INSEGURIDAD
Condenaron a tres meses de prisión efectiva a un hombre por cuatro robos en Villa La Angostura
Un hombre identificado como M.E.E. fue condenado a tres meses de prisión de efectivo cumplimiento por su responsabilidad penal en cuatro hechos delictivos contra la propiedad cometidos en Villa La Angostura. La resolución fue homologada este miércoles 28 de octubre por el juez de Garantías Diego Fernando Chavarría Ruiz, durante una audiencia en la que la Fiscalía y la Defensa presentaron un acuerdo pleno de juicio abreviado.
El sujeto reconoció de manera libre y voluntaria su responsabilidad en los cuatro hechos atribuidos y aceptó la pena acordada. De esta manera, renunció a la realización de un juicio oral y público, así como a los plazos para impugnar la sentencia, que quedó firme en el acto.
Además de la pena de prisión, el magistrado declaró la reincidencia del condenado, en los términos del artículo 50 del Código Penal, debido a que registraba una condena anterior de un año de prisión efectiva, dictada el 16 de octubre de 2024.
Los cuatro hechos por los que fue condenado
Según la acusación presentada por el Ministerio Público Fiscal, los hechos fueron investigados en tres legajos y luego unificados para resolver la responsabilidad penal del imputado.
El primero ocurrió el 6 de enero de 2026, alrededor de la 1.25, en una obra en construcción ubicada en Río Minero 75. Allí, junto con otras dos personas, sustrajo un grupo electrógeno marca Sensei. Para escapar, los involucrados utilizaron un automóvil Fiat Siena. Este episodio fue calificado como hurto en calidad de coautor.
El segundo hecho se registró entre la noche del 19 de junio y la madrugada del 20 de junio, en un departamento de un complejo ubicado en la intersección de las calles Meliquina y Traful. De acuerdo con la acusación, ingresó al inmueble y se apoderó de un parlante portátil marca Noblex, una pava eléctrica, un colador, una olla y un jarro metálico. La conducta fue encuadrada como hurto simple.
Los otros dos episodios ocurrieron en el taller de la estación de servicio YPF Norte, situada en la intersección de Chos Malal y Comahue.
El 25 de agosto de 2026, el acusado ingresó al taller y rompió el candado de un depósito metálico para sustraer una caja de herramientas. Al día siguiente, alrededor de la medianoche, volvió a ingresar y ejerció fuerza sobre la traba de hierro del depósito para llevarse una pistola de impacto para camión, junto con sus cajas de tubos y una reductora.
Ambos episodios fueron calificados como robo simple, al haberse ejercido fuerza sobre elementos destinados a asegurar los bienes.
La condena anterior y la declaración de reincidencia
Durante la audiencia, la Fiscalía explicó que los cuatro hechos concurrían en forma real, conforme al artículo 55 del Código Penal. Para acordar la pena de tres meses de prisión efectiva, las partes contemplaron las circunstancias previstas en los artículos 40 y 41 del mismo código, entre ellas la recuperación de los bienes, el valor de los elementos sustraídos y la problemática de consumo de sustancias atribuida al condenado.
También se tuvo en cuenta la condena anterior de un año de prisión efectiva, dictada en octubre de 2024.
Sobre esa base, el juez homologó el acuerdo presentado por la Fiscalía y la Defensa y declaró al sujeto autor y coautor penalmente responsable de dos hechos de hurto y dos de robo simple, en concurso real.
Quedó detenido y será trasladado a una unidad penitenciaria
El hombre, había sido detenido el martes 27 de octubre, a las 16, en un domicilio de la calle Williches al 67, durante un allanamiento realizado en el marco de otra investigación. La medida permitió hacer efectiva una orden de captura que había sido dictada previamente, junto con su declaración de rebeldía, en el legajo judicial correspondiente.
Durante la audiencia de control de detención, la Defensa manifestó que no tenía objeciones respecto del procedimiento. El juez declaró legal la detención y dispuso el levantamiento de la rebeldía y de la orden de captura.
Una vez homologado el acuerdo, y tras la renuncia expresa de las partes a los plazos de impugnación, se ordenó el traslado inmediato del condenado a una unidad de detención, a disposición de la autoridad penitenciaria.
Ordenaron una evaluación por consumo problemático de sustancias
Otro de los puntos incluidos en la resolución fue la intervención del área de Salud Mental del Hospital de Villa La Angostura. El juez dispuso librar un oficio para que se otorgue un turno de evaluación y se coordine un abordaje terapéutico por consumo problemático de estupefacientes.
La Defensa había planteado la necesidad de gestionar esa atención durante la audiencia, en función de la situación del condenado.
Por otra parte, el magistrado le concedió el beneficio de litigar sin gastos y lo eximió del pago de las costas procesales, al considerar acreditada su falta de recursos económicos.
La audiencia se realizó en la Sala I de la Oficina Judicial Penal del Colegio de Jueces de la región de los Lagos del Sur y quedó registrada íntegramente mediante el sistema de videofilmación judicial.