TRAS LA IMPUGNACIÓN

Trabajadores de Salud invitaron al Defensor del Pueblo a recorrer los Centros de Salud y el Hospital

Baltanaz denunció graves errores jurídicos en el dictamen que habilitó la ampliación del edificio de Barrio Norte. Los empleados lo invitaron a conocer la situación real y piden "actuar con mayor coherencia".
02/12/2025

Trabajadoras y trabajadores del Hospital Dr. Arraiz y de los Centros de Atención Primaria realizaron una Asamblea el viernes pasado y resolvieron invitar públicamente al Defensor del Pueblo, Sebastián Baltanás, a recorrer las instalaciones del Centro de Salud Barrio Norte, los demás CAPS y el propio hospital.

Según indicaron, el objetivo es que el funcionario “pueda conocer la realidad” del sistema sanitario local y, a partir de ello, “actuar con mayor coherencia, sin obstaculizar procesos destinados a mejorar la atención de la comunidad”.

La invitación surge luego de que Baltanás impugnara el Dictamen N.º 022/AU/2025 de la Auditoría Municipal, que analiza la propuesta de donación del inmueble municipal ubicado en Comahue 508, en Barrio Norte. Dicho dictamen fue utilizado para fundamentar la Ordenanza N.º 4303/2025, que autorizó la cesión del lote para fines sanitarios.

Un dictamen cuestionado: la Defensoría advierte fallas legales

De acuerdo con la presentación de Baltanás, el análisis de la Auditoría contiene errores en citas e interpretaciones de normas y un incumplimiento de los Principios Rectores del órgano de control, lo que —según sostiene— compromete la validez jurídica del acto administrativo.

Entre los principales cuestionamientos, la Defensoría señala:

1 Citas incorrectas de la Carta Orgánica Municipal

Baltanás afirma que la Auditoría:

Atribuyó al artículo 4 un contenido sobre autonomía que no corresponde.

Confundió competencias ambientales asignadas erróneamente al artículo 6.

Citó un “artículo 33 inciso 15” inexistente.

Invocó un uso incorrecto del artículo 102 inciso 11.

Utilizó el artículo 229 como si formara parte del Régimen Ambiental, cuando regula la JACAD.

Estas imprecisiones, sostuvo, “desnaturalizan el marco legal aplicable”.

2 Interpretaciones erróneas de la Ley Provincial 53

La Auditoría, según la impugnación:

Citó parcialmente el artículo 15, omitiendo finalidades vinculadas a salud y asistencia social.

Atribuyó incorrectamente al artículo 31 inciso c) facultades sobre enajenación de bienes.

3 Uso incorrecto de artículos de la Constitución del Neuquén

El dictamen adjudicó a los artículos 270 y 283 contenidos normativos que no poseen, según la presentación.

Falta de análisis del planeamiento urbano

Uno de los puntos más relevantes es que el dictamen no incorpora el Código de Planeamiento Ambiental Urbano (Ord. 2659/2012).
Para la Defensoría, omitir esta normativa impide determinar adecuadamente el carácter jurídico del lote y su posibilidad de ser donado.

Principios de auditoría y objeciones al procedimiento

Baltanás también remarcó que la Auditoría no habría cumplido con los principios de independencia, objetividad y debido cuidado profesional, al presentar un análisis “incompleto y con conclusiones contradictorias”.

Pedidos formales al Municipio

La Defensoría solicitó al Intendente y al Concejo Deliberante:

  1. Aceptar la impugnación.

  2. Remitir la observación a la Auditoría para su revisión normativa.

  3. Suspender decisiones definitivas hasta contar con un dictamen corregido.

  4. Garantizar acceso total a la documentación técnica y urbanística.

“El problema central no es la donación en sí, sino que las decisiones no pueden basarse en referencias normativas erróneas”, concluyó Baltanás.

Los trabajadores sostienen la necesidad del inmueble

Mientras tanto, desde el Hospital Arraiz remarcaron que el encuentro con el Defensor apunta a “evitar confusiones y garantizar que las decisiones institucionales se tomen con pleno conocimiento de la realidad sanitaria”.
El personal de salud sostuvo que el avance del proyecto permitiría “mejorar la capacidad de respuesta ante la creciente demanda de la comunidad”.