2024-07-22

Impuesto a las ganancias: cómo quedó establecido en Neuquén, cuánto pagan los solteros y cuánto los casados

El Gobierno Nacional, a través del decreto 652, reglamentó este lunes la reforma del Impuesto a las Ganancias contemplada en la Ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes. Esta reforma establece que los trabajadores con sueldos brutos de 1,8 millones de pesos (solteros) y 2,2 millones de pesos (casados) comenzarán a pagar el tributo a partir de los sueldos de julio, que se percibirán en agosto.

El presidente Javier Milei, junto al jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y el ministro de Economía, Luis Caputo, firmaron la resolución que afectará a unos 800 mil empleados adicionales, quienes hasta ahora estaban exentos. Antes de esta reforma, solo aquellos con ingresos superiores a 3,5 millones de pesos (15 sueldos mínimos) pagaban este impuesto.

La reintroducción de la cuarta categoría del impuesto representa un 0,4% del Producto Bruto Interno, permitiendo al Gobierno mantener el déficit fiscal y a los gobernadores recibir más fondos. Esta medida revertirá cambios implementados en 2023 bajo la administración de Sergio Massa, entonces candidato presidencial de Unión por la Patria.

Una de las mayores controversias de la nueva ley es la inclusión de horas extras y premios en el cálculo del gravamen, eliminando además la alícuota diferencial para los trabajadores de la Patagonia.

Con esta reforma, el Gobierno busca equilibrar el déficit fiscal mientras ajusta la carga impositiva a los ingresos actuales, en un contexto de ajustes económicos significativos.

 En Neuquén y Río Negro, más trabajadores se verán afectados, ya que la zona ya no contará con el beneficio del diferencial del 22%.

Los trabajadores solteros que ganen desde 1,8 millones de pesos brutos (1,5 millones netos) y los casados que superen los 2,2 millones de pesos brutos (1,9 millones netos) comenzarán a pagar alícuotas progresivas del 5% al 35%. La actualización del mínimo no imponible se realizará en septiembre de este año y luego semestralmente a partir de 2025, basada en el Índice de Precios al Consumidor (IPC) del Indec.

El personal petrolero considerado "personal de pozo" estará exento del pago de este impuesto, según lo especifica el artículo 7 del decreto. Esta categoría incluye a aquellos que trabajan en la exploración y producción de hidrocarburos, así como en el mantenimiento y operación de instalaciones relacionadas.

Impuesto a las Ganancias: cuánto pagará un soltero

$1.800.000 – No paga Impuesto a las Ganancias

$1.900.000 – Alícuota máxima 5% (retención $4500)

$2.000.000 – Alícuota máxima 9% (retención: $10.940)

$2.100.000 – Alícuota máxima 12% (retención: $19.880)

$2.200.000 – Alícuota máxima 15% ($30.800)

$2.300.000 – Alícuota máxima 15% ($44.142)

$2.400.000 – Alícuota máxima 19% ($61.979)

$2.500.000 – Alícuota máxima 19% ($80.979)

$2.600.000 – Alícuota máxima 19% ($99.979)

$2.700.000 – Alícuota máxima 19% ($118.979)

$2.800.000 – Alícuota máxima 23% ($138.817)

$3.200.000 – Alícuota máxima 23% ($230.817)

$3.300.000 – Alícuota máxima 27% ($256.655)

$3.900.000 – Alícuota máxima 27% ($418.655)

$4.900.000 – Alícuota máxima 35% ($728.493)

$5.100.000 – Alícuota máxima 35% ($797.830)

$5.500.000 – Alícuota máxima 35% ($937.830)

 

Impuesto a las Ganancias: cuánto pagará una persona casada

$1.800.000 – No paga Impuesto a las Ganancias

$1.900.000 – No paga Impuesto a las Ganancias

$2.000.000 – No paga Impuesto a las Ganancias

$2.100.000 – Alícuota máxima 5% (retención: $216)

$2.200.000 – Alícuota máxima 5% ($4366)

$2.300.000 – Alícuota máxima 9% ($11.864)

$2.400.000 – Alícuota máxima 12% ($23.151)

$2.500.000 – Alícuota máxima 15% ($37.439)

$2.600.000 – Alícuota máxima 19% ($53.490)

$2.700.000 – Alícuota máxima 19% ($72.490)

$2.800.000 – Alícuota máxima 19% ($91.490)

$3.200.000 – Alícuota máxima 23% ($174.540)

$3.300.000 – Alícuota máxima 23% ($197.540)

$3.900.000 – Alícuota máxima 27% ($352.591)

$4.900.000 – Alícuota máxima 31% ($652.641)

$5.100.000 – Alícuota máxima 31% ($714.641)

$5.500.000 – Alícuota máxima 35% ($852.191)

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