MULTA RECORD

Multan con $66.9 millones a un vecino por talar arrayanes en la zona del Correntoso

Así lo estableció el Tribunal Municipal de Faltas, que sancionó a los propietarios de un terreno donde se constató la extracción de 15 ejemplares de arrayán, movimientos de suelo sin autorización y daños sobre vegetación nativa protegida.
01/06/2026

Una intervención realizada en un terreno ubicado sobre la costa del Correntoso, frente al camping mapuche de Villa La Angostura, derivó en una de las sanciones ambientales más importantes de los últimos tiempos en la localidad.

El Tribunal Municipal de Faltas impuso una multa de $66.950.000 a los titulares del inmueble tras comprobar la tala de especies protegidas y diversas infracciones ambientales y urbanísticas.

El caso tomó relevancia luego de que se detectara la eliminación de varios ejemplares de arrayán, una especie protegida dentro del bosque andino patagónico cuya extracción está prohibida por la normativa vigente.

Detectaron tala de arrayanes y movimientos de suelo sin autorización

Según pudo constatar DiarioAndino, durante las inspecciones se verificó la realización de movimientos de suelo y la apertura de una traza interna sobre una superficie aproximada de 1.376 metros cuadrados, sin contar con autorización previa del municipio.

Además, los inspectores constataron la extracción de 15 ejemplares de arrayán y cuatro ejemplares jóvenes de coihue, junto con daños sobre otros árboles que permanecían en el lugar y cuyas raíces quedaron expuestas por las excavaciones realizadas.

Los informes técnicos incorporados al expediente calificaron el impacto generado como un "Daño Ambiental Puntual 3 Permanente", una de las categorías utilizadas para evaluar la gravedad de las alteraciones sobre el ecosistema.

La multa supera los $66 millones

Tras analizar las actuaciones, el Tribunal Municipal de Faltas resolvió declarar responsables solidarios a los titulares del terreno por distintas infracciones vinculadas con:

Daño ambiental.

Movimiento de suelo sin autorización.

Extracción de especies protegidas.

Incumplimiento de intimaciones administrativas.

Irregularidades urbanísticas y constructivas.

Como consecuencia, se aplicó una sanción de 41.200 N, equivalente a $66.950.000.

También ordenaron medidas de reparación ambiental

La resolución no solo contempla una sanción económica. Además, los propietarios deberán cumplir una serie de medidas orientadas a recomponer el daño ambiental provocado.

Entre las principales exigencias se encuentran:

Cumplir con todas las tareas de remediación y recomposición ambiental que determine la Dirección de Ambiente.

Permitir el ingreso y trabajo de los equipos técnicos municipales encargados de evaluar y mitigar el impacto.

Regularizar la documentación urbanística y de obra requerida por las áreas competentes.

Adquirir e implantar 20 ejemplares de especies autóctonas, en los lugares y condiciones que establezca la autoridad ambiental.

Someterse a un proceso de seguimiento y control técnico municipal hasta verificar el cumplimiento total de las medidas impuestas.

Un caso que reabre el debate sobre la protección del bosque nativo

El episodio volvió a poner en discusión la necesidad de preservar las especies autóctonas de Villa La Angostura y el cumplimiento de las normas ambientales vigentes en zonas de alto valor ecológico.

El arrayán, una de las especies más emblemáticas de la región andino-patagónica, cuenta con protección especial debido a su importancia dentro de los ecosistemas locales y a la lenta recuperación que presenta frente a intervenciones de este tipo.

La resolución del Tribunal busca no solo sancionar las infracciones detectadas, sino también promover la reparación del daño ocasionado sobre el entorno natural.