TIERRAS EN CONFLICTO

El Tribuan Superior de Justicia rechazó un recurso mapuche y avanza el desalojo en el Camping Correntoso

El Tribunal Superior de Justicia de Neuquén desestimó la presentación del lof Paicil Antriao y habilitó la ejecución de la sentencia que ordena el desalojo en Villa La Angostura.
14/02/2026

El conflicto judicial por el camping del lago Correntoso sumó un nuevo capítulo. El Tribunal Superior de Justicia de Neuquen declaró inadmisibles los recursos extraordinarios presentados por la comunidad mapuche Paichil Antriao en el marco de la causa iniciada por la Municipalidad de Villa La Angostura.

Mediante la Resolución Interlocutoria N° 8, fechada el 3 de febrero, el máximo tribunal provincial rechazó los planteos de Nulidad Extraordinaria y de Inaplicabilidad de Ley. Ambos cuestionaban el envío del expediente al Juzgado Civil con asiento en Villa La Angostura, a cargo del juez Francisco Astoul Bonorino, para continuar con la ejecución de la sentencia de desalojo.

Debate por la competencia del juez

El planteo de la comunidad no apuntaba al fondo del litigio —la acción reivindicatoria impulsada por el municipio sobre las tierras del camping— sino a la competencia del magistrado que debe ejecutar la sentencia.

La defensa sostuvo que el traslado del expediente desde el Juzgado de Junín de los Andes vulneraba la garantía del “juez natural”, alteraba la competencia sin el procedimiento previsto en el Código Procesal y configuraba un caso de gravedad institucional. En ese marco, invocó el Convenio 169 de la OIT y antecedentes de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Sin embargo, el TSJ entendió que la resolución impugnada no constituye una sentencia definitiva, ya que no pone fin al proceso ni impide su continuidad. Además, consideró que no se acreditó la gravedad institucional alegada y afirmó que el juez natural del caso es el de Villa La Angostura.

También sostuvo que el recurso carecía de fundamentación técnica suficiente y que no cumplía con los requisitos formales exigidos por la Ley 1406 para habilitar la instancia extraordinaria.

El camping y la disputa territorial

El camping del lago Correntoso se encuentra ocupado por la comunidad desde 2011. El pedido de reconocimiento de una posesión ancestral ya había sido rechazado en instancias previas por falta de acreditación suficiente, según resoluciones judiciales.

Con la reciente decisión, el expediente deberá regresar al juzgado de primera instancia en Villa La Angostura, lo que deja formalmente habilitada la posibilidad de avanzar con la ejecución del desalojo.

La vía federal, el próximo paso

Pese a este revés judicial, el abogado de la comunidad, Luis Virgilio Sánchez, anticipó que presentará un recurso extraordinario federal ante la Corte Suprema de Justicia de la Nacion.

Según explicó, la causa principal ya se encuentra bajo análisis del máximo tribunal nacional mediante una queja, aunque ese recurso no suspende automáticamente la ejecución de la sentencia. Es decir, el desalojo podría concretarse mientras se tramita la instancia federal.

El caso del lago Correntoso es uno de los conflictos más sensibles de la región, tanto por el valor turístico del predio como por el trasfondo territorial y cultural que involucra a la comunidad mapuche. Lejos de cerrarse, la disputa ingresa ahora en una nueva etapa marcada por la judicialización a nivel federal y la expectativa de una eventual intervención de la Corte.