Central Urban fue infraccionado por abrir una bajada de lanchas sin permiso, invadiendo la línea de ribera y volteando árboles
Días atrás, el complejo inmobiliario Central Urban fue sancionado por el municipio de Villa La Angostura tras constatarse el derrame de líquidos crudos en las aguas del Lago Nahuel Huapi. Ese derrame provocó incluso que el municipio recomendara no beber agua de red en varios barrios, y se suspendiera el dictado de clases debido a una posible contaminación en el sistema de captación de agua de Quetrihué (cosa que finalmente no ocurrió).
Ahora, inspectores municipales comprobaron que el desarrollo había depositado “residuos vinculados a la obra en el predio de la construcción ubicado sobre la costa del lago”.
En base al Acta de Inspección 15.468, se solicitó a Sara Castañeda, responsable técnica ambiental del proyecto Urban, "delimitar un sitio o sitios apropiados para la disposición de los residuos y de forma diferenciada con respecto a los residuos encontrados en la costa". Para esto, se le dio un plazo de 48 horas.
Posteriormente, se comprobó la existencia de "un camino vehicular que conduce desde los módulos habitacionales hasta el lago Nahuel Huapi. Dicho camino tiene una longitud de 80 metros lineales por un ancho aproximado de 4 metros".
Se solicitó a los responsables de las obras, las autorizaciones para la apertura de este camino, otorgadas por el municipio y la Dirección General de Bosques Nativos, ya que esos permisos no se encontraban registrados en el expediente de Urban.
El reconocimiento
En respuesta al pedido, el Director de la obra, Rubén Sidoni, reconoció que no se había realizado tramitación ante la Delegación de Bosques porque, según argumentó, “no se realizaron apeos dentro de la zona de ribera de árboles, solo en el área de implantación de los edificios”. Respecto del camino, Sidoni informó que no existía la autorización correspondiente.
La infracción
En el Acta de Infracción 1451, se dejó pautado: “Se observa que el camino de acceso al lago se encuentra realizado dentro del retiro intangible”. Esto hace referencia a que el mismo se construyó invadiendo los 35 metros de retiro que deben respetarse en las costas.
Se constató también el volteo de la flora nativa en ese sector y movimientos de suelo no autorizados.
El municipio exigió que los desarrolladores lleven adelante “un plan de reforestación con ejemplares autóctonos adquiridos en el vivero autorizado”.
Dicha infracción fue elevada al Tribunal de Faltas y ahora será esa dependencia la que debe fijar, además de la multa por el derrame de líquidos cloacales, una nueva penalidad.