viernes 26 de abril de 2024    | Nubes 2.7ºc | Villa la Angostura

Proponen prohibir la propaganda política en la avenida principal

La iniciativa es del bloque del PRO pero contaría con el visto bueno de otros bloques. Señalan que la cartelería proselitista perjudica la imagen turística que se llevan los turistas.
28/11/2018
Proponen prohibir la propaganda política en la avenida principal

El bloque del PRO propuso un proyecto de ordenanza para prohibir la instalación de cartelería política en la avenida principal y púntos turísticos. 

"Nosotros durante la campaña no instalamos carteles en la avenida. Creemos que atenta contra la imagen turística. Los turistas se sacan fotos en la avenida y no está bueno que se lleven esa imagen con los carteles políticos", precisó la concejal del PRO Julieta Fernández. 

El proyecto

PROYECTO DE ORDENANZA N° /18

TITULO: MODIFICACIÓN DEL ARTICULO 22 DE LA ORDENANZA N° 1724/05
– PROPAGANDA POLITICA

VISTO

El expediente Nº …….;y

CONSIDERANDO:

Que; la ordenanza N° 1724/05, referida a Cartelería, detalla abreviadamente la instalación de la propaganda política dentro de nuestra localidad;

Que; al ser una norma que lleva varios años es necesaria su actualización, y revisión;

Que; dentro de la modificación propuesta se encuentra la no colocación de propaganda política sobre el Bvd. De la Av. Arrayanes y el centro de nuestra localidad;

Que; al ser un pueblo cuya actividad principal es el turismo, y donde vemos continuamente realización de eventos deportivos musicales, siendo la Av. Arrayanes el lugar de mayor paseo turístico, consideramos inapropiado la instalación de propaganda política sobre dicho paseo;

Que; en plenario de concejales, luego de analizar la ordenanza N°1724/05, vemos la necesidad de modificar el articulo de Propaganda Política, e informar a los diferentes partidos, para que cumplan con la nueva norma;

Por ello y conforme a lo dispuesto en el Art. 107 de la Carta Orgánica Municipal
El Concejo Deliberante de la Municipalidad de Villa la Angostura
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTICULO 1°): MODIFICASE el articulo 22 de la Ordenanza N° 1724/05, el cual quedará redactado de la siguiente manera:

…. ARTICULO 22º) PROPAGANDA POLITICA:

Queda totalmente prohibido la fijación, pintado y cualquier otra forma posible de propaganda política sobre monumentos, edificios públicos, refugios en paradas de colectivos, bancos y cestos de plazas, solados de acera y calles, cordones de veredas públicas y todo otro elemento de equipamiento urbano.

Todo material de propaganda política, oficialmente reconocida por la Justicia electoral, ya sea para campañas electorales, internas partidarias o todo tipo de acción política (Nacional, Provincial o Municipal), podrá ser colocado dentro de los 30 (treinta) días anteriores al acto eleccionario y deberá retirarse en un plazo no mayor de 2 días de la finalización del mismo.

 La fijación de afiches podrá efectuarse sobre bastidores colocados en columnas, cercos en lotes baldíos u otros emplazamientos, debiendo reducirse al mínimo la colocación de afiches directamente pegados. En estos casos, se utilizarán adhesivos fácilmente removibles.

Se considera lugar prohibido para la instalación de cualquier tipo de propaganda política el Boulevard central de la Av. Arrayanes desde el cruce hasta el puente las Piedritas.-

La propaganda política en la vía pública deberá canalizarse a través de lo permitido por la Ordenanza N° 1724/05, sus modificatorias o la que en su defecto la reemplace.

ARTICULO 2°: POR SECRETARIA remítase copia de la presente a todos los partidos políticos que tienen representación en la localidad, a la Secretaria de Gobierno y a los medios de prensa.-

ARTICULO 3°: DE FORMA.-

 

 

Te puede interesar
Últimas noticias