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El Municipio firmó convenio con una empresa de gestión de residuos de aparatos electrónicos

Es un convenio de "colaboración" con una empresa santacruceña dedicada a reutilizar residuos electrónicos.
08/12/2016
El Municipio firmó convenio con una empresa de gestión de residuos de aparatos electrónicos

El Concejo Deliberante autorizó al poder Ejecutivo a suscribir un convenio de colaboración con la empresa Trans Ecológica S.A., dedicada a la gestión de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos.

“El propósito del Convenio es establecer un vinculo de cooperación entre la Municipalidad y la Empresa para la adecuada gestión de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE’S)”, asegura la ordenanza.

Formalmente, la gestión de residuos electrónicos consiste en “el conjunto de actividades destinadas a recolectar, acopiar, transportar, recuperar, valorizar, reutilizar, dar tratamiento y disposición final segura a los aparatos eléctricos y electrónicos acompañados de programas en los distintos niveles educativos formales y no formales sobre las buenas prácticas ambientales en la temática de RAEE’s, preservando los recursos naturales, resguardando la salud de la población y su calidad de vida”.

El Municipio estará eximido de cualquier costo respecto al transporte y reutilización y disposición final de los residuos.

El convenio es por un año con posibilidad de prórroga automática consecutiva.

La ordenanza y el convenio

TITULO:”AUTORIZACIÓN AL PODER EJECUTIVO MUNICIPAL A SUSCRIBIR CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE VILLA LA ANGOSTURA Y LA EMPRESA TRANS ECOLOGICA S.A “

VISTO:
El expediente Nº 431-OP-2016 y la Carta Orgánica Municipal; y

CONSIDERANDO:
Que el día 31 de Octubre del 2016, ingresa nota por Secretaria Parlamentaria solicitando se autorice a suscribir el Convenio de Colaboración entre Municipalidad de Villa La Angostura y la Empresa Trans Ecológica S.A. para la gestión de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE´s);

Que el propósito del mencionado Convenio es establecer un vinculo de cooperación entre la Municipalidad y la Empresa para la adecuada gestión de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE’S);

Que se entenderá como “gestión RAEE’s” al conjunto de actividades destinadas a recolectar, acopiar, transportar, recuperar, valorizar, reutilizar, dar tratamiento y disposición final segura a los aparatos eléctricos y electrónicos acompañados de programas en los distintos niveles educativos formales y no formales sobre las buenas prácticas ambientales en la temática de RAEE’s, preservando los recursos naturales, resguardando la salud de la población y su calidad de vida;

Que en la clausula novena del presente Convenio la Municipalidad de Villa La Angostura se exime de cualquier costo, valor, precio o arancel respecto al transporte , reutilización reciclado y otras formas de valorización y la posterior disposición final segura de los residuos aparatos eléctricos y electrónicos ;

Que de fojas 04 a 06 se enumeran aparatos eléctricos y electrónicos en desuso a gestionar, sin costo, dentro del presente convenio de colaboración, así como se establece en la Cláusula decima primera la vigencia de un (1) año a partir de la fecha de subscripción, entendiéndose como prorrogado de manera automática por idénticos periodos de tiempo, salvo una denuncia expresa de alguna de las partes firmantes en un plazo mínimo de treinta (30) días de antelación a su vencimiento;

Que por lo expuesto este Concejo Deliberante considera oportuno la Autorización a suscribir del Convenio de Colaboración entre la Municipalidad de Villa La Angostura y la Empresa Trans Ecológica S.A. para la gestión de los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos;

Por ello y conforme a lo dispuesto en el Art. 107 de la Carta Orgánica Municipal.

El Concejo Deliberante de la Municipalidad de Villa la Angostura
En Sesión Ordinaria del día 13 de diciembre del 2016 – ACTA Nº1640.-

SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA

ARTICULO 1º: AUTORÍZASE al Poder Ejecutivo Municipal a suscribir el Convenio de Colaboración entre la Municipalidad de Villa La Angostura, y la empresa Trans Ecológica S.A. de fojas 01 a fojas 08 y que como Anexo I forma parte de la presente Ordenanza.-

ARTICULO 2º: PASE al Departamento Ejecutivo Municipal. Comuníquese. Regístrese. Publíquese. Cumplido. Archívese.


Fdo. Amanda B. Rial (Presidente CD)
Mariana Cerruti (Secretaria CD)

DESCARGAR ABAJO LA ORDENANZA COMPLETA Y EL CONVENIO

 

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