley Nacional 17.622.

ARTÍCULO 3º) El SEVLA tendrá por objeto:

  • 1. Requerir, compilar, confrontar y analizar los datos y hechos de interés público que conduzcan a la organización y mantenimiento de una estadística permanente capaz de reflejar el desarrollo del Estado Municipal en todos sus aspectos, así como su situación general;
  • 2. Inventariar, cualificar, vincular y sistematizar los registros administrativos que se llevan tanto en la Administración Pública Local como en las instituciones del sector público y privado que operan dentro del territorio del gobierno local;
  • 3. Generar y suscribir convenios con estamentos públicos o privados, ya sean Locales, Provinciales, Nacionales o Internacionales, a los efectos de desarrollar tareas de capacitación, estudio, vinculación, información, instalación de capacidades y/o tecnología, financiación de proyectos relacionados con los objetivos del Ente y, en general, todos aquellos acuerdos que conduzcan al establecimiento de una política pública en materia estadística sólida, de calidad y eficiente;
  • 4. Producir y elaborar información estadística que permita conocer la realidad económica, demográfica, laboral, cultural, educativa, científica y social del gobierno local;
  • 5. Realizar las encuestas que a juicio del Ente fueren necesarias a los fines de esta Ordenanza;
  • 6. Colaborar con el Servicio Estadístico Provincial y Nacional;
  • 7. Realizar investigaciones y estudios que le permitan informar a los organismos del gobierno en las tareas de confeccionar y ejecutar sus planes, proyectar reformas legislativas y aplicar las normas vigentes de la manera más eficaz;
  • 8. Difundir los datos compilados y estudios que realice y efectuar exposiciones y muestras;

ARTÍCULO 3º) Son objetivos del SEVLA:

  • 1. Unificar la orientación y ejercer la dirección superior de todas las actividades estadísticas oficiales que se realicen en el territorio del gobierno local con el principio de centralización normativa y descentralización ejecutiva;
  • 2. Coordinar con los servicios que integran el Sistema Estadístico Provincial las tareas asignadas en el programa de Estadísticas, así como los fondos necesarios para su ejecución cuando correspondiere;
  • 3. Actuar como Ente observador y supervisor de la información estadística provincial existente o en ejecución en el Sistema Estadístico Provincial, tendiendo a mejorar la calidad de la misma a través de la superación y de las metodologías en uso, la normalización de las definiciones básicas empleadas, la modernización de los mecanismos habituales de procesamiento, como así también la coordinación de las actividades estadísticas con el fin de evitar duplicaciones y la reunión de datos innecesarios;
  • 4. Asistir y supervisar las Operaciones Censales (generales o particulares, ya sean esporádicas o periódicas) que ordene realizar el Gobierno Nacional y Provincial;
  • 5. Publicar periódicamente un Boletín Estadístico con el resultado de las Series e Indicadores elaborados; y anualmente un Anuario Estadístico conteniendo como mínimo, los resúmenes de dichas Series o Indicadores. Asimismo, publicará los Estudios e Investigaciones que considere de interés;

ARTÍCULO 4º) La conducción del SEVLA estará a cargo de un Directorio, integrado por un (1) representante del Poder Ejecutivo Municipal, dos (2) representantes del Concejo Deliberante Municipal, dos (2) representantes de la Cámara de Comercio, Turismo, Industria y Producción y dos (2) representantes de la Asociación de Hoteles y Restaurantes.

 

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