La Justicia obliga al municipio a frenar vertidos cloacales en piletones y a hacer obras de remediación
Entre las resoluciones más destacadas, el juez ordenó que la municipalidad comience y finalice, en un plazo prudencial, las obras de instalación de un equipo para la recepción de camiones atmosféricos, cisternas y baños químicos en la planta de tratamiento de líquidos cloacales. Además, estableció que la municipalidad deberá informar bimestralmente el avance de estas obras, con el apercibimiento de sanciones en caso de incumplimiento. Asimismo, una vez concluidas las obras, se deberá cesar el vertido de líquidos cloacales domiciliarios e industriales en los piletones, incluyendo aquellos provenientes del hospital local Dr. Oscar Arraiz, de motor homes y baños químicos utilizados en eventos.
Posterior al cese de estos vertidos, el fallo exige que la municipalidad implemente un plan de saneamiento ambiental y remediación de la zona afectada mediante un monitoreo ambiental de los piletones, teniendo en cuenta recomendaciones de peritajes previos, como la realización de un estudio hidrogeológico. Este monitoreo también deberá ser informado bimestralmente al juzgado para asegurar el cumplimiento.
En cuanto a la atribución de responsabilidades, el fallo sostiene que la Municipalidad de Villa La Angostura incurrió en una omisión al no actuar conforme a la normativa ambiental establecida en la Carta Orgánica Municipal, afectando el derecho constitucional a un ambiente sano de los habitantes. En ese sentido, se reconoce un daño ambiental en la zona de las cavas o piletones, donde se evidenció la existencia de líquido séptico crudo sin tratamiento y en malas condiciones, lo cual facilita su filtración y posibles derrames superficiales.