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Bosque de Lumas: tras la denuncia, el Defensor del Pueblo pidió que intervenga la Auditoría para revisar las compensaciones
El acuerdo urbanístico de Bosque de Lumas quedó nuevamente bajo análisis en Villa La Angostura.
El defensor del pueblo, Sebastián Baltanás, planteó la intervención de la Auditoría Municipal para examinar las condiciones del convenio, las contraprestaciones comprometidas por el desarrollador y la protección de los intereses de la comunidad: " “Aconsejé que se le dé intervención a la Auditoría Municipal para la protección de los derechos de toda la comunidad”, indicó el Defensor respecto de la carta que remitió al Concejo Deliberante.
La actuación se produce en el marco de un reclamo presentado por un vecino particular, quien solicitó revisar la ordenanza que habilitó modificaciones en los indicadores urbanísticos del emprendimiento.
“Se podrían poner una cuestión rígida, reclamarlo al juzgado administrativo y pedir la inconstitucionalidad de la ordenanza", indicó ayer Baltanaz en una entrevista realizada en FM Andina, y aclaró: "Yo siempre apuesto por el diálogo y que puedan ordenar”.
El punto central es el alcance que podría tener el control institucional sobre un acuerdo que involucra tierras fiscales y obras destinadas al uso público.
La Auditoría Municipal, ante el acuerdo de Bosque de Lumas
El pedido de intervención busca que se analicen los antecedentes administrativos y económicos de la operación, así como el estado de cumplimiento de las obligaciones asumidas por el desarrollador.
La revisión permitiría determinar qué documentación respalda las contraprestaciones, qué valores se utilizaron para evaluar el acuerdo y qué controles se realizaron sobre las obras comprometidas.
"La intervención de la Auditoría Municipal adquiere relevancia porque permitiría examinar el caso desde la perspectiva del patrimonio público y del cumplimiento de las obligaciones establecidas en la normativa y el convenio", epxlicó ayer en FM Andina el propio Baltanáz.
Las obras comprometidas y las dudas sobre su cumplimiento
Entre las contraprestaciones vinculadas con el desarrollo figuran el techado del playón de la Plaza de los Niños, la construcción de dos viviendas institucionales, un Centro Cultural y de Educación Tecnológica de 600 metros cuadrados, una cancha de césped sintético y un sendero elevado.
El estado de ejecución de esas obras es uno de los aspectos que requieren verificación. Para establecer si existen incumplimientos, será necesario revisar los plazos, los certificados de avance, las actas de recepción y las eventuales intimaciones realizadas por el Municipio.
El planteo no implica que las obligaciones hayan sido declaradas incumplidas por una autoridad competente, sino que pone sobre la mesa la necesidad de conocer qué se ejecutó efectivamente y qué permanece pendiente.
Las tierras fiscales y la falta de tasaciones
Otro de los cuestionamientos se relaciona con las superficies fiscales involucradas y con la valoración económica de las contraprestaciones.
Durante el debate de la ordenanza, la concejal María Eugenia Ceraso había advertido sobre la falta de tasaciones que permitieran comparar el valor de las tierras con el de las obras ofrecidas por el desarrollador.
La cuestión es relevante porque el Municipio debe poder fundamentar las condiciones económicas de este tipo de acuerdos y establecer si los compromisos asumidos representan una compensación adecuada por los beneficios urbanísticos otorgados.
Qué puede pasar ahora
La evolución del caso dependerá de las actuaciones de la Defensoría del Pueblo, de la respuesta de la Auditoría Municipal y de la documentación que aporten el Ejecutivo y el desarrollador.
Si el organismo de control interviene, podrá examinar los antecedentes dentro de sus competencias y determinar si corresponde formular observaciones o impulsar otras actuaciones.
Por ahora, el interrogante central es analizar qué herramientas tiene el Estado municipal para proteger el patrimonio público.
La discusión sobre Bosque de Lumas vuelve así a poner bajo la lupa los mecanismos de control de los acuerdos urbanísticos y la obligación de garantizar que las contraprestaciones pactadas se traduzcan en beneficios efectivos para la comunidad.