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El concejo aprobó una Comunicación instando a la legislatura a tratar la Emergencia Educativa

Apuntaron que “el Gobierno Provincial Neuquino no cuenta con un plan integral que enfrente, repare y compense los daños” que provocó la pandemia en el sistema.
11/11/2021
El concejo aprobó una Comunicación instando a la legislatura a tratar la Emergencia Educativa

Por medio de una Comunicación, el Concejo Deliberante solicitó a la Legislatura de la Provincia el “tratamiento en forma urgente del Proyecto de Ley N° 14743 presentado el 19 de octubre de 2021 de “Emergencia de la Infraestructura de los establecimientos educativos de gestión Estatal de la Provincia del Neuquén, hasta el 31 de diciembre de 2022”.

 En los Considernados de la Comunicación se planteó:

Que la educación es un derecho consagrado por el artículo 14 de nuestra Constitución Nacional y por los tratados internacionales de jerarquía Constitucional;

Que en estos términos el Estado debe garantizar la educación en términos de igualdad, gratuidad, laicidad y de acceso a todos los niveles del Sistema Educativo. La Ley Nacional Nº 26.206 (“Ley de Educación Nacional”)  dispone en su artículo 2º que “la educación y el conocimiento son un bien público y un derecho personal y social, garantizados por el Estado”. Asimismo, en su artículo 4° establece: “El Estado Nacional, las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tienen la responsabilidad principal e indelegable de proveer una educación integral, permanente y de calidad para todos/as los/as habitantes de la Nación (...)”, destacando de la cita normativa el carácter de permanencia y calidad que implica la educación pública como un elemento clave para este cuerpo de fundamentos;

Que el artículo 14 de la Carta Magna constituye la principal y obligada referencia al derecho a “enseñar y aprender”. Es la misma Constitución Nacional la que encomienda a las Provincias el dictado de su propia constitución bajo un sistema representativo republicano donde se garantice, entre otras cuestiones, la educación;

Que a su vez, el artículo 110 de la Constitución de la Provincia del Neuquén establece que el “Estado garantiza la Educación Pública, laica, gratuita y obligatoria desde el nivel inicial hasta completar el nivel medio en sus diferentes modalidades, en las condiciones que la ley establezca, procurando que en todas las escuelas se imparta cada ciclo de educación y enseñanza completo”;

Que en nuestra Provincia se encuentra en plena vigencia la “Ley orgánica de educación N° 2945”, en la que establece en el artículo 1° que la “educación y el conocimiento son un derecho personal y social, y un bien público. Ambos son una obligación indelegable, imprescriptible e inalienable del Estado Provincial.” Asimismo, en el artículo 3º de la misma Ley se establece la responsabilidad por parte del Estado Provincial de “asegurar, proveer y garantizar una educación pública, gratuita, laica, integral, permanente, inclusiva, científica, equitativa. Justicia social y de excelencia”, destacando nuevamente la característica de permanencia y calidad que establece la norma, al adjetivar el tipo de educación que se encuentra obligada la Provincia a brindar a sus ciudadanos, al igual que lo hiciera la Ley Nacional;

Que esta obligación surge, como ya dijimos, desde la jerarquía normativa superior como lo es la Constitución Nacional y los Tratados Internacionales, hasta Normativas Nacionales y Provinciales concordantes, que ponen de manifiesto la importancia tutelar sobre este derecho y el rol del Estado como garante;

Que la Educación Pública como política de Estado debe ser protagónica en cualquier programa de Gobierno, y estar enmarcada en un conjunto de acciones estratégicas tendientes al fortalecimiento de esta función indelegable, central para el crecimiento y sostenimiento de la sociedad. Las nuevas modalidades, formas, y demás avatares que el contexto plantea, no pueden ser el fundamento para evitar cumplir lo que la normativa vigente establece en cuanto al acceso a la educación;

Que en función de lo mencionado anteriormente, resulta de trascendencia ilustrar la situación de deterioro por la que transita la Educación Pública en nuestra Provincia, con el agravante de un contexto sanitario que impuso medidas de prevención y que acabó por exponer situaciones conflictivas reales, concretas, de larga data, pero no visibles con anterioridad. Dichas situaciones han afectado a tal punto el sistema educativo de gestión estatal, que hoy no hay garantía real de cumplimiento del derecho a la Educación Pública por parte del Estado Neuquino;

Que La pandemia del COVID-19 desafió la presencialidad de las actividades educativas, encontrando nuevas modalidades como la virtualidad, y apelando a la creatividad de los docentes en una transición abrupta, con resultados que aún no parecen encaminarse positivamente;

Que la ONU dijo recientemente, en relación a los acontecimientos transcurridos desde el inicio de la pandemia que: "Nos enfrentamos a una catástrofe generacional que podría desperdiciar un potencial humano incalculable, minar décadas de progreso y exacerbar las desigualdades arraigadas". Sin embargo, la pandemia no es excusa a los fines de desatender el déficit en servicios e infraestructura públicas que tienen muchos establecimientos educativos de la Provincia, por ejemplo, en el servicio de gas, electricidad, conectividad, infraestructura escolar, afectando la posibilidad de dar continuidad pedagógica a la comunidad educativa;

Que el Gobierno Provincial Neuquino no cuenta con un plan integral que enfrente, repare y compense los daños colaterales generados por la irregularidad en las clases de los estudiantes Neuquinos, no solo producida por la situación de emergencia sanitaria, sino a causa de los conflictos salariales, de infraestructura, de previsibilidad, de diseño y ejecución de Políticas Públicas. Todos estos factores son los que impiden brindar educación de calidad y regular desde hace más de dos años;

Que dos trágicos acontecimientos en los últimos meses han dado cuenta de la emergencia de infraestructura escolar en la que está sumida nuestra Provincia. El pasado 29 de Junio, dos operarios y una docente fallecieron cuando se realizaban tareas de mantenimiento y ampliación en la conexión de gas de la Escuela Albergue Nº 144 de la localidad de Aguada San Roque. Posteriormente, el 2 de Agosto, la comunidad educativa volvió a verse sacudida por un hecho similar en San Patricio del Chañar, donde explotó la caldera de la Escuela Primaria N° 342, en la cual no hubo que lamentar víctimas fatales.

Sumado a ello, son numerosas las escuelas que no pudieron iniciar sus clases presenciales, o debieron suspenderlas, atento a deficiencias en sus servicios o infraestructura, ya sean problemas con el gas, falta de calefacción, cortes del suministro de agua, desprendimientos de placas de yeso, caída de cielo raso y demora en la finalización de refacciones;

Que el Estado de situación de la educación en la Provincia de Neuquén se traduce en una radiografía alarmante que la pandemia no hizo más que develar. La falta de conectividad y la deficiencia en la infraestructura de sus escuelas son elementos que salen a la luz de forma clara, pero también reflejan la ausencia de un plan que busque solucionar los conflictos en educación, que garanticen continuidad de las actividades escolares, la atención a las particulares realidades que coexisten al interior de Neuquén y un programa que apunte a mitigar los efectos, tanto los producidos por la suspensión abrupta de las clases a causa del COVID-19 como los generados por años de crisis en el propio sector;

Que el objeto del Proyecto de Ley N° 14743 presentado el 19 de Octubre de 2021, es garantizar el normal funcionamiento de las actividades pedagógicas y asegurar la plena capacidad y funcionalidad de los establecimientos escolares en todas sus modalidades y niveles. A tal fin, deberán considerarse especialmente todas aquellas obras, refacciones o adquisición de insumos que hagan al restablecimiento de las condiciones de seguridad, funcionabilidad y habitabilidad de los edificios escolares. Especialmente los servicios básicos de electricidad, gas, agua, sanitarios, calefacción y de conectividad;

Que este Concejo Deliberante en nuestra Declaración N° 14/2021 ya ha puesto de manifiesto y declarando la Emergencia Educativa en Villa La Angostura;

Que en función de todo lo expuesto, solicitamos un tratamiento con carácter de urgencia del Proyecto de Ley N° 14743;

Dada en la Sala de Sesiones Don Humberto Rolando del Concejo Deliberante, a los diez días del mes de Noviembre de 2021, en Sesión Ordinaria N°XIX, Acta N°1809.-

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