viernes 26 de abril de 2024    | Nieve 1ºc | Villa la Angostura

Por ordenanza, buscan un crear un ente municipal para controlar las faltas ambientales

13/04/2022
Por ordenanza, buscan un crear un ente municipal para controlar las faltas ambientales

Concejales analizan un proyecto de ordenanza que busca crear el Organismo Ambiental Municipal que tendrá bajo su responsabilidad velar por el cumplimiento del código ambiental y de sus reglamentaciones.

Para eso, la OAM contará con el “poder de policía” sobre faltas ambientales que se cometan dentro del ejido de Villa La Angostura.

Asimismo, el proyecto establece que deberá aplicar el Código de Faltas sobre faltas detectadas; tendrá que evaluación de Estudios e Informes de impacto ambiental y respecto de las Declaraciones de Impacto Ambiental que presenten los privados, la OAM deberá presentar una Disposición debidamente fundada, expidiéndose en términos de Aprobación o Rechazo.

En cuento a la difusión de las tareas que ejecute, se pauta en el proyecto que deberá publicar en medios locales gacetilla mensual con actuaciones realizadas.

En cuanto a la conformación, el OAM estará constituido de la siguiente forma:

El Coordinador de Medio Ambiente, el que será designado por el Poder Ejecutivo. El mismo deberá contar con título profesional afín a la temática.

Director de Medio Ambiente, designado por concurso según Ordenanza 1609.

 1 Inspector de planta por cada 5.000 habitantes según censo.

 1 Personal administrativo de planta por cada 10.000 habitantes.

En tanto que el funcionamiento, será de la siguiente manera:

El OAM funcionará en las dependencias de la Secretaría de Medio Ambiente.

Los inspectores deberán recorrer continuamente el ejido en horarios rotativos debiendo contar con 1 vehículo municipal a disposición, cada 2 inspectores.

Las disposiciones elevadas deberán contar con la firma del Coordinador y Director, no siendo válidas las mismas con única firma.

El OAM solicitará la convocatoria del Consejo Consultivo como mínimo de manera trimestral, para compartir actuaciones realizadas y recibir observaciones técnicas.

El Coordinador y Director del OAM deberán determinar el reglamento interno de funcionamiento dentro de los 30 días de la conformación y elevarlo al Poder Ejecutivo y Legislativo para su conocimiento.

Antecedentes y necesidades

Cabe recordar que la  ordenanza 546/93 “Código Ambiental” fue sancionada en el año 1993 con los siguientes objetivos: lograr la preservación y restauración del ambiente, prevenir y/o controlar efectos nocivos, regular las relaciones que surgen del aprovechamiento y la conservación;

En el año 2002 se sancionó la Ley General de Ambiente estableciendo la política ambiental nacional. Pero recién en el año 2015 se establecieron 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible y se pautaron ahí nuevos criterios a tener en cuenta en términos ambientales.

En este marco es que desde el Bloque Primero Angostura –autores del proyecto- se consideró que “a casi 30 años de la promulgación del Código Ambiental y en relación a los nuevos conceptos introducidos en la temática a nivel global, el mismo debe ser actualizado”.

 La Concejal Agustina Vacca Arenazza remarcó que "es importante que se logre concenso al respecto" y destacó “atentos a la necesidad de jerarquizar el área de Medio Ambiente Municipal, consideramos que darle mayor envergadura al organismo de aplicación del Código Ambiental se hace imperioso, para luego avanzar en conjunto sobre el Código Ambiental para su actualización y su aplicación eficiente, a fin de cumplir con los objetivos madre de prevención, restauración y control”

Te puede interesar
Últimas noticias