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Caso Jimena Baron: Quienes son los funcionarios que firmaron el contrato con la artista y quién autorizó el pago

Próximo a iniciarse el peritaje contable que ordenó la justicia, DiarioAndino divulga el contrato original donde figura la firma falsa del representante de la cantante, junto a la de dos ex funcionarios municipales que podrían quedar comprometidos. Además, uno de ellos autorizó el pago de la primera parte del contrato.
25/09/2025

Por la presentación, la municipalidad abonará al representante $2.215.631”, sostiene el contrato con –supuestamente- Eduardo  Bonuccelli, representante de Jimena Barón para su presentación en la 8° Fiesta Nacional de los Jardines.

El monto total era equivalente a poco más de 36.000 dólares en ese momento.

El expediente judicial que investiga la fallida contratación de Jimena Barón en Villa La Angostura sumó un nuevo capítulo. El juez Ariel Ignacio Fongini, a cargo del Juzgado Civil 103 de Buenos Aires, resolvió el pasado 22 de septiembre de 2025 suspender el plazo para dictar sentencia y ordenar una pericia contable exhaustiva en la Municipalidad.

La medida implica que un perito contador designado en la jurisdicción de Neuquén revise:

Órdenes de pago y transferencias vinculadas al contrato.

Retenciones e ingresos brutos aplicados.

Movimientos financieros relacionados con la cancelación del show.

Si se devolvió dinero a las arcas municipales y en qué monto.

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Quiénes autorizaron los giros de fondos

Según la documentación que obra en el expediente y a la que accedió diarioandino, el contrato original lleva, junto a la firma falsa del representante, las firmas del  por entonces  intendente Fabio Stefani y del ex Secretario de Gobierno ( luego Secretario de Economía) Daniel Brito.

 En tanto que la orden que liberó el primer pago ( tres días después de firmado el contrato), está firmado por Bonuccelli (también firma falsa, según la pericia caligráfica) y por Daniel Brito.

Las claves el contrato

El mismo acuerdo establece que Barón debía realizar una presentación de una hora el domingo 9 de febrero a las 23 horas en  el escenario principal de la Fiesta de los Jardines. Además, se acordaba que debía presentarse media hora antes del show en el lugar y que no podía extenderse más allá de 30 minutos del horario pautado.

En tanto que la municipalidad se debía hacer cargo de la "contratación del escenario, backline, sonido e iluminación. También debía proveer a la artista de un camarín y servicio de cátering."

Otra de las cláusulas exigía a la municipalidad a trasladar a la artista y su  grupo en una Hyundai H1 y en una Sprinter de 19 asientos. 

 En la cláusula quinta del contrato se pauta textualmente que la municipalidad abonará al representante $2.215.631, incluidos en esa suma el IVA los aéreos, alojamiento y comidas para 27 personas.

Se acordó también abogar de la siguiente manera: $1.398.881 a la firma del convenio (fechado el 17 de diciembre) y los restantes $816.750 el día 4 de febrero. Todos los pagos se harían en una caja de ahorro del banco Galicia a nombre del representante. Punto que será auditado para corroborar si efectivamente se realizaron las trasferencias, cuándo y quien o quienes la autorizaron.

La comuna en tanto se comprometió a hacerse cargo de todos los impuestos y retenciones que eventualmente pudieran corresponder y de los impuestos, tasas, sellados, aportes sindicales, seguros, sindicato de músicos, Unión Argentina de Variedades y cualquier otro gravamen.

La suspensión, el pago y el reintegro

La cláusula 11º del contrato establecía que se podía suspender la actuación y fijar nueva fecha para la misma, únicamente en caso de inundaciones y/o  incendio en  el local/predio de actuación y/o por cancelaciones o demoras en vuelos el día de la  presentación y/o fuerza mayor.

 En caso de enfermedad del artista, el representante, de acuerdo  con la municipalidad, reintegrará el importe abonado.

Este último punto es vital para el reclamo de la comuna, ya que el show se suspendió por una indisposición de la artista. No obstante, el hecho de que la firma del representante es falta según la pericia judicial, podría invalidad la viabilidad del reintegro, pese a que la comuna concretó el pago de la primera parte comprometida.