2025-08-22

OFENSIVA

Profesionales de la salud rechazan el intento de cobro de habilitación comercial y tasas municipales

Un grupo de médicos y profesionales de la salud se manifestaron en contra de la decisión del municipio. Consideran la medida "improcedente e injusta" y aseguran: "No somos comercios".

La decisión del Municipio de Villa La Angostura de exigir a los profesionales de la salud una habilitación comercial con el correspondiente pago de tasas municipales encendió la polémica en la localidad.

Según la notificación enviada, se intimó a los médicos y especialistas a “regularizar” esta situación en un plazo de 90 días bajo apercibimiento de clausura de consultorios y centros de atención, lo que generó un fuerte rechazo de la comunidad médica.

Reclamo de los profesionales

En una carta de lectores enviada a este medio, un amplio grupo de médicos advirtió que la medida constituye una amenaza al ejercicio profesional y vulnera el derecho de acceso a la salud de la población.

“Las actividades relacionadas a la salud no son un comercio: los centros de salud no son locales comerciales sino espacios regulados y habilitados sanitariamente por la Secretaría de Salud de la Provincia”, expresan.

Los profesionales remarcaron que los honorarios médicos no son fijados libremente, sino que se determinan mediante convenios con obras sociales y prepagas, por lo que equiparar la medicina con una actividad mercantil no tiene fundamento jurídico.

Argumentos legales y principios vulnerados

Los médicos sostienen que imponer esta tasa violaría principios constitucionales y jurídicos:

Principio de legalidad tributaria (art. 19 CN; art. 77 Const. Prov. Neuquén).

Principio de razonabilidad y no confiscatoriedad (art. 28 CN).

Principio de especialidad, ya que la actividad y honorarios médicos están regulados por el sistema de salud, no por el municipio.

Además, recordaron que la justicia en distintas provincias ya falló en contra de medidas similares, dejando en claro que los municipios no pueden arrogarse facultades sanitarias que corresponden a las autoridades provinciales y a los colegios profesionales.

Llamado a las autoridades

Los firmantes solicitaron que el Municipio desista de esta iniciativa, ya que no aporta beneficios reales a la comunidad y genera un perjuicio directo al acceso a la salud de los vecinos de Villa La Angostura.

Carta completa con firmas


Profesionales de la salud no somos comercios

Señor Director:

En los últimos días hemos tomado conocimiento de la intención del Municipio de Villa La Angostura de exigir a los profesionales de la salud una habilitación comercial, con el consiguiente pago de tasas municipales. Incluso, se los ha intimado a “regularizar” esta situación en un plazo de 90 días bajo apercibimiento de clausura, lo cual constituye una amenaza directa al ejercicio profesional y al derecho de acceso a la salud de la población.

Queremos expresar con claridad que esta pretensión es improcedente e injusta. Las actividades relacionadas a la salud no son un comercio: los centros de salud no son locales comerciales sino espacios regulados y habilitados sanitariamente por la Secretaría de Salud de la Provincia. Además, los honorarios de los profesionales no se fijan libremente, sino que están determinados por convenios con obras sociales y prepagas.

Equiparar las profesiones de salud con actividades mercantiles no solo contradice la naturaleza de las profesiones, sino que también significaría imponer una doble carga impositiva, afectando directamente a quienes ejercemos estas actividades y, en consecuencia, al acceso de la población a la salud.

La justicia en distintas provincias ya se ha expresado en múltiples ocasiones sobre este tema, dejando en claro que los municipios no pueden arrogarse facultades que corresponden a las autoridades sanitarias y a los colegios profesionales.

Principios vulnerados
Imponer esta tasa a la medicina violaría:

El principio de legalidad tributaria (art. 19 CN; art. 77 Const. Prov. Neuquén).

El principio de razonabilidad y no confiscatoriedad (art. 28 CN).

El principio de especialidad: la actividad y honorarios médicos están regulados por el sistema de salud, no por el municipio.

Por todo ello, pedimos a las autoridades municipales que desistan de esta iniciativa, que no aporta ningún beneficio real a la comunidad y sí genera un perjuicio directo al ejercicio profesional y a los pacientes.

Creemos que la salud debe estar por encima de cualquier intento recaudatorio.

Atentamente,
Dra. Silvia Velozo MP 5863, Dra Patricia Mulhall MP 3425, Dr. Martin Grimau MP6490, Dr. Federico Piantoni MP 5028, Dr. Ramon Derqui MP 6204, Dra.Fiorella Tuci MP 7855, Dra. María Celeste Sebastiano MP 5416, Dr. Carlos Franco MP 5467, Dra Florencia Soda Lagrue MP 8875, Dr. Valentin Miglio MP 8072, Dr. Pablo Javes MP 6687, Dr. Jorge Contreras MP 621, Dra Miriam Anabel Martinez MP 5468, Dr. Alejandro Cubile MP 3452, Dra. Milagros Boglich MP 358, Dr. Guillermo Elvio Durando MP 866, Dra. Guillermina Codegoni MP 532, Dra Sabina Rey MP 3571, Dra. Moira Zampach MP 5576, Dra. Flavia Peralta MP 183, Dr. Santiago Mondini MP 1376, Dra. Marcela Nuñez MP 3570, Dra. De feo Clara MP 1377, Dr. Facundo Grisolia MP 1012, Dra. Gabriela Sabra MP 5846, Dra. Barbara Ovrum 672, Dra. Carolina Shulten MP 272, Dr. José Luis Bianco MP 326, Dra. Andrea Hemmingsen MP 2954, Dra. Gabriela Gonzales MP 1937, Dra. Juliana Prieto MP 2159, Dr. Marcelo Chambo MP 1727, Dr.Andres Sandoval MP 3312, Dr. Jorge Oliwa MP 3828, Dra. Mariela Ruocco MP 2410.

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