2025-09-19

PLAYAS PÚLICAS

Recuerdan respetar franjas de restricción para proteger lagos y ríos

La Municipalidad explicó que es obligatorio respetar las franjas de restricción constructiva para preservar lagos, ríos y arroyos, evitar la erosión y proteger la biodiversidad.

La Municipalidad de Villa La Angostura recordó la importancia de cumplir con las franjas de restricción constructiva, áreas de protección ambiental que van desde la línea de ribera hacia el interior de los terrenos.

En estas zonas no se puede construir ni intervenir sin autorización municipal. El objetivo es cuidar los recursos hídricos, evitar la erosión del suelo y garantizar la conservación de la biodiversidad.

Distancias mínimas de protección

Las franjas de restricción establecen distancias obligatorias que deben respetarse:

Lagos, lagunas y ríos: 35 metros

Arroyos de 1º magnitud (Las Piedritas, Colorado, Paisil, La Estacada): 15 metros

Arroyos de 2º magnitud y paleocauces: 10 metros

Además, se aplican las disposiciones de la Ley de Bosques Nativos (Ley 26.331), que refuerza la protección de las áreas de alto valor de conservación.

Prohibiciones y permisos

En estas zonas está prohibido realizar obras, podas, talas, quemas o depositar residuos.
Solo se permite construir caminería con autorización municipal.

Determinación de la línea de ribera

La línea de ribera se fija por la máxima crecida ordinaria, excepto en el Lago Nahuel Huapi, donde se encuentra determinada por la Ordenanza 3178/16 en la cota 769,645 m s.n.m.

El municipio infraccionó a un particular en Puerto Manzano por invadir la franja de restricción de ribera establecida por la ordenanza vigente, que prohíbe construcciones a menos de 35 metros desde la línea de la orilla del lago Nahuel Huapi.

El caso más reciente 

La inspección municipal constató la presencia de una platea sobre la que se ubicaron dos contenedores. Desde la punta de la estructura hasta el borde del agua, las mediciones confirmaron que se vulnera la normativa. Además, se detectó la existencia de un baño no químico, cuyo sistema de desagüe se desconoce, generando preocupación ambiental.

Los propietarios del lote, D.S y R.F, habían solicitado en noviembre de 2017 una autorización de invasión de retiro con el argumento de construir un muelle de uso público con área de servicio en bahía Manzano. La iniciativa fue presentada bajo la ordenanza 2659, que fija la restricción de 35 metros, y la ordenanza 3178 de 2016.

En aquel momento, la Secretaría de Planeamiento, Infraestructura y Medio Ambiente, encabezada por Beatriz Tyczynski, junto con el ingeniero Daniel Meyer de la Dirección de Medio Ambiente, evaluaron que el proyecto y según indicanron tenía un muy bajo impacto ambiental, por lo que no emitieron objeciones.

Según el Descargo de los desarrolladores, la idea se gestó en 2017, con una nota al Concejo Deliberante solicitando autorización para el muelle. Tras varias conversaciones y modificaciones, se presentó un proyecto por etapas en 2017. No obstante, afirman que antes de recibir la autorización definitiva, se realizaron movimientos de suelo y, al ingresar maquinaria para esas tareas, el municipio labró la primera multa.

Medioambiente comprobó que existen en el lugar las construcciones señaladas y que las mismas infringen las normativas y por eso se lo multó. Ahora se espera que el caso sea resuelto por el Tribunal de Faltas.

 

Caso Segovia 

Tras meses de resistencia, el año pasado finalmente retiraron la vivienda que edificó en la costa del lago

En septiembre pasado, por medio de un parte de prensa, el municipio informó que el desarrollador inmobiliario Rodrigo Segovia, removió la construcción ilegal en la costa del Lago Nahuel  Huapi. Lo hizo tras fallo de la Justicia de Faltas

La Justicia de Faltas de Villa La Angostura emitió un fallo ejemplar en relación a una construcción irregular realizada sobre la línea de ribera del lago. Tras ser detectada por inspectores municipales, la edificación fue sancionada en dos ocasiones por violar normas ambientales, específicamente por edificar sobre los retiros de parques. El propietario del loft fue multado y obligado a remover la estructura tras constatarse varias infracciones.

El proceso se inició hace aproximadamente seis meses, cuando los inspectores municipales detectaron la obra irregular durante una inspección. Tras verificarse las infracciones, se le solicitó al propietario que pagara la multa correspondiente y retirara la construcción. Este último paso se concretó recientemente, cuando el propio responsable procedió a desmontar la construcción.

El fallo emitido por el tribunal de faltas no solo incluyó la multa y el retiro de la edificación, sino también la orden de realizar una remediación ambiental por el daño causado al entorno natural. Este tipo de sentencias sienta un precedente importante en la localidad, reforzando la necesidad de respetar las normas vigentes para la protección del medioambiente y la conservación de las costas.

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Denuncias y consultas

Las denuncias ambientales pueden realizarse de forma anónima en la Dirección de Ambiente o vía correo electrónico a medioambiente@villalaangostura.gov.ar.
Se recomienda consultar periódicamente si hubo actualizaciones normativas antes de presentar solicitudes o iniciar intervenciones.

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