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El mega decreto de Stefani aprobó planos que no tenían toda la documentación requerida y un Estudio de Impacto Ambiental (E.I.A.) que se basa en una ordenanza errada

10/10/2023
El mega decreto de Stefani aprobó planos que no tenían toda la documentación requerida y un Estudio de Impacto Ambiental (E.I.A.) que se basa en una ordenanza errada

Una lectura atenta del expediente, donde se detallan todos los pasos que desembocaron en el polémico decreto mediante el cual el intendente Fabio Stefani aprobó un Informe de Impacto Ambiental (I.I.A.) y los planos de un desarrollador privado que busca concretar viviendas en la costa del Lago Nahuel Huapi, en Puerto Manzano, evidencia varias incongruencias difíciles de entender.

 

El Informe de impacto ambiental

Si ya de por sí resulta muy llamativo que el jefe comunal sea quien resuelve destrabar por decreto el tema, existen varios puntos por demás llamativos que instan a conjeturar que ni el propio Stefani leyó atentamente los documentos en los cuales se sostenía el pedido de Recurso Jerárquico que interpuso el apoderado del desarrollador original del expediente.

En primer término, el Informe de Impacto Ambiental que elaboró la Ingeniera Forestal Sara Rita Castañeda se basa en la ordenanza 3360/18, según figura en la portada de dicho documento y en la primera página del mismo (tal como figura en la foja 33 y 34 del expediente).

No obstante, dicha ordenanza (según el compendio al cual se accede en la página oficial de la comuna www.villalaangostura.gov.ar) ese número de ordenanza corresponde a la "AUTORIZACIÓN AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL A FIRMAR EL CONTRATO DE COMODATO CON LA JUNTA VECINAL DEL BARRIO EL CALAFATE, EN EL LOTE FISCAL NC 16-20-64-8363".

 En su artículo 1, la normativa apunta textualmente: "AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a firmar comodato de uso con la Junta Vecinal del Barrio Calafate para la utilización del lote fiscal NC 16-20-64-8363, con destino de uso salón para sede social, registrado bajo el Expediente Nº 384-AV-2016, por un plazo de cinco (05) años".

 

CDA

Por otro lado, en el expediente de 250 fojas no consta con un Certificado de Amojonamiento tal como deben adjuntar quienes presentan planos en Obras Particulares.

Consta sí (en la Foja 13 y 178 del expediente), que el agrimensor Ariel González realizó, a pedido de los interesados, una Verificación de Subsistencia del Estado Parcelario, pero no un Certificado de Amojonamiento. Dicho trámite consiste en un plano tipo que suele pedirse desde Catastro Provincial para que se verifique y amojone el lote llegado el caso de que no estén debidamente establecidos los límites. Habitualmente suele utilizarse para constatar superposiciones y es frecuentemente utilizado por las escribanías cuando se pide un cambio del estado parcelario por casos, por ejemplo, de ventas, sucesiones, donaciones, declaratorias de herederos, etc. de los inmuebles.

La V.E.P. tiene una duración de 3 años y cabe señalar que en Obras Particulares, dichas V.E.P no suelen tener valor alguno, y habitualmente lo que se exige es el CDA cuando se presentan planos de obra.

En este caso, los planos de la obra que figuran en el expediente fueron firmados por el arquitecto Rubén Sidoni.

 

Diferencias

 La V.E.P. es una constatación entre lo que hay en el terreno, contra lo que tiene Catastro de Provincia en sus bases de datos. Se usa para traslación de dominio.

El C.D.A es el replanteo del título de propiedad (fundado en plano de mensura) sobre el terreno.

Se usa para presentar planos de obra.

 

El pedido hecho después de la firma del decreto

 En la Foja 202 figura una nota de la Asesoría Legal dirigida al intendente mediante la cual se indica que "de la revisión del presente expediente, nuestro dictamen N° 57 (fojas 170 a 172), que dio origen al Decreto 2586/22 que suscribió el intendente el 4 de julio de 2022 (fojas 173 y 174), advertimos que a efectos de la aprobación requerida resta que el requirente cumpla con lo que establece el artículo 3 del decreto referenciado".

 Eso evidencia que Stefani ya había firmado el decreto habilitando los planos pese a que el dictamen legal había pedido expresamente al apoderado, "deberá cumplir con la presentación de la información complementaria que le fuera requerida por el Concejo Deliberante en nota 53/22 el 15 de mayo de 2022, de la cual tomó conocimiento personal el 17 de mayo de 2022".

 Esa información con la que no contaba el intendente y pese a la cual igual firmó el decreto, es nada más y nada menos que las medidas para poder verificar el área de implantación.

El apoderado del desarrollo finalmente presentó esos documentos el 26 de julio de 2022, 22 días después de que Stefani ya había aprobado los planos por decreto, y tal como queda en evidencia, sin contar con toda la documentación necesaria que le requería el dictamen de la Asesoría Legal. Cabe aclarar que el documento presentado por Segovia no fue un CDA.

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