jueves 18 de abril de 2024    | Lluvia ligera 8.2ºc | Villa la Angostura

CONFLICTO DE TIERRAS

Ordenan el desalojo de la comunidad Quintriqueo y la familia Melo de El Pedregoso y la comunidad pide la suspensión de la medida

El conflicto inició en el 2012 y en el 2016 la justicia falló en contra de la comunidad y los Melo. Una jueza de Junin ordenó el desalojo y la comunidad reclama la suspensión.
16/12/2020
Ordenan el desalojo de la comunidad Quintriqueo y la familia Melo de El Pedregoso y la comunidad pide la suspensión de la medida

En 2012 un grupo de 30 personas pertenecientes a la comunidad mapuche Lof Quintriqueo ocupó el lote pastoril 42, un predio de varias hectáreas ubicadas frente al lago Nahuel Huapi en la zona conocida como El Pedregoso, a unos 35km de Villa La Angostura. Los Quintriqueo son de Paso Coihue, aledaño al sector en conflicto.

Pero meses antes también se instalaron en el lote descendientes de la familia Melo, que habían ocupado el lugar hacía unos 40 años.

La comunidad Quintriqueo y los Melo tomaron posesión de esas tierras. “Es un espacio más del territorio, siempre tuvimos posesión con animales. Empezaron a poner carteles de propiedad privada, y hemos decidido resguardarlo.  Nunca dejamos la posesión”, dijo en aquel momento José Quintriqueo, representante de la comunidad.

"Ahí murió mi abuelo, ahi esta enterrado mi padre, ahi nacieron mis 8 tíos. Odian a los mapuches porque dicen que son chilenos pero a los criollos los echan como perros de todos lados para darle la tierra a los extranjeros escondiéndose atras de un juez que nunca siquiera vino al lugar", dijo Lucas Melo, ex concejal y miembro de la familia que ocupa un sector de las tierras en conflicto.

El lote está ubicado en territorio de Parques Nacionales, pero la titularidad de la tierra figura a nombre de María Broers, heredera que radicó la denuncia por usurpación de la propiedad. Los Melo y la comunidad cuestionan la forma en que Parques adjudicó las tierras a esa familia que no era pobladora de la zona.

Archivo

En 2016 el juez Andrés Luchino falló a favor de Broers y ordenó el desalojo. Apelaciones mediante y el paso del tiempo, en abril de este año la jueza subrogante Andrea Di Prinzio Valsagna, del Juzgado de Primera Instancia de Junín de los Andes, ordenó el desalojo, que se haría efectivo en el corto plazo.

La orden autoriza al oficial de justicia recurrir a la policía si la comunidad no desaloja las tierras, y establece un horario (entre las 7 y las 19hs).

Por otro lado informa que “se puso en conocimiento de la medida a la Dirección de Seguridad Interior de la Policía de la Provincia del Neuquén (para que preste el auxilio de la fuerza pública si resultare necesario), a la Secretaría de Acción Social de la Municipalidad de Villa La Angostura (para que brinde asistencia social a la parte demandada en caso de ser necesario) y al Defensor de los Derechos del Niño y Adolescente (para que tome la intervención que estime corresponder en caso de haber menores ocupando el inmueble)”.

El abogado de la comunidad, Virgilio Sánchez, presentó esta semana la solicitud de suspensión del desalojo "en virtud que se pretende llevar adelante un lanzamiento ordenado el 14 de diciembre del 2016, es decir, hace cuatro años, sin correr traslado alguno a esta parte, desconociendo la situación real actual de los ocupantes y contraviniendo de manera flagrante las normas de orden público que amparan a la comunidad indígena que represento y a las familias y menores que habitan el predio, quienes reivindican el lugar como su territorio ancentral y sobre el cual se encuentra en trámite de manera actual el relevamiento territorial ordenado por Ley 26.160", asegura. 

También pide que se "oficie al Instituto Nacional de Asuntos Indígenas, a los efectos de que Informe si el predio objeto del pretendido lanzamiento se encuentra relevado o en proceso de relevamiento territorial en el marco de la Ley 26.160, y en tal caso, en que estado se encuentra el trámite".

Por otro lado, destaca que se dispuso la ejecución de la sentencia hace más de cuatro años, "donde el actor mostró un total desinterés en la ejecución de la misma. Teniendo en cuenta que la Sentencia que se ejecuta fue en un proceso de tipo policial que ha perdido total vigencia, ya que la posesión que era lo único que se discutió en el juicio principal, se encuentra en poder de los ocupantes de manera legítima, no sólo por el propio desinterés demostrado por la contraparte a lo largo de cuatro años desde que se inició este sumarísimo proceso de ejecución, sino porque además el predio actualmente se encuentra ocupado a su vez por otras personas, miembros de la comunidad, familias con menores de edad que no fueron oportunamente demandados y que habitan el lugar de manera legítima".

La posición del INAI

En marzo pasado el Instituto de Asuntos Indígenas (INAI) envió una nota al fuero penal de la Justicia Neuquina en la cual solicita que la justicia neuquina aplique la Ley Nº 26.160 que suspende los desalojos de tierras indígenas e instrumenta el relevamiento territorial. La ley está vigente desde 2006 y ha sido prorrogada varias veces. Sin embargo, el relevamiento aún no está finalizado.

“En el ámbito de la Provincia de Neuquén, a fin de desarrollar las tareas comprometidas por la Ley Nº 26160, a la brevedad estaremos retomando las gestiones ante el poder ejecutivo provincial con el objeto de articular acciones tendientes a efectivizar un Convenio que permita continuar con la ejecución del relevamiento en las comunidades  indígenas de la provincia”, dice la nota firmada por la titular del organismo, Magdalena Odarda.

Por otro lado, afirma que “requiere relevancia solicitar a la judicatura la aplicación del art. 2 de la ley 26.160 y derivar para la adopción de búsqueda de métodos de resolución alternativa por fuera del enjuiciamiento penal en todas aquellas  causas judiciales que podrían existir afectación de derechos territoriales de comunidades indígenas hasta tanto se  efectivice el relevamiento territorial ordenado por la ley 26.160”.

Repudio a la medida judicial

La Biblioteca Popular Osvaldo Bayer rechazó la decisión de la justicia. "La Biblioteca Popular Osvaldo Bayer de Villa La Angostura se solidariza con la comunidad Quintriqueo y la familia Melo . Damos fé del trabajo incansable de Lucas Melo en la defensa de derechos tanto del Pueblo mapuche como de los pobladores del parque nacional Nahuel Huapi", sostuvo la Biblioteca Popular. 

En tanto el padre Rubén Capitanio envió un "abrazo fraterno y solidario a la comunidad Quintriqueo y Melo, y mi repudio al avasallamiento de derechos ancestrales por parte de un poder judicial que carece de toda autoridad moral, ya que para este poder no somos todos iguales ante la ley".

Por su parte, el Movimiento Evita de Villa la Angostura se solidarizó "con las familias Quintriqueo y Melo ante la amenaza de desalojo qué pretende llevar a cabo la justicia provincial. Nuevamente se hace caso omiso a la ley 26 160 que prohíbe los desalojos. Una vez más el poder se ensaña  con los pueblos originarios y con las familias de pobladores. Repudiamos esta acción de un poder que ejerce la violencia hacia los más humildes. La solución de los conflictos territoriales nunca puede ser a partir de la violencia sino de un diálogo maduro y del reconocimiento de los derechos de los que primero habitaron estas tierras". 

Te puede interesar
Últimas noticias